Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2011 (21/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Quinto.- OSITRAN debera encargarse de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, ademas de difundirlo en la pagina web de OSITRAN, de conformidad con lo previsto en el articulo 49º del REMA. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente del Consejo Directivo INFORME Nº 013-11-GS-GAL-OSITRAN A De MORDAZA : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General : MORDAZA D´Alfonso Crovetto Gerente de Supervision : Reglamento de Acceso de la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Peru S.A.

proyecto presentado, no se habia cumplido con subsanar la observacion realizada en el punto 24 del Informe Nº 009-11-GS-GAL en donde se menciona que no es posible brindar un servicio esencial sino se cuenta con el respectivo contrato. 9. Mediante Carta Nº 537-2011-AAP de fecha 11 de MORDAZA de 2011 Aeropuertos Andinos del Peru S.A. remitio un MORDAZA Proyecto de Reglamento de Acceso con la eliminacion del literal f) del articulo 9º, segun lo indicado en el Oficio 2751-2011-GS- OSITRAN. III. MORDAZA LEGAL 10. Mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0142003-CD-OSITRAN, publicada el 25 de septiembre de 2003, se aprobo el REMA de OSITRAN. Asimismo, mediante Resoluciones de Consejo Directivo Nº 0542005-CD-OSITRAN, publicada el 24 de septiembre de 2005, y Nº 006-2009-CD-OSITRAN, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de febrero de 2009, se modifico el REMA. 11. Los Articulos 46º, 47º, 48º y 49º del REMA, establecen los plazos para la MORDAZA, difusion, aprobacion y observaciones del proyecto de Reglamento de Acceso de las Entidades Prestadoras. 12. El Articulo 50º del REMA establece el procedimiento a seguir en caso de presentarse observaciones al Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora. IV.- ANALISIS 13. Para establecer el orden del procedimiento, se ha procedido a analizar los siguientes aspectos: A. Plazo para la levantar observaciones al proyecto de Reglamento de Acceso de Aeropuertos Andinos del Peru S.A. B. Observaciones realizadas al Proyecto de REA de Aeropuertos Andinos del Peru S.A. C. Subsanacion a las observaciones realizadas por parte de Aeropuertos Andinos del Peru S.A. D. Estructura Final del REA de Aeropuertos Andinos del Peru S.A. A. Plazo para la levantar observaciones al proyecto de Reglamento de Acceso de Aeropuertos Andinos del Peru S.A. 14. El articulo 50º del REMA senala que en caso de existir Observaciones al proyecto de Reglamento de Acceso, la Entidad Prestadora (en este caso AAP) debera subsanar las observaciones senaladas en un plazo de diez (10) dias. "... Articulo 50º.- En el caso de que OSITRAN observe el proyecto de Reglamento de Acceso, la Entidad Prestadora debera subsanar las observaciones senaladas en un plazo de diez (10) dias contados a partir de su notificacion. Recibido el levantamiento de observaciones por parte de la Entidad Prestadora, OSITRAN cuenta con un plazo de diez (10) dias para evaluar el proyecto corregido. El proyecto se entendera aprobado si dentro de este plazo OSITRAN no ha emitido el pronunciamiento correspondiente. En el caso de las Entidades Prestadoras que inician sus actividades, el proyecto de Reglamento de Acceso se entendera aprobado si dentro de los plazos establecidos OSITRAN no ha emitido observaciones o aprobado el proyecto. El incumplimiento de esta obligacion sera considerado como infraccion, y por tanto estara sujeta a la sancion prevista en el Reglamento de Infracciones y Sanciones. Observaciones al proyecto..." 15. Los diez habiles computados desde el 06 de MORDAZA de 2011, para que la empresa concesionario levante las observaciones vence el 20 de MORDAZA de 2011; sin embargo, la fecha en la que AAP presento su proyecto de Reglamento de Acceso, fue el 211 de MORDAZA de 2011. Por tanto, se ha verificado que AAP ha incumplido con presentar su MORDAZA proyecto con el levantamiento de las observaciones realizadas dentro del plazo establecido por el articulo 50º del REMA.

Referencia : Resolucion de Gerencia de Supervision Nº 05-2011-GS/OSITRAN Fecha : 12 de MORDAZA de 2011.

I. OBJETIVO Evaluar y emitir opinion respecto del Proyecto de Reglamento de Acceso de la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Peru S.A. II. ANTECEDENTES 1. Con Carta Nº 255-2011-AAP recibida el 28 de MORDAZA de 2011, la empresa concesionaria Aeropuertos Andinos del Peru S.A. (en adelante AAP), remitio su Proyecto de Reglamento de Acceso (en adelante REA), en concordancia con el REMA. Mediante Memorando Nº 383-11-GS-OSITRAN del 29 de MORDAZA de 2011, la Gerencia de Supervision de OSITRAN, en virtud de lo establecido en el articulo 46º del REMA remitio el Proyecto de REA para su difusion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de OSITRAN. 2. Con Resolucion de Gerencia de Supervision Nº 052011-GS/OSITRAN, se aprobo la difusion del Proyecto de REA de AAP, mediante su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se establecio que el plazo para que los Usuarios Intermedios puedan remitir a OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre el referido Proyecto de Modificacion es de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente a la fecha de publicacion de la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. 3. El 06 de MORDAZA de 2011 se publico la Resolucion de Gerencia de Supervision Nº 05-2011-GS/OSITRAN en el Diario Oficial El Peruano. 4. El 27 de MORDAZA de 2011 vencio el plazo establecido para que los Usuarios Intermedios puedan remitir a OSITRAN sus comentarios y observaciones al Proyecto de REA de AAP. 5. Mediante la Carta Nº GMR-004-2011, recibida por OSITRAN el 27 de MORDAZA de 2011, el usuario intermedio Talma Servicios Aeroportuarios S.A., remitio sus comentarios a la publicacion del Proyecto de Reglamento de Acceso de AAP. 6. Con Resolucion de Presidencia Nº 027-2011-PDOSITRAN de fecha 10 de junio de 2011, se aprobo el Informe Nº 009-11-GS-GAL-OSITRAN, que contiene las observaciones respecto del Proyecto de Reglamento de Acceso presentado por Aeropuertos Andinos del Peru S.A y se otorgo un plazo de diez (10) dias para la empresa Concesionaria cumpla con subsanar las observaciones sustentadas en el mencionado informe. 7. Mediante Carta Nº 453-2011-AAP de fecha de recepcion 22 de junio de 2011, la empresa Concesionaria Aeropuertos Andinos del Peru S.A., remitio dentro del plazo otorgado, una nueva version del Proyecto de Reglamento de Acceso, considerando las observaciones realizadas por OSITRAN. 8. Con Oficio Nº 2751-GS-OSITRAN de fecha 05 de MORDAZA del 2011, la Gerencia de Supervision de OSITRAN observo que en lo referente al literal f) del articulo 9 del