Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2012 (11/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 11 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, en el MORDAZA de lo indicado en los considerandos precedentes, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a traves del Informe Nº 204-2012-SERNANP-OPP, de fecha 24 de agosto de 2012, establece que es procedente aceptar la donacion proveniente de la Fundacion Cooperacion Internacional; Con las visaciones de la Secretaria General, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con las facultades conferidas en el Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 0062008-MINAM. SE RESUELVE Articulo 1º.- Aceptar la donacion dineraria efectuada por la Fundacion Conservacion Internacional, hasta por un monto de S/. 327,412.00 Nuevos Soles (Trescientos Veintisiete Mil Cuatrocientos Doce y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Unidad Ejecutora 001 ­ Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, Pliego 050: Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, para la ejecucion del Proyecto "Conservacion del Bosque de Proteccion Alto Mayo". Articulo 2º.- La presente Resolucion, debera ser notificada a la Fundacion Conservacion Internacional, Agencia Peruana de Cooperacion Internacional y Contraloria General de la Republica, en un plazo no mayor de cinco (05) dias habiles posteriores de emitida y publicada en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA institucional del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas del Estado ­ SERNANP (www.sernanp.gob.pe). Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 838876-1

Aprueban el Plan Maestro del Area de Conservacion Privada Tilacancha para el periodo 2012-2017
RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 152-2012-SERNANP MORDAZA, 6 de setiembre de 2012 VISTO: Los Informes Nº 370-2012-SERNANP-DDE y N° 2372012-SERNANP-OAJ, de fechas 29 de agosto de 2012 y 04 de setiembre de 2012 respectivamente, a traves de los cuales se da conformidad al Plan Maestro propuesto para el Area de Conservacion Privada Tilacancha. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, el numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, crea el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, constituyendolo como ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y en su autoridad tecnico-normativa; Que, el numeral 2 de la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, aprueba la fusion de la Intendencia Nacional de Areas Naturales Protegidas del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA con el SERNANP, constituyendose este ultimo en el ente incorporante. Asimismo, dicho numeral senala que toda referencia hecha al INRENA, a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del INRENA, o a las competencias, funciones y atribuciones respecto a las Areas Naturales Protegidas, una vez culminado el MORDAZA de fusion, se entendera como efectuada al SERNANP; Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, establece en su inciso g), que el SERNANP tiene entre sus funciones, aprobar los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas; Que, el numeral 2.4 del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 008-2009-SERNANP, senala que la aprobacion de los Planes Maestros de las Areas de Conservacion Privada corresponde al SERNANP;

Que, el Articulo 20º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobara un Plan Maestro por cada Area Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificacion de mas alto nivel con el que cuenta cada Area Natural Protegida, y que debera ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) anos; Que, el inciso b) del Articulo 74º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, concordante con el Articulo 15° de la Resolucion Presidencial N° 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, senala que dentro de los noventa (90) dias de llevado a cabo el reconocimiento del Area de Conservacion Privada, el propietario debera presentar ante el SERNANP, el Plan Maestro correspondiente, para su aprobacion; Que, el inciso n) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, senala que es funcion del Presidente del Consejo Directivo aprobar los Planes Maestros de las Areas de Conservacion Privada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 118-2010MINAM, publicada con fecha 08 de MORDAZA de 2010, se reconocio el Area de Conservacion Privada Tilacancha, sobre una superficie total de seis mil ochocientas hectareas y cuatro mil ochocientos metros cuadrados (6 800, 48 ha), de los predios de propiedad de las Comunidades Campesinas de Levanto y de San MORDAZA del Mayno, ubicados en los distritos de Levanto y San MORDAZA del Mayno, respectivamente, provincia de Chachapoyas y departamento de Amazonas; Que, segun se concluye en los Informes del visto, la propuesta del Plan Maestro del Area de Conservacion Privada Tilacancha, cumple con los criterios y lineamientos basicos para la elaboracion de planes maestros en Areas Naturales Protegidas, y asimismo la zonificacion planteada por el propietario se encuentra acorde con la normativa correspondiente a la materia; Con las visaciones de la Oficina de Asesoria Juridica, de la Direccion de Desarrollo Estrategico y de la Secretaria General, y; En uso de las facultades conferidas mediante el inciso n) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del Area de Conservacion Privada Tilacancha por el periodo 2012 2017, el mismo que se encuentra contenido en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Publicar la presente Resolucion en la pagina web institucional: www.sernanp.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 838876-2

ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como accionista
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 007-2012/021-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el articulo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de