Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2014 (09/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1147719-11 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 637-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 29 de setiembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1156-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 177 356,32 m², ubicado aproximadamente a 420 metros al Este del Centro Poblado Yacila, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 182 166,40 m², ubicado aproximadamente a 420 metros al Este del Centro Poblado Yacila, en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Oficio Nº 735-2014-SUNARP-ZRNº I/JEF de fecha 21 de agosto de 2014, la MORDAZA Registral Nº I-Sede MORDAZA, remite el Informe Tecnico Nº 392-2014SCR-ZR Nº I-UREG/SUNARP de fecha 20 de agosto de 2014, donde senala que respecto al area en consulta no cuenta con antecedente grafico registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 17 de setiembre de 2014 se observo que el terreno es de naturaleza eriaza, de textura arenosa, presenta una topografia plana, ligeramente suave, encontrandose desocupado; Que, tomando en consideracion que dentro del ambito del predio de mayor extension materia de consulta, existe areas que atraviesan una trocha carrozable se procedio a redefinir el area materia de consulta a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un area de 177 356,32 m² ubicado aproximadamente a 420 metros al Este del Centro Poblado Yacila, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 177 356,32 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha

El Peruano Jueves 9 de octubre de 2014

21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0706 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de setiembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 177 356,32 m², ubicado aproximadamente a 420 metros al Este del Centro Poblado Yacila, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1147719-12 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 639-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 29 de setiembre de 2014 Visto el Expediente Nº 992-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 271 916,16 m², ubicado a la altura de la desembocadura del Rio MORDAZA y a 5 Km. Sureste del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 424 408,47 m², ubicado a la altura de la desembocadura del Rio MORDAZA y a 5 Km. Sureste del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 13 de junio de 2014, se puso en conocimiento de esta Superintendencia que segun Informe Tecnico Catastral Nº 4577-2014-Z.R.N.II/OC-OR-CHICLAYO-U de fecha 12 de junio de 2014, la Unidad Registral-ZR Nº II ­ Sede Chiclayo informo que el predio se encuentra ubicado sobre la proyeccion del Limite Maritimo segun Carta Nacional del IGN y sobre MORDAZA de Dominio Restringido y Dominio Absoluto; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 21 de Agosto de 2014, se verifico que se trata de un predio de suelo arenoso con suave declive hacia el mar que