Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2013 (29/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

513006
modificado por la Ley Nº 30056, Ley que Modifica Diversas Leyes para Facilitar la Inversion, Impulsar el Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial, faculta al Indecopi a imponer sanciones al funcionario, servidor publico o a cualquier persona que ejerza funciones administrativas por delegacion, bajo cualquier regimen laboral o contractual, asi como a la entidad publica que aplique u ordene la aplicacion de una MORDAZA burocratica declarada ilegal o irracional; Que, asimismo, el referido articulo establece las infracciones en las que los administrados podrian incurrir, asi como las sanciones a imponerse, estableciendose que la Tabla de Graduacion, Infracciones y Sanciones correspondiente sera aprobada mediante resolucion de Consejo Directivo del Indecopi; Que, mediante Informe Nº 698-2013/GFS, la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion y la Secretaria Tecnica de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas presentaron ante el Consejo Directivo del Indecopi una propuesta que contiene los criterios de graduacion, asi como las infracciones y sanciones a aplicarse, considerando para ello aspectos legales, economicos y tecnicos asociados a la aplicacion de barreras burocraticas declaradas ilegales o carentes de razonabilidad; Que, la referida propuesta busca lograr una mayor predictibilidad al poner en conocimiento de los administrados los tipos infractores, los topes de sancion asociados a estas y los criterios para su determinacion, en caso se detecte la infraccion; ademas de mejorar el caracter disuasivo de las sanciones, incorporando criterios economicos en la graduacion de cada sancion; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi en sesion de fecha 16 de diciembre de 2013; y, De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Tabla de Graduacion, Infracciones y Sanciones, conforme a lo establecido en el articulo 26° BIS del Decreto Ley N° 25868, modificado por la Ley Nº 30056, Ley que Modifica Diversas Leyes para Facilitar la Inversion, Impulsar el Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial, la misma que se encuentra contenida en los Anexos 1 y 2, los cuales forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Establecer que, en caso de funcionarios, servidores publicos o cualquier persona que ejerza funciones administrativas por delegacion, bajo cualquier regimen laboral o contractual, la multa a imponerse, en atencion a la Tabla de Graduacion, Infracciones y Sanciones, no puede superar el treinta por ciento (30%) del total de la remuneracion percibida durante el ejercicio del ano anterior a la comision de la infraccion o durante el tiempo de contratacion asociado a la infraccion. Articulo 3°.- Disponer que la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion del Indecopi ponga a disposicion de los organos resolutivos correspondientes un aplicativo automatizado y la guia de uso, que permita la determinacion de la sancion, en funcion a lo aprobado en el articulo precedente, los cuales seran difundidos a traves del MORDAZA institucional, para el acceso y uso permanente y gratuito de dicha herramienta por los administrados, en un plazo de 30 dias luego de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo

El Peruano MORDAZA 29 de diciembre de 2013



MORDAZA infractor

Sancion

Calificacion

Base Legal (26°BIS de la Decreto Ley 25868) Inciso a)

Incumplimiento de mandato de Multa inaplicacion o eliminacion de la MORDAZA hasta 20 burocratica declarada ilegal y/o carente UIT de razonabilidad. Cuando en un procedimiento iniciado de parte se denuncie la aplicacion de barreras burocraticas previamente declaradas ilegales y/o carentes de razonabilidad en un procedimiento de oficio, consistentes en: a. Incumplir disposiciones legales en materia de simplificacion administrativa b. Incumplir disposiciones legales que regulen el otorgamiento de licencias, Multa 2 autorizaciones y permisos para la hasta 20 UIT ejecucion de obras y realizacion de actividades industriales, comerciales o de servicios, publicos o privados. c. Incumplir disposiciones legales que regulen el despliegue de infraestructura en servicios publicos. d. Otras disposiciones administrativas declaradas ilegales y/o carentes de razonabilidad previamente por la Comision Aplicacion de restricciones tributarias al libre MORDAZA, contraviniendo lo Multa establecido en el articulo 61° del 3 hasta 10 Texto Unico Ordenado de la Ley de UIT Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo 156-2004-EF. 1

Muy Grave

Inciso c), numeral 1) Muy Grave

Inciso c), numeral 2)

Inciso c), numeral 3) Inciso c), numeral 4)

Grave

Inciso b)

2. Infracciones y sanciones maximas para entidades publicas
Base Legal CalifiSancion (26°BIS de cacion la Decreto Ley 25868)



MORDAZA infractor

Exigir requisitos adicionales a los maximos establecidos en la Ley 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Multa Funcionamiento; y en la Ley 29090, 1 hasta 20 Ley de Regulacion de Habilitaciones UIT Urbanas y de Edificaciones, o en aquellas disposiciones legales que las sustituyan o complementen. Exigir requisitos no incluidos en el Texto Multa 2 Unico de Procedimientos Administrativos hasta 20 de la entidad, conforme a la Ley 27444 UIT Establecer plazos mayores a los senalados en los dispositivos legales que regulan el otorgamiento de licencias, autorizaciones y permisos, asi como Multa 3 al despliegue para la ejecucion y/o hasta 10 implementacion de infraestructura en UIT servicios publicos a que hacen referencia los numerales 2 y 3 del literal c) del articulo 26°BIS. Aplicar regimenes de silencio Multa administrativo sin observar lo dispuesto hasta 10 en la Ley 29060, Ley del Silencio UIT Administrativo, o la que la sustituya. Exigir derechos de tramitacion que superen la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, conforme Multa 5 a lo establecido en el articulo 45 de hasta 10 la Ley 27444, Ley del Procedimiento UIT Administrativo General, o en la MORDAZA que lo sustituya. 4

Muy Inciso d) Grave numeral 1)

Muy Inciso d) Grave numeral 3)

Grave

Inciso d) numeral 4)

Grave

Inciso d) numeral 5)

Anexo N° 1 Tabla de graduacion, infracciones y sanciones 1. Infracciones y sanciones maximas para personas naturales (Art. 1°, Ley 30056)

Grave

Inciso d) numeral 2)