Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2012 (11/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 11 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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y perfeccionamiento en la Investigacion de Siniestros Acuaticos de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, con la finalidad de actualizar la aplicacion de la metodologia y enfoques que permitan y fomenten investigaciones de amplio alcance, con miras a poner de manifiesto los factores causales y otros riesgos para la seguridad; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Autoridad Maritima dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente Resolucion, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00916730, DNI. 43600283, para que participe en el Curso de Investigacion de Accidentes Maritimos, a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 11 al 20 de setiembre de 2012. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA ­ Buenos Aires (REPUBLICA ARGENTINA) ­ MORDAZA US$. 700.00 US$ 700.00 Viaticos: US$. 200.00 x 10 dias TOTAL A PAGAR: US$ US$ 2,000.00 2,700.00

Aprueban la Directiva General N° 0102012-MINDEF/VRD/A/01.b "Normas para el desarrollo de los procesos de ascensos (Promocion 2013) y pases a la situacion militar de retiro por la causal de renovacion (Ano 2012), para el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1006-2012-DE/SG MORDAZA, 7 de setiembre de 2012 VISTO: El Informe Legal N° 2388-2012-MINDEF/OGAJ de 14 de agosto de 2012, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° literal b) de la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, establece como una de las competencias exclusivas y excluyentes de este Ministerio, la dacion de normas y lineamientos tecnicos para la gestion eficiente de los recursos del sector defensa, entre otros aspectos; Que, el articulo 2° de la Ley N° 29108 - Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, senala que los procesos de ascensos tienen por finalidad garantizar una linea de MORDAZA profesional, sustentada en un sistema de evaluacion, seleccion y promocion de los oficiales al grado militar inmediato superior; desarrollados en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente; Que, por su parte, el articulo 47° literal A) 1 de la Ley N° 28359 - Ley de situacion de oficiales de las Fuerzas Armadas, precisa que el MORDAZA de Renovacion de oficiales se ejecuta anualmente, despues de producido el MORDAZA de ascenso correspondiente; Que, asimismo, la Ley N° 29219, por la cual se modifico la Ley N° 28359, incremento el tiempo de servicios del personal militar de 35 a 38 anos; y, el Decreto Supremo N°020-2008-DE/SG de 10 de setiembre de 2008, modifico - entre otros aspectos - los Anexos 01, 02 y 03 del Reglamento de la Ley de situacion militar de los oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, en lo concerniente al periodo de transitoriedad que se debe considerar para el ascenso de los Oficiales de MORDAZA y Servicios de las Fuerzas Armadas, el mismo que no excedera del ano 2016; Que, la Direccion General de Recursos Humanos del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, ha formulado el proyecto de Directiva General titulado: "Normas para el desarrollo de los procesos de Ascensos (Promocion 2013) y pases a la situacion militar de retiro por la causal de Renovacion (Ano 2012), para el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas; Que, en ese contexto, resulta necesario aprobar el proyecto de Directiva General MORDAZA indicado, con el objeto de establecer los lineamientos generales para el desarrollo de los procesos de Ascensos (Promocion 2013) y pases a la situacion militar de retiro por la causal de Renovacion (Ano 2012), asi como uniformizar criterios y estandarizar los procedimientos respectivos a nivel de las tres Instituciones Armadas; Estando a lo propuesto; y, De conformidad con el literal v) del articulo 9° de la Ley N° 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal r) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N°001-2011-DE. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva General (DG) N°010-2012-MINDEF/VRD/A/0/b "NORMAS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE ASCENSOS (PROMOCION 2013) Y PASES A LA SITUACION MILITAR DE RETIRO POR LA CAUSAL DE RENOVACION (ANO 2012), PARA EL PERSONAL DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS", que forma parte integrante de la presente resolucion.

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial Subalterno designado, debera dar cumplimiento con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El mencionado Oficial Subalterno, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha del retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no da derecho a exoneraciones ni liberacion de impuesto aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 839402-3