Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2008 (20/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 20 de octubre de 2008

de la Municipalidad ordenando la medida, sin haberse cumplido el plazo de la medida correctiva y/o subsanado las Infracciones advertidas, MORDAZA lugar a la denuncia por violencia o resistencia a la autoridad, conforme lo dispone el articulo 365º y demas pertinentes del codigo penal. Articulo 41º.- REINCIDENCIA Y PERSISTENCIA Cuando el infractor sancionado mediante Resolucion de Sancion, reincide en la misma infraccion que genero la sancion y/o medida correctiva sera sancionado con el incremento del cien por ciento (100%) de la multa aplicada a la infraccion por la cual se configuro dicha condicion. Tratandose de infractores sancionados, que persisten en la infraccion de naturaleza continuada pasados los treinta (30) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de notificada la Resolucion de Sancion Administrativa y siempre que se requiera al administrado que demuestre haber cesado la infraccion, sera sancionado con el incremento del cien por ciento (100%) de la multa aplicada a la infraccion por la cual se configuro dicha condicion. TITULO IV RECURSOS Y EJECUCION FORZOSA Articulo 42º.- RECTIFICACION DE ERRORES Una vez notificada la Resolucion de Sancion a traves de la cual se impone debidamente una sancion y/o medida correctiva, cabe la rectificacion de los errores materiales o aritmeticos, en cualquier momento, sea a instancia de parte o de oficio. Corresponde esta funcion a la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion. Articulo 43º.- RECURSOS Los administrados, o su representante legal, a quienes se hubiera sancionado por la comision de infracciones administrativas, podran interponer los Recursos de Reconsideracion y Apelacion, observando los plazos y requisitos establecidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 44º.- ORGANOS RESOLUTORES La Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion, es el organo competente para resolver los Recursos de Reconsideracion que se planteen contra la Resolucion de Sancion Administrativa. La Gerencia de Rentas, es el organo competente para resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa los Recursos de Apelacion que se interpongan, previo informe de la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil. Articulo 45º.- COBRANZA DE MULTAS Corresponde a la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion y la Sub Gerencia de Recaudacion y Ejecucion Coactiva, realizar la cobranza ordinaria y coactiva de las multas administrativas, respectivamente. Articulo 46º.- EJECUCION FORZOSA Vencido el plazo de quince (15) dias habiles de notificado, sin haberse impugnado la Resolucion de Sancion Administrativa y sin que el infractor hubiera dado cumplimiento a lo dispuesto en MORDAZA, se remitira MORDAZA de esta y su cargo de notificacion al Ejecutor Coactivo, para la cobranza del integro de la multa y/o la ejecucion de las medidas correctivas. En el ultimo caso, la Resolucion debera contener un mandato expreso dirigido al Ejecutor Coactivo, de que transcurrido el plazo concedido al infractor para la subsanacion de la infraccion, ejecute coactivamente la sancion y/o medida correctiva dispuesta, bajo la formula "Encarguese al Ejecutor Coactivo, para que una vez vencido el plazo senalado en la presente Resolucion, proceda a la ejecucion forzosa de la medida correctiva ordenada, previo informe de su incumplimiento". Los gastos derivados de la ejecucion forzosa de las sanciones y medidas correctivas impuestas son de cargo

y responsabilidad exclusiva del infractor y/o responsable solidario. Siempre que el Ejecutor Coactivo solicite apoyo para las ejecuciones forzosas, la Policia Administrativa y las demas dependencias municipales estan obligadas a prestar apoyo tecnico, logistico y de personal, bajo responsabilidad directa de los Gerentes o Sub Gerentes de las areas correspondientes. De ser necesario el Ejecutor Coactivo solicitara el MORDAZA de la Policia Nacional. DISPOSICIONES FINALES

Primera.CUADRO DE INFRACCIONES, SANCIONES Y MEDIDAS CORRECTIVAS Apruebese el Cuadro de Infracciones, Sanciones y Medidas Correctivas que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza, de acuerdo al cual se impondran las sanciones y aplicaran las medidas correctivas correspondientes.

Segunda.- IDENTIFICACION Los inspectores municipales deberan identificarse al inicio de cualquier acto de verificacion, portando su respectivo fotocheck y documento de identidad nacional, que permita su plena identificacion, con un ejemplar de la presente Ordenanza. Tercera.- NOTIFICACIONES Las notificaciones de los actos a que se refiere la presente Ordenanza, se realizaran de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, con las precisiones previstas en esta norma. Cuarta.- MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES Modifiquese el numeral 51.13) del articulo 51 e incorporese el numeral 79.14) al articulo 79 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 281-MDJM, cuyos textos quedara redactados de la siguiente manera: "51.3 Emitir Resolucion de Sancion Administrativa de acuerdo a los dictamenes alcanzados por los organos instructores, realizar su cobranza ordinaria y derivarlas para su ejecucion forzosa a la Sub Gerencia de Recaudacion y Ejecucion Coactiva." "79.14 Cautelar el cumplimiento de las normas municipales, mediante actividades de la Policia Administrativa que involucra iniciar procedimiento sancionador, aplicar medidas correctivas, calificar los hechos como infraccion, mantener actualizado los registros correspondientes y derivar lo actuado a la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion para la aplicacion de la sancion." Quinta.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Mediante Decreto de Alcaldia se expediran las normas complementarias que se requieran para el adecuado cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexta.- DEROGATORIA Deroguese la Ordenanza N° 228-MJM, Ordenanza N° 254-MJM, la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza N° 253-MJM, articulo 2º de la Ordenanza N° 247-MJM, articulo 3º de la Ordenanza N° 244-MJM, el numeral 51.7 del articulo 51º de la Ordenanza No 281-MJM y demas normas que se opongan a la presente Ordenanza. Setima.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion DISPOSICION TRANSITORIA Unica.Los procedimientos sancionadores iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regiran por la normatividad anterior hasta