Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2014 (09/10/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 9 de octubre de 2014

534403
Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0654-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de setiembre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 19 088,49 m², ubicado colindante con el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, al final de la MORDAZA T, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1147719-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 625-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 25 de septiembre de 2014 Visto el Expediente Nº 649-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 358 626,41 m², ubicado a 4 km. al Suroeste del Centro Poblado "Caldera", Fundo MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 358 626,41 m², ubicado a 4 km. al Suroeste del Centro Poblado "Caldera", Fundo MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, efectuada la consulta catastral, la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA mediante Oficio Nº 1107-2013-SUNARPZ.R.Nº IX/HUA remitio el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 08 de enero de 2014 mediante el cual senalo que el terreno en consulta se encuentra en ambito donde no se ha identificado informacion grafica de plano con antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 03 de setiembre de 2014, se verifico que se trata de un terreno eriazo de topografia variada conformada por zonas planas, onduladas y laderas de cerro, con suelo de textura arenosa;

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 121 385,82 m², ubicado al Este del Sector 2B San MORDAZA y el Proyecto de Habilitacion MORDAZA Progresiva C.U.A MORDAZA MORDAZA Tecse adyacente a la Carretera Binacional, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1147719-3 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 624-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 25 de septiembre de 2014 Visto el Expediente Nº 266-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 19 088,49 m², ubicado colindante con el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, al final de la MORDAZA T, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 19 088,49 m², ubicado colindante con el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, al final de la MORDAZA T, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe Tecnico Nº 14204-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 01 de agosto de 2014, la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA senalo que el terreno en consulta se encuentra en ambito donde no se ha identificado informacion grafica de plano con antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 19 de agosto de 2014, se verifico que se trata de un terreno eriazo de suelo arenoso, ubicado a una altitud de 850 msnm y, pendiente pronunciada; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratandose de un predio sin inscripcion registral, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 19 088,49 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado;