Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2014 (30/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Sabado 30 de agosto de 2014

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g) Organizaciones de mujeres. h) Organizaciones de jovenes. i) Otras organizaciones de la sociedad civil. Correspondiendo a cada una de ellas un Titulo dentro del Libro de Registros. Capitulo II Del MORDAZA de Inscripcion y el Mantenimiento Actualizado de los Registros Articulo 14º.- MORDAZA de Inscripcion La Inscripcion se inicia con la MORDAZA de la Solicitud a la que se refiere el Articulo 12º de la presente Ordenanza en la Mesa de Partes de la Municipalidad. La recepcion de esta es de curso obligatorio bajo responsabilidad. La Gerencia de Participacion Ciudadana o quien haga sus veces, responsable del registro, expedira una resolucion motivada en un plazo no mayor a tres (3) dias habiles de recibida la solicitud. Al dia siguiente de vencido el plazo, publica la relacion de Organizaciones que cumplen con los requisitos y que pueden participar en la Eleccion del Consejo de Coordinacion Local. Vencidos los mencionados plazos sin que MORDAZA sido notificado el pronunciamiento de la Entidad, la solicitud se entendera como aprobada. Articulo 15º.- Defectos de Tramitacion e Impugnaciones En un plazo no mayor de tres dias habiles de la publicacion de las Organizaciones admitidas para participar en la Eleccion del Consejo de Coordinacion Local, las que se consideren afectadas en su Derecho pueden interponer Recurso de Impugnacion, los que son resueltos por el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion. En caso de tacha la Organizacion puede interponer Recursos de Apelacion por denegatoria de Inscripcion, dentro de los tres dias habiles siguientes ante el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, quien resolvera en MORDAZA instancia dentro de los dos dias habiles siguientes a la MORDAZA del Recurso. TITULO IV ELECCION DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL PROVINCIAL Capitulo I De la Convocatoria Articulo 16º.- Convocatoria y Plazo de Elecciones La Convocatoria a Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Provincial es hecha por el MORDAZA, bajo responsabilidad, mediante Decreto de Alcaldia, el mismo que establecera el Lugar, Fecha y Hora en el que se procedera al Acto Electoral. En ningun caso, el lugar, puede realizarse fuera de la Jurisdiccion. Articulo 17º.- Participacion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales El MORDAZA Provincial podra solicitar la Asistencia Tecnica de la ONPE, mediante oficio dirigido al Jefe Nacional. La Asistencia Tecnica comprendera, total o parcialmente, los siguientes aspectos: - Asesoria en la Organizacion del MORDAZA Electoral, Revision del Reglamento, Procedimientos de Eleccion y Diseno de las Cedulas de votacion. - Capacitacion a funcionarios de la Municipalidad, Comite Electoral y Organizaciones de la Sociedad Civil. - Asistencia Tecnica presencial el dia de la eleccion. - Apoyo Logistico: Prestamo de Anforas y Cabinas. Articulo 18º.- Realizacion de Elecciones ante Denegatoria de Convocatoria De no realizarse la convocatoria a Eleccion de

Personeria Juridica. Su mantenimiento y actualizacion esta a cargo de la Gerencia de Participacion Ciudadana de la Municipalidad o la que haga sus veces, bajo responsabilidad quien informara sobre el MORDAZA al Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion. El Libro esta organizado por titulos correspondiendo cada uno de los cuales a los diversos segmentos en los que se auto-clasifican las Organizaciones de la Sociedad Civil. Cada Titulo a su vez esta Organizado por capitulos correspondiendo uno a las Organizaciones Sociales a las que se refiere el Articulo 2º de la presente Ordenanza y otro a las Organizaciones de MORDAZA nivel a las que se refiere el Articulo 3º de la presente Ordenanza. Para cada caso se consignara el nombre de la Organizacion y las siglas que la identifican, fecha de Inscripcion en el Registro respectivo, Ficha o Partida Registral de contar con MORDAZA y Fecha de Constitucion, direccion Legal e identificacion de la persona que la representa y en su caso de la persona designada como Delegado (a) ­ Elector (a). Articulo 11º.- Alcances de las Inscripciones Pueden inscribirse en el "Libro de Registro Local de las Organizaciones de la Sociedad Civil", las Organizaciones de la Sociedad Civil de Nivel Provincial, que se refieren los Articulos 2º y 3º de la presente Ordenanza. Articulo 12º.- Requisitos para Inscribirse en el Libro Para inscribirse en el "Libro de Registro Local de Organizaciones de la sociedad civil", se requiere presentar una solicitud de Inscripcion conteniendo la razon social y/ o Denominacion de la Organizacion, la identificacion de la Persona Natural recae en la representacion MORDAZA y/o legal de la Organizacion, la indicacion del Domicilio Legal para todos los fines de la comunicacion, y la instancia y fecha en la cual se adopto el acuerdo de Inscripcion. Esta solicitud tendra valor de Declaracion Jurada. Asimismo debera adjuntarse los siguientes documentos: a) MORDAZA del documento de Identidad del MORDAZA representante o representante legal de la organizacion. b) MORDAZA simple de los Estatutos de la Organizacion. c) MORDAZA simple de la MORDAZA de Inscripcion de la organizacion en los Registros respectivos. En caso de no obtenerse oportunamente dicha documentacion, esta podra presentarse en MORDAZA simple del documento que acredita el registro, debiendo subsanarse dicha omision en un plazo MORDAZA de 15 dias. d) MORDAZA simple de los documentos que acrediten al menos tres anos de actividad institucional, y presencia efectiva y trabajo en la provincia. Para ello las organizaciones podran adjuntar el Libro de Actas de la Organizacion o Instrumentos Juridicos suscritos o Memoriales o Publicaciones, entre otros. e) Las Organizaciones de MORDAZA Nivel a las que se refiere el Articulo 3º de la presente ordenanza adjuntaran adicionalmente la relacion de las Organizaciones de Base que la integran. Las Organizaciones de la Sociedad Civil al momento de inscribirse ante la Municipalidad, deberan senalar si se trata de una organizacion de Base o de MORDAZA nivel y elegir la referencia estamental a que se refiere el subsiguiente articulo, que facilite la identidad y naturaleza de la misma con respecto al universo de las organizaciones. Dicha eleccion atendera los intereses y objetivos comunes que caracterizan a dicha organizacion con respecto a otras organizaciones de la sociedad civil. Articulo 13º.- Segmentos de la Sociedad Civil Para fines de la Inscripcion se consideran a Titulo Referencial la siguiente clasificacion de segmentos sociales: a) Organizaciones de productores y gremios agrarios. b) Gremios empresariales. c) Gremios profesionales. d) Juntas vecinales y organizaciones territoriales. e) Organizaciones sociales de base. f) Comunidades campesinas y nativas.