Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2013 (03/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Viernes 3 de MORDAZA de 2013

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nivel de titulacion de los predios y la dotacion de servicios basicos como son agua, desague y electricidad, los cuales representan requisitos de obligatorio cumplimiento para los grupos familiares postulantes al BFH, de conformidad a lo previsto en los articulos 17 y 36 del Reglamento Operativo para Acceder al MORDAZA Familiar Habitacional ­ BFH para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial N°102-2012-VIVIENDA; Que, de acuerdo al numeral 18.1 del articulo 18 del Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional ­ BFH para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial N° 1022012-VIVIENDA, los Grupos Familiares postularan al MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, previo MORDAZA de convocatoria publicado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 051-2012VIVIENDA se convoco a la poblacion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, a participar en la Primera Convocatoria 2012, para el otorgamiento de 5 000 BFHs en la Modalidad de Construccion en Sitio Propio, siendo la provincia de Castrovirreyna en el departamento de Huancavelica, uno de los ambitos de intervencion; Que, con Decreto Supremo Nº 074-2012-PCM, se declaro de prioridad nacional el desarrollo economico social y la pacificacion del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro ­ VRAEM, debiendo para ello las entidades del Estado, desplegar sus esfuerzos para alcanzar este proposito; Que, el Informe Nº 069-2013/VIVIENDA/VMVU-DNV emitido por la Direccion Nacional de Vivienda senala que como parte de la programacion para la atencion de la poblacion se ha propuesto ofertar 5 000 BFHs en la Modalidad de Mejoramiento de Vivienda del Programa Techo Propio; Que, de acuerdo a lo indicado en el citado informe se propone focalizar la convocatoria del BFH a la poblacion del departamento de MORDAZA, la cual se vio afectada por las intensas lluvias suscitadas entre el 01 y 09 de enero del presente ano; asi como se propone a la poblacion de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Cuzco, Huancavelica y MORDAZA, en el MORDAZA del Plan Integral Territorial VRAEM 2012 ­ 2016, el cual representa una estrategia de desarrollo integral que contempla proyectos de conectividad, servicios publicos, inversion social y financiamiento; ademas, senala, que se debe exceptuar dicho procedimiento del cumplimiento de los plazos previstos en el articulo 34 y el numeral 37.1 del articulo 37 del Reglamento Operativo aprobado por Resolucion Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA; Que, la justificacion que se indica para exceptuar la presente convocatoria del cumplimiento de los plazos previstos en el articulo 34 y el numeral 37.1 del articulo 37 del Reglamento Operativo MORDAZA acotado, es para el primer caso que el Registro de Entidades Tecnicas se mantiene abierto, al no ser la presente convocatoria un MORDAZA con fecha de inicio y cierre, y en el MORDAZA caso, que la MORDAZA de la solicitud de codigo de proyecto, no se viene realizando dentro de dichos plazos, por causas no imputables a los Grupos Familiares y las Entidades Tecnicas, lo cual esta impidiendo el cumplimiento de los fines del Programa Techo Propio; Que, por otro lado se menciona en el referido informe que hasta el ano 2012, la provincia de Castrovirreyna no se ha visto favorecida por desembolso alguno del BFH, pese a que ha tenido 286 Grupos Familiares Elegibles en la Modalidad de aplicacion de Construccion en Sitio Propio, esta situacion se debe principalmente a la falta de vias de comunicacion, lo cual determina que en la estructura de costos de obra, los precios de MORDAZA de los materiales de construccion se incrementen por efecto del flete y por la baja demanda, por lo que existe la necesidad de complementar con un 51%, el valor del BFH previsto en el articulo 16 del Reglamento Operativo aprobado por Resolucion Ministerial N°102-2012-VIVIENDA; Que, de acuerdo a expuesto en los considerandos anteriores y con la finalidad de garantizar la participacion de los grupos familiares de los departamentos focalizados en el procedimiento de otorgamiento del BFH, asi como la culminacion del mismo,

MORDAZA (Hoy Trabaja Peru), asi como, el diseno de los instrumentos del Programa Certijoven, entre otros; Que, por su contribucion al desarrollo de las instituciones promotoras de empleo, en el ano 2007, recibio la Condecoracion de la Orden del Trabajo en grado de "Oficial", correspondiendole la promocion en un grado superior al conferido en su oportunidad; Que, las referencias expuestas constituyen servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 3° del Decreto Ley N° 20585; el articulo 4º del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el numeral 4 del articulo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar la Condecoracion de la Orden del Trabajo en el Grado de "Comendador" al senor MORDAZA MORDAZA CHACALTANA MORDAZA, extendiendose el Diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 932502-7

VIVIENDA
Convocan a participar en la Convocatoria para el ano 2013 para el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales en la Modalidad de Aplicacion de Mejoramiento de Vivienda del Programa Techo Propio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 096-2013-VIVIENDA MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Informe Nº 069-2013/VIVIENDA/VMVUDNV de fecha 27 de marzo de 2013, emitido por la Direccion Nacional de Vivienda, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga en los ambitos MORDAZA y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda de Interes Social; Que, con Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA se declaro de utilidad publica la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los sectores populares a una vivienda MORDAZA y estimular la participacion del sector privado en la construccion de viviendas de interes social; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 091-2011VIVIENDA se aprobo la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion con el BFH, en las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, teniendo en consideracion el deficit cualitativo MORDAZA y las zonas donde dicho subsidio se MORDAZA otorgado en menor porcentaje; no obstante, en dicha metodologia no se han tomado en consideracion indicadores como el