Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2012 (06/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
ANEXO

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

registros administrativos, para la aplicacion del regimen extraordinario de permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, de esta manera, mediante Resolucion Ministerial No. 593-2010-MTC/02, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de diciembre de 2010, se aprobo el Cronograma del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas de ambito regional de las mencionadas jurisdicciones; Que, la Direccion General de Transporte Terrestre a traves del Oficio Circular No. 008-2011-MTC/15 de fecha 23 de febrero de 2011, curso a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones no comprendidas dentro de los alcances de la Resolucion Ministerial No. 5932010-MTC/02, una nueva propuesta de Cronograma del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas; Que, en atencion del citado Oficio Circular, la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Tacna con Oficio No. 0853-2011-DRTC.T/G.R.TACNA, presento su conformidad al MORDAZA cronograma propuesto por la Direccion General de Transporte Terrestre de acuerdo a sus registros administrativos, para la aplicacion del regimen extraordinario de permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas de ambito regional dentro de su respectiva jurisdiccion; Que, en tal sentido, con la finalidad de renovar el MORDAZA automotor, asi como establecer progresivamente la salida de los vehiculos del servicio de transporte terrestre de personas de ambito regional que hayan superado la antiguedad MORDAZA de permanencia, de modo que no se genere el desabastecimiento del referido medio de transporte en el departamento de Tacna; resulta necesario aprobar el cronograma citado precedentemente; De conformidad con la Ley No. 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; la Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo No. 017-2009-MTC, que aprobo el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte; y, a lo informado por el Gobierno Regional de Tacna; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Cronograma del Regimen Extraordinario de Permanencia Apruebese el Cronograma del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas de ambito regional del departamento de Tacna, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Condiciones para la aplicacion del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas del ambito regional del departamento de Tacna El Regimen Extraordinario de Permanencia senalado en el articulo precedente, sera aplicable a aquellos vehiculos destinados al servicio de transporte de personas de ambito regional dentro del departamento de Tacna, que a la fecha se encuentren habilitados en merito de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento, y siempre que cumplan las siguientes condiciones: a) El vehiculo debe de encontrarse en optimo estado de funcionamiento lo que se demostrara con la aprobacion de la inspeccion tecnica vehicular semestral y los controles inopinados a los que sea sometidos. b) Cumplir con las condiciones tecnicas y demas requisitos que establece el Reglamento para el servicio de transporte de personas de ambito regional. Articulo 3º.- Vigencia La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Cronograma del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas de ambito regional de la Region Tacna

FECHA DE FABRICACION Hasta 1982 1983 -1989 1990 -1991 1992 -1993 1994 -1995 1996 -1997 1998 -1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 Hasta el 30 de junio del 2009 773483-1

FECHA DE SALIDA SERVICIO 30 de junio del 2013 30 de junio del 2014 30 de junio del 2015 30 de junio del 2016 30 de junio del 2017 30 de junio del 2018 30 de junio del 2019 30 de junio del 2020 30 de junio del 2021 30 de junio del 2022 30 de junio del 2023 30 de junio del 2024 30 de junio del 2025 30 de junio del 2026 30 de junio del 2027 30 de junio del 2028 30 de junio del 2029

DE

Aprueban tasacion de predios afectados por el Derecho de Via de la Construccion de la Red Vial Nº 6, MORDAZA Pucusana Cerro MORDAZA - Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-2012-MTC/02 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2012 Visto: La Nota de Elevacion Nº 120-2012-MTC/20, de fecha 29 de febrero de 2012 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobacion de cuatro (04) tasaciones que corresponden a predios afectados por el Derecho de Via de la Construccion de la Red Vial Nº 6, MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 2º y 3º de Ley Nº 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios via trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusiono el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; en tanto que, por Resolucion Ministerial Nº 010-2007VIVIENDA, se dispuso que la Direccion Nacional de