Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2013 (29/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 138

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Pasajes Viaticos TOTAL US$ 2667,58 US$ 1620,00 ---------------------US$ 4287,58

El Peruano MORDAZA 29 de diciembre de 2013

Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Publiquese. MORDAZA MORDAZA Presidente

Las excepciones a este tope son aprobadas por el Gerente General. e. No estan autorizados los gastos de publicidad, salvo los requeridos por las normas legales y los vinculados al ejercicio de las funciones que la Constitucion Politica le asigna al Banco. f. La Gerencia General emitira una MORDAZA interna con disposiciones de austeridad adicionales. Articulo 2. La presente Resolucion de Directorio rige a partir del 1 de enero del 2014. Articulo 3. La Resolucion de Directorio N°090-2012BCRP regira hasta el 31 de diciembre del 2013. MORDAZA MORDAZA Presidente

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Aprueban medidas de austeridad aplicables para el ejercicio 2014 en el Banco Central de Reserva del Peru
RESOLUCION DE DIRECTORIO N° 0089-2013-PRE000
MORDAZA, 23 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO QUE: De acuerdo a lo normado por los articulos 84° y 86° de la Constitucion Politica, el Banco Central es una persona juridica de derecho publico con autonomia, dentro de su Ley Organica, gobernado por un Directorio de siete miembros, cuya finalidad es preservar la estabilidad monetaria; Segun el articulo 3° de su Ley Organica, el Banco Central, en el ejercicio de su autonomia en el cumplimiento de su finalidad y funciones, se rige exclusivamente por las normas de dicha Ley y su Estatuto; Por otra parte, el literal n) del articulo 24° de la Ley Organica del Banco Central dispone que le corresponde al Directorio aprobar, modificar y supervisar su presupuesto anual; Asimismo, el articulo 86° de la Ley Organica establece que el Banco Central cuenta con autonomia presupuestal. Este es responsable de la programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion, ampliacion, modificacion y control del presupuesto institucional; En concordancia con lo anterior, la Decima Disposicion Final de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, senala que el Banco Central rige su MORDAZA presupuestario de conformidad con su Ley Organica, en el MORDAZA de lo dispuesto por el Articulo 84 de la Constitucion Politica; En esa misma linea, el literal b) de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 senala que, para el caso del Banco Central, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto publico y de ingresos de personal a aplicarse en el ano 2014 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo de su Directorio, las mismas que deben publicarse en el diario oficial El Peruano; El Directorio del Banco Central de Reserva del Peru, en concordancia con la Constitucion y la Ley, en ejercicio de la autonomia que estas le otorgan, ha dispuesto mantener una politica de austeridad en el gasto, que a su vez coadyuve a las mejoras en la eficiencia y procesos de la institucion. SE RESUELVE: Articulo 1. Aprobar las medidas de austeridad siguientes, que seran de aplicacion para el ejercicio 2014: a. Establecer 942 plazas para el Cuadro de Asignacion de Personal del Banco para el periodo enero - diciembre 2014. b. La contratacion de MORDAZA personal para la cobertura de plazas vacantes presupuestadas se realizara mediante concurso publico, incluyendo los cursos de extension universitaria de Economia y Finanzas. c. Los concursos publicos para la contratacion de personal y la convocatoria y seleccion de practicantes se publicaran en el MORDAZA Institucional. d. El monto para la contratacion por locacion de servicios que se celebre con personas naturales de manera directa o indirecta no sobrepasara la remuneracion MORDAZA del puesto de gerente del Banco por el tiempo de contratacion.

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CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Resuelven no ratificar en el cargo a Juez Especializado en lo Penal de Ica del Distrito Judicial de Ica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 390-2013-PCNM
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2013 VISTO: El expediente de evaluacion integral y ratificacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aquije; interviniendo como ponente el senor Consejero MORDAZA Maezono Yamashita; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolucion Nº 424-2005-CNM del 15 de febrero de 2005 fue reincorporado el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aquije, en el cargo de Juez Especializado en lo Penal de Ica del Distrito Judicial de Ica; y, designado mediante Resolucion Administrativa Nº 107-2005-P-CSJIC/ PJ del 28 de febrero de 2005 en el cargo de Juez del MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Ica; fecha desde la cual ha transcurrido el periodo de siete anos a que se refiere el articulo 154° inciso 2) de la Constitucion Politica del Peru para los fines del MORDAZA de evaluacion integral y ratificacion correspondiente; Segundo: Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, se aprobo la programacion de la Convocatoria N° 006-2012-CNM de los procesos individuales de evaluacion integral y ratificacion de jueces y fiscales, entre los que se encuentra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aquije. El periodo de evaluacion del citado magistrado comprende desde el 28 de febrero de 2005 a la fecha de conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con la entrevista personal efectuada en sesion publica el 22 de enero de 2013, habiendo quedado en reserva hasta el 8 de MORDAZA de 2013, habiendose garantizado el acceso previo al expediente e informe final para su lectura respectiva, por lo que corresponde adoptar la decision; Tercero: Que, con relacion al rubro conducta, de los documentos que conforman el expediente del MORDAZA de evaluacion y ratificacion, se observa que el magistrado registra dieciseis medidas disciplinarias, siendo las siguientes: i) Apercibimiento, recaido en el expediente N° 00007302005, por no haberse pronunciado sobre una tacha en el MORDAZA, segun informacion del magistrado; ii) Apercibimiento, recaido en la investigacion N° 061-06-OCMA, por su actuacion como Juez del MORDAZA Juzgado Penal de Ica al incurrir en retardo en la tramitacion del expediente N° 2004-0824 seguido contra MORDAZA MORDAZA Chuecas MORDAZA y otros por la comision del delito contra la Salud Publica, Trafico Ilicito de Drogas en agravio del Estado Peruano, quienes lejos de ordenar se remita el expediente sub materia al representante del Ministerio