Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2016 (18/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de junio de 2016 /

El Peruano

de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1394486-1

Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor JOSE LUIS LESCANO ECHAJAYA, como delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el mencionado consejo directivo. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1394486-2

Designan delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 118-2016-TR Lima, 16 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 044-DE-CERCIL-2016 del Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL; el Oficio N° 436-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y el Informe N° 2019-2016MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL es una institución sin fines de lucro, especializada en la atención integral de las personas con limitaciones visuales y tiene como misión contribuir al bienestar y constante superación de las personas con discapacidad visual, valorar y desarrollar sus potencialidades para que se conviertan en protagonistas de su propio desarrollo; Que, el artículo 7 de la norma denominada "Estatutos del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL", establece que su Consejo Directivo está conformado, entre otros, por un delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 111-2014-TR, de fecha 06 de junio del año 2014, se designó a la Señora NATALIA ROMY QUIÑONES BERROSPI, como delegada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL; Que, conforme a la norma denominada Estatutos del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL, la designación de los delegados de los sectores que conforman su Consejo Directivo es ejercida por un periodo de dos (2) años; Que, la designación citada en el tercer considerando de la presente resolución, ha llegado a su término, el 06 de junio del año 2016, por lo que en atención a lo expuesto y por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designación efectuada y designar al nuevo representante del Sector ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL; Con las visaciones del Viceministro de Propmoción del Empleo y Capacitación Laboral y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29831, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de la señora NATALIA ROMY QUIÑONES BERROSPI, como delegada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima ­ CERCIL.

Establecen conformación de Trabajo denominado Competencias Laborales Saneamiento

del Grupo Comité de del Sector

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2016-TR Lima, 16 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 1064-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Técnico N° 005-2016-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, el Proveído 2393-2016-MTPE-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Empleo y Capacitación Laboral y el Informe Nº 1875-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 049-2016TR, se creó el Grupo de Trabajo denominado "Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento", de carácter permanente, el cual tiene como objeto, promover la mejora y desarrollo de la empleabilidad, competitividad empresarial y productividad laboral, coadyuvando a la reducción de la brecha entre la oferta y demanda en el mercado de trabajo con la participación directa de los principales involucrados en el sector saneamiento; Que, el artículo 4 de la citada Resolución Ministerial, establece que el Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento, estará conformado por ocho (8) representantes titulares, y, ocho (8) representantes alternos o suplentes, de los cuales, seis (6) son designados y presentados por los titulares de las entidades competentes a través de comunicación escrita dirigida al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; ocho (8) acreditados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, dos (2) representantes son propuestos por las organizaciones, asociaciones o instituciones de trabajadores vinculados al sector correspondiente; para la designación de los dieciséis (16) representantes que conforman el Grupo de Trabajo denominado "Comité de Competencias Laborales del sector Saneamiento" por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación de integrantes del Grupo de Trabajo denominado Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento El Comité de Competencias Laborales del Sector Saneamiento, está conformado de la siguiente manera: