Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 156

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de junio de 2016 /

El Peruano

Artículo Tercero.- ENCARGUESE, a la Oficina Regional de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional Amazonas, su implementación y cumplimiento. Artículo Cuarto.- DISPONER, publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El peruano, y su Inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 16 días del mes de mayo del año 2016. MILAGRITOS LILIANA, ZURITA MEJÍA Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 23 MAYO 2016. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1394738-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban el Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017 del Gobierno Regional de Tacna y dictan diversas disposiciones
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2016-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinticinco de abril de dos mil dieciséis, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su el artículo 191 señala que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el artículo 199 establece que: "(...) los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos, con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente (...)". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 17, numerales 1 y 2 establecen que: "17.1. Los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública (...)". Además, el artículo 18 prescribe: "(...) 18.2. Los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como privado (...)"; asimismo, el artículo 20 señala: "20.1. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley (...)". Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificada por Ley Nº 29298, en su artículo 2 prescribe: "La Ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la DEL GOBIERNO

sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como la fiscalización de la gestión". Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificado por Decreto Supremo Nº 1312010-EF, en su Primera Disposición Final señala: "Los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas". Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0072010-EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 0012010-EF/76.01, el cual tiene por objeto establecer las pautas y mecanismos para el desarrollo del Proceso Participativo en los Gobiernos Regionales y Locales, el cual en su capítulo II señala: "El Proceso del Presupuesto Participativo se realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada Gobierno Regional o Gobierno Local, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso que debe ser adaptado por cada Gobierno Regional o Gobierno Local, en función a sus particularidades y experiencias previas en la implementación de los presupuestos participativos". Que, con el Oficio Nº 686-2016-SGPLAT-GRPPATGGR/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de marzo del 2016, recepcionado el 01 de abril del mismo año, emitido por el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna se solicita al Consejo Regional de Tacna la "Aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2017" con la finalidad de iniciar el proceso del presupuesto participativo 2017, anexando los proyectos de reglamentos y los respectivos antecedentes. Que, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 158-2016-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de abril del 2016 emitida por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, visada por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna se resuelve: "Artículo PRIMERO: APROBAR el Plan de Trabajo denominado "Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017" (...)". Que, efectuada la revisión del Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017 así como del Reglamento de Identificación y Acreditación de los Agentes Participantes para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2017 y el Reglamento de Conformación del Equipo Técnico para la Formulación, Evaluación y Asesoría en el Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017, se puede apreciar que estos se enmarcan dentro de las normatividad legal vigente. Que, con la Resolución Gerencial General Regional Nº 158-2016-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de abril del 2016 y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 006-2016-CR-COPPyAT de fecha 08 de abril de 2016, sobre: "APROBACION DE CRONOGRAMA Y REGLAMENTOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2017 DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA", dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de abril de 2016. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente;