Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

526965
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 504-2014-DE/SG MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 498 del 23 de junio de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1815/DRIE/c.2 del 3 de MORDAZA de 2014, el Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 6 al 12 de MORDAZA de 2014, a fin de realizar una visita a la Direccion de Ciencia y Tecnologia, Instituto Cientifico y Tecnologico y Centro Tactico Computarizado (CENTRAC); Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica de MORDAZA detallado a continuacion, del 6 al 12 de MORDAZA de 2014, a fin que realicen una visita a la Direccion de Ciencia y Tecnologia, Instituto Cientifico y Tecnologico y Centro Tactico Computarizado (CENTRAC). 1. MORDAZA MORDAZA ARAYA MORDAZA 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUGIN MORDAZA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1106464-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 505-2014-DE/SG MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 478 del 19 de junio de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Ecuador, MORDAZA y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 503-2014-DE/SG MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 484 del 20 de junio de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1596 CCFFAA/OAI/UAI del 18 de junio de 2014, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas por especial encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 7 al 11 de MORDAZA de 2014, a fin de participar en la XIX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Ecuador y Peru, en la MORDAZA de Cuzco; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar detallado a continuacion de la Republica del Ecuador, del 7 al 11 de MORDAZA de 2014, a fin que participen en la XIX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Ecuador y Peru. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. General de Division Contralmirante General de Brigada Brigadier General MORDAZA Mayor Mayor MORDAZA MORDAZA GARZON MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDERAS Duenas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zumba MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jacome

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1106464-1