Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2012 (11/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, martes 11 de setiembre de 2012

MORDAZA MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, como Juez Superior Provisional de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de MORDAZA, a partir del 10 al 21 de setiembre del presente ano, por la licencia del doctor MORDAZA Antezano, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Colegiado Impar Dr. MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA Ynonan Timarchi Dra. MORDAZA MORDAZA Polack Baluarte Presidente (P) (P)

Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora LEISLIE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del MORDAZA MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, a partir del 10 al 21 de setiembre del presente ano, por la promocion de la doctora Polack Baluarte. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 838884-1

Articulo Primero.- Modificar el articulo 9° del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, en los siguientes terminos: "Articulo 9°.- Para el computo de los periodos de ejercicio exigidos en los articulos 6º (Juez y Fiscal Supremo) y 7º (Juez Superior, Fiscal Adjunto Supremo y Fiscal Superior) de la Ley de la MORDAZA Judicial, no se acumulan los servicios prestados en calidad de provisional o supernumerario a los de titular en el mismo grado. La acumulacion solo es posible para el computo de los requisitos previstos en el articulo 8º (Juez Especializado o Mixto y Fiscal Provincial) de la citada Ley. No se pueden acumular los periodos de provisionalidad o supernumerario en el nivel al que postula. Procede la acumulacion de servicios prestados en el Poder Judicial y el Ministerio Publico. El postulante en condicion de magistrado debe acreditar haber ejercido unicamente la magistratura por el tiempo de servicios exigido por la ley. Asimismo, el postulante en condicion de abogado o docente universitario puede acumular los periodos ejercidos como abogado o docente, siempre que no MORDAZA simultaneos. La acumulacion no procede en el caso de postulantes a Juez o Fiscal Supremo." Articulo Segundo.- Disponer que la Secretaria General publique la presente Resolucion en la pagina electronica del Consejo Nacional de la Magistratura, en la direccion: www.cnm.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 839174-1

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Modifican el Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales aprobado por Resolucion Nº 281-2010CNM
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 269-2012-CNM MORDAZA, 10 de septiembre del 2012 VISTO: El Oficio N° 072-2012-CPSN/CNM de la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento, elevando el proyecto de modificaciones del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 281-2010-CNM del 1 de septiembre del 2010, el Consejo Nacional de la Magistratura aprobo el vigente Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de septiembre del 2010, el mismo que fue modificado mediante Resoluciones N°s. 237, 295 y 4832011-CNM y 238-2012-CNM, respectivamente. Que, en sesion del Pleno del Consejo de fecha 6 de septiembre del 2012 se acordo reservar el debate del proyecto de modificacion del articulo 9° del citado Reglamento de Concursos. Que, el Pleno del Consejo en sesion de la fecha, considerando los fundamentos expuestos por la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento, acordo aprobar la modificacion propuesta, por lo que de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 21º inciso g) y 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397 ­ Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura;

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para asumir el cargo de MORDAZA y regidor en la Municipalidad Provincial de Maynas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 718-2012-JNE Expediente Nº J-2012-0613 MORDAZA, diecisiete de agosto de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 24 de MORDAZA de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre, contra los Acuerdos de Concejo N.° 071SE-MPM y N.° 072-SE-MPM, de fecha 11 de MORDAZA de 2012, que declararon la suspension de su cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Maynas, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 1, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades, y encargaron el despacho de alcaldia al regidor MORDAZA MORDAZA Guimas Gadea, respectivamente, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES La convocatoria a la sesion extraordinaria de fecha 11 de MORDAZA de 2012 Con fecha 26 de MORDAZA de 2012, el MORDAZA MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre solicito que se le otorgue licencia por enfermedad por el plazo de treinta dias contados a partir del dia siguiente de la MORDAZA de su solicitud, invocando que se encuentra en MORDAZA de terapia fisica y rehabilitacion. Con la finalidad de sustentar su solicitud, adjunto un certificado medico de fecha 18 de MORDAZA de 2012, emitido por MORDAZA Taico MORDAZA, del Hospital I MORDAZA MORDAZA Butterfield, de Essalud, en la que se indica que MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre padece de "Secuela de traumatismo encefalo craneano, trombosis venosa profunda de miembro inferior derecho