Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2012 (11/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, martes 11 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion SBS N° 775-2008; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009, y Resolucion SBS N° 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de la Nacion, la apertura de una (01) Agencia ubicada en el Centro Poblado Incuyo Mz. D1 Lte. 10, distrito de Puyusca, provincia de Parinacochas y departamento de Ayacucho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES La Intendente General de Banca (e) 838031-1 RESOLUCION SBS Nº 6637-2012 MORDAZA, 28 de agosto de 2012 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion SBS N° 775-2008; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009, y Resolucion SBS N° 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de la Nacion, el traslado de una (01) agencia ubicada en Av. MORDAZA MORDAZA N° 812, local N° 03 en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA hacia Av. MORDAZA MORDAZA N° 873-875 Urb. MORDAZA MORDAZA en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES La Intendente General de Banca (e) 838031-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican el cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013 del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2012-MDC EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Informe Nº 593-2012-GPP/MDC de fecha 28.08.2012, emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe Nº 114-2012-GPCDC/MC de fecha 28.08.2012, emitido por la Gerencia de Participacion Ciudadana y Desarrollo Comunal; el Acta de Reunion del Equipo Tecnico para el Presupuesto Participativo 2013 de fecha 27.08.2012; el Informe Nº 658-2012-GAJ-MDC de fecha 04.09.2012 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; el Decreto de Alcaldia Nº 008-2012-MDC, que aprueba la Guia Metodologica y el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2013; y; CONSIDERANDO: Que el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Reforma Constitucional Nº 28607,establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Distrital de Comas, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tiene rango de Ley, conforme a las garantias consagradas en el numeral 4)del Articulo 220º de nuestra Carta Magna, asimismo en sus articulos 195º con numeral 1),197º y 199º modificados mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven , apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el Desarrollo Local , forman su presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente bajo responsabilidad., conforme a Ley; Que la Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion en sus articulos 17º, 20º numeral 1) y 42º inciso g), establecen que los gobiernos estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos; Que la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en el Titulo Preliminar, Articulo IX referido a la Planeacion Local establece que: "El MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando ala s municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local , teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales" en su Titulo IV del Regimen economico Mundial, articulo 53º se establece que "Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, en las cuales se formulan ,aprueban y ejecutan de acuerdo a Ley de la Materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion"; Que, el Articulo 73º numeral 5) de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especificas en materia de participacion vecinal, debiendo proponer, apoyar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local, integrar y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de la circunscripcion; Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Ley Nº 28056 y su modificatoria aprobada mediante Ley Nº 29289, establecen las disposiciones y los lineamientos que permitan asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo y asimismo optimizar el uso de los recursos a traves de un adecuado control social en las acciones publicas;