Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Articulo 4º.- La presente Resolucion, no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHIPOLLINI MORDAZA Director Ejecutivo Cientifico 1106239-1

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

Autorizan a la Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo efectuar pagos de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 102-2014-RE MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 2761-2014-PCM/SG de fecha 3 de MORDAZA de 2014 de la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema, que autorice el pago de la contribucion anual 2014 al Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo - CLAD; CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, senala que las cuotas a Organismos Internacionales no financieros se MORDAZA con cargo al presupuesto institucional de cada una de las Entidades, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, previa aprobacion de la Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el "Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Ano Fiscal 2014" de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se detallan las entidades y montos que corresponde a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Ano Fiscal 2014; Que, el monto de la cuota anual para el Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo (CLAD), se incremento segun acuerdo adoptado en la reunion Extraordinaria del Consejo Directivo del CLAD, sostenida en la MORDAZA de Mexico al 31 de MORDAZA de 2012; Que, mediante Decreto Supremo N° 028-2014-RE, se modifico el "Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Ano fiscal 2014" de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, en cuanto al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en Nuevos Soles, por un monto de S/. 106 483.00; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la contribucion anual por concepto de MORDAZA Miembro del Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo - CLAD, con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad, con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias y el "Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Ano Fiscal 2014" de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, modificado, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Presidencia del Consejo de Ministros a efectuar el pago de US$ 37,800.00 (Treinta y Siete Mil Ochocientos y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) al Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo (CLAD), correspondiente a la contribucion anual 2014. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago.

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Geneticos y Participacion MORDAZA y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilizacion al Convenio sobre la Diversidad Biologica"
DECRETO SUPREMO Nº 029-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Geneticos y Participacion MORDAZA y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilizacion al Convenio sobre la Diversidad Biologica" fue adoptado el 29 de octubre de 2010, en la MORDAZA de Nagoya, Japon, firmado por la Republica del Peru el 04 de MORDAZA de 2011, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30217 del 03 de MORDAZA de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Geneticos y Participacion MORDAZA y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilizacion al Convenio sobre la Diversidad Biologica", adoptado el 29 de octubre de 2010, en la MORDAZA de Nagoya, Japon, firmado por la Republica del Peru el 04 de MORDAZA de 2011, y aprobado por Resolucion Legislativa N° 30217 del 03 de MORDAZA de 2014. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del Acuerdo, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 1106687-2