Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2014 (30/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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de empleo de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1130252-1

El Peruano Sabado 30 de agosto de 2014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2014-MDI Independencia, 6 de agosto del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Informe Nº 159-2014-GPPR/MDI de la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion sobre modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, el numeral 38.5 del Articulo 38º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia; Que, Decreto Legislativo Nº 1014 que establece medidas para propiciar la inversion en materia de servicios publicos y obras publicas de Infraestructura, en su Articulo 2º senala que su ambito de aplicacion es para las empresas privadas y entidades del sector publico que realizan la prestacion de uno o mas servicios publicos esenciales, tales como: a) agua potable y alcantarillado, b) Transmision y Distribucion de Electricidad, asi como Alumbrado Publico, c) Gas Natural, y d) Telecomunicaciones; en su Articulo 4º dispone que las autoridades de cualquier nivel de gobierno, al momento de establecer montos por derecho de tramitacion para los procedimientos administrativos para acceso o conexion domiciliaria, a los usuarios y operadores de los servicios publicos, que no podran establecer montos mayores al 1% (uno por ciento) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente por dicho concepto; en su Articulo 5º establece que el otorgamiento de la Autorizacion para la realizacion

de obras de instalacion, ampliacion o mantenimiento de la infraestructura de los servicios publicos, por parte de la Autoridad Municipal, se sujeta a silencio administrativo positivo cumplido el plazo de 30 (treinta) dias habiles contados desde la MORDAZA de la solicitud respectiva; y en su Articulo 6º establece los requisitos exigibles para otorgar la Autorizacion la realizacion de obras de instalacion, ampliacion o mantenimiento de la infraestructura para la prestacion de los servicios publicos, los cuales seran establecidos por los Gobiernos Locales, conforme a las Leyes sobre la materia; Que, mediante la Ley Nº 30056 "Ley que modifica diversas Leyes para Facilitar la Inversion, Impulsar el Desarrollo Productivo y el Crecimiento Comercial", en su Articulo 5º ha modificado los Articulos 5º y 6º del Decreto Legislativo Nº 1014, reduciendo a 05 dias habiles el plazo de la calificacion de silencio administrativo positivo, asi como los requisitos estableciendo medidas para propiciar la inversion en materia de servicios publicos y obras publicas de infraestructura; Que, con la Ordenanza Nº 117-MDI se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Independencia, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 202 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, estableciendose los procedimientos signados como: 3.17.1 Autorizacion para zanjas, pistas, veredas, instalacion, reparacion y/o conexion de redes de agua, alcantarillado, electricas y telefonica para empresas publicas y privadas, con Derecho de Tramite por S/. 320.00; 3.17.2 Conexiones Domiciliarias, con Derecho de Tramite por S/. 150.00; 3.17.3 Obras de construccion, mejora e instalacion de mobiliario e infraestructuras urbanas, con Derecho de Tramite por S/. 160.00; y 3.17.4 Obras para Instalacion de Camaras Subterraneas, con Derecho de Tramite por S/. 500.00; todas ellas con una calificacion de Silencio Administrativo Positivo en un plazo de 15 (quince) dias; Que, en este contexto, se hace necesario adecuar los procedimientos signados como 3.17.1, 3.17.2, 3.17.3 y 3.17.4 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, a las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1014 y sus modificatorias establecidas en la Ley Nº 30056; Que, de la Municipalidad Distrital de Independencia, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 202 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, estableciendose los procedimientos signados como: 3.17.1 Autorizacion para zanjas, pistas, veredas, instalacion, reparacion y/o conexion de redes de agua, alcantarillado, electricas y telefonica para empresas publicas y privadas, con Derecho de Tramite por S/. 320.00; 3.17.2 Conexiones Domiciliarias, con Derecho de Tramite por S/. 150.00; 3.17.3 Obras de Construccion, mejora e instalacion de mobiliario e infraestructuras urbanas, con Derecho de Tramite por S/. 160.00; y 3.17.4 Obras para Instalacion de Camaras Subterraneas, con Derecho de Tramite por S/. 500.00; todas ellas con una calificacion de Silencio Administrativo Positivo en un plazo de 15 (quince) dias; Que, en el Informe Nº 159-2014-GPPR/MDI la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion sustenta la necesidad de modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, con el proposito de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1014 y sus modificatorias establecidas en la Ley Nº 30056, en lo que respecta a los procedimientos signados como 3.17.1 al 3.17.4; Que, por su parte, la Gerencia de Asesoria Legal en el Memorando Nº 308-2014-GAL/MDI senala que la Municipalidad se encuentra desarrollando la simplificacion de los procedimientos de los servicios administrativos, en el MORDAZA de la Politica y el Plan Nacional de Simplificacion Administrativa aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM y a la Resolucion Ministerial Nº Nº 228-2010-PCM, siendo necesario la adecuacion de los procedimientos 3.17.1 al 3.17.4 del MORDAZA vigente, a fin de reducir el plazo de evaluacion previa de 15 (quince) a 5 (cinco) dias y con respecto a la reduccion de los Derechos de Tramite al equivalente al 1% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente; debiendose tener en cuenta que dicha modificacion no implica la creacion de un MORDAZA procedimiento ni el incremento de los derechos de tramitacion o requisito alguno;