Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2016 (18/06/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 54
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NORMAS LEGALES
Sábado 18 de junio de 2016 /
El Peruano
de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1394486-1
Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor JOSE LUIS LESCANO ECHAJAYA, como delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el mencionado consejo directivo. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1394486-2
Designan delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 118-2016-TR Lima, 16 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 044-DE-CERCIL-2016 del Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL; el Oficio N° 436-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y el Informe N° 2019-2016MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL es una institución sin fines de lucro, especializada en la atención integral de las personas con limitaciones visuales y tiene como misión contribuir al bienestar y constante superación de las personas con discapacidad visual, valorar y desarrollar sus potencialidades para que se conviertan en protagonistas de su propio desarrollo; Que, el artículo 7 de la norma denominada "Estatutos del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL", establece que su Consejo Directivo está conformado, entre otros, por un delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 111-2014-TR, de fecha 06 de junio del año 2014, se designó a la Señora NATALIA ROMY QUIÑONES BERROSPI, como delegada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL; Que, conforme a la norma denominada Estatutos del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL, la designación de los delegados de los sectores que conforman su Consejo Directivo es ejercida por un periodo de dos (2) años; Que, la designación citada en el tercer considerando de la presente resolución, ha llegado a su término, el 06 de junio del año 2016, por lo que en atención a lo expuesto y por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designación efectuada y designar al nuevo representante del Sector ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL; Con las visaciones del Viceministro de Propmoción del Empleo y Capacitación Laboral y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29831, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de la señora NATALIA ROMY QUIÑONES BERROSPI, como delegada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima CERCIL.
Establecen conformación de Trabajo denominado Competencias Laborales Saneamiento
del Grupo Comité de del Sector
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2016-TR Lima, 16 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 1064-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Técnico N° 005-2016-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, el Proveído 2393-2016-MTPE-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Empleo y Capacitación Laboral y el Informe Nº 1875-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 049-2016TR, se creó el Grupo de Trabajo denominado "Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento", de carácter permanente, el cual tiene como objeto, promover la mejora y desarrollo de la empleabilidad, competitividad empresarial y productividad laboral, coadyuvando a la reducción de la brecha entre la oferta y demanda en el mercado de trabajo con la participación directa de los principales involucrados en el sector saneamiento; Que, el artículo 4 de la citada Resolución Ministerial, establece que el Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento, estará conformado por ocho (8) representantes titulares, y, ocho (8) representantes alternos o suplentes, de los cuales, seis (6) son designados y presentados por los titulares de las entidades competentes a través de comunicación escrita dirigida al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; ocho (8) acreditados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, dos (2) representantes son propuestos por las organizaciones, asociaciones o instituciones de trabajadores vinculados al sector correspondiente; para la designación de los dieciséis (16) representantes que conforman el Grupo de Trabajo denominado "Comité de Competencias Laborales del sector Saneamiento" por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación de integrantes del Grupo de Trabajo denominado Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento El Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento, está conformado de la siguiente manera: