Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion la titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69 del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38 del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38 del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1105581-1

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

Que, en ese sentido, teniendo en cuenta lo dispuesto en los numerales 201.1 y 201.2 del articulo 201 de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde rectificar de oficio el error material en que se incurrio en el numero de la resolucion mencionada en el primer considerando, precisandose que el numero que le corresponde es "Resolucion Viceministerial N° 371-2014MTC/03 del 10 de junio de 2014", con lo cual no se afecta el contenido ni sentido de la decision, pues se trata de una rectificacion material; De conformidad con lo establecido en el articulo 201 de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Rectificar de oficio el error material en que se incurrio al emitir la Resolucion Viceministerial N° 370-2014-MTC/03, de fecha 10 de junio de 2014, que aprobo la transferencia de la autorizacion otorgada a la senora ELCI MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 513-2011-MTC/03, a favor de la senora MORDAZA CHASNAMOTE MORDAZA DE MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionados con dicha autorizacion, debiendo entenderse que dicha Resolucion es la "N° 371-2014-MTC/03 del 10 de junio de 2014". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1105584-1

Rectifican error material incurrido en la R.VM. Nº 370-2014-MTC/03, que aprobo transferencia de autorizacion otorgada a persona natural mediante R.VM. Nº 513-2011-MTC/03, siendo su denominacion "Resolucion Viceministerial Nº 371-2014-MTC/03 del 10 de junio de 2014"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 405-2014-MTC/03 MORDAZA, 23 de junio del 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 3702014-MTC/03 del 10 de junio de 2014, se aprobo la transferencia de la autorizacion otorgada a la senora ELCI MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 513-2011-MTC/03, a favor de la senora MORDAZA CHASNAMOTE MORDAZA DE MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionados con dicha autorizacion; Que, de la revision de los archivos correspondientes a las Resoluciones Viceministeriales emitidas por el Despacho Viceministerial de Comunicaciones, se ha detectado que se ha enumerado dos Resoluciones Viceministeriales con el "N° 370-2014-MTC/03"; Que, al respecto, el numeral 201.1 del articulo 201 de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, asimismo, el numeral 201.2 del articulo 201 de la referida Ley, senala que la rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original;

Aprueban texto de la MORDAZA Tecnica Complementaria "Sistema de Notificacion Voluntaria y Confidencial (SINOV)"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 286-2014-MTC/12 MORDAZA, 19 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar, entre otras, las directivas tecnicas, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, el articulo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC senala que los aspectos de orden tecnico y operativo que regulan las actividades aeronauticas civiles se rigen, entre otras, por las normas tecnicas complementarias; Que, de otro lado, los articulos 13º y 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS ­ Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, prescriben que las entidades publicas difundiran las normas legales de caracter general que MORDAZA de su competencia, a traves de sus respectivos Portales Electronicos, revistas institucionales y en general, en todos aquellos medios que MORDAZA posible la difusion colectiva por un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia; Que, en cumplimiento de la referida MORDAZA, mediante Resolucion Directoral Nº 197-2014-MTC/12, del 09 de MORDAZA de 2014, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto de la MORDAZA Tecnica Complementaria denominada "Sistema de Notificacion Voluntaria y Confidencial (SINOV)"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado sin haberse recibido comentarios, siendo procedente expedir el acto que apruebe la MORDAZA, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion