Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2008 (20/10/2008)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de octubre de 2008

PODER EJECUTIVO RELACIONES EXTERIORES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de arrendamiento de oficinas para la Sede de la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1210-2008-RE MORDAZA, 15 de octubre de 2008 Visto, el Informe (LOG) Nº 018-2008, de fecha 30 de setiembre de 2008, por el cual se emite la sustentacion tecnica y, el informe legal emitido por la Direccion General de Asuntos Legales, con relacion a la necesidad de exonerar la Contratacion del Servicio de Arrendamiento de Oficinas para la Sede de la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos; CONSIDERANDO: Que, en virtud del Contrato Nº 004-2007-RE/EXO, de fecha 22 de agosto de 2007, la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos, viene ocupando el inmueble ubicado en el MORDAZA Miro MORDAZA Nº 191, oficinas N° 501, 502, 503 y 504 (5to. Piso) del Edificio Italia, en el distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Memorandum (IAP) Nº 301-A-2008, de fecha 20 de agosto de 2008, la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos solicito el arrendamiento de un inmueble que cumpla con los terminos de referencia que remite adjunto al citado Memorandum, por el periodo de un (1) ano, contados a partir del 23 de octubre del presente ano; Que, a traves del Informe Tecnico Nº 03-08/PI, de fecha 21 de agosto de 2008, el Area de Servicios Generales, Mantenimiento, Infraestructura y Transportes de la Direccion de Logistica, senala que el inmueble que actualmente ocupa la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos, ubicado en el MORDAZA Miro MORDAZA Nº 191, oficinas Nº 501, 502, 503 y 504 (5to. Piso) del Edificio Italia, en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, se encuentra dentro de la MORDAZA Monumental de MORDAZA, y ha sido intervenido a traves de un MORDAZA de restauracion y puesta en valor con muy buenos resultados en cuanto a su habitabilidad y uso para oficinas, constituyendo, en ese sentido, una oferta inmobiliaria inmejorable en el distrito del Cercado de Lima; Que, el referido informe senala que el inmueble en mencion cuenta con instalaciones electricas, sanitarias, de seguridad, de informatica y de servicios que han sido totalmente remozadas, conformando una infraestructura que permite el normal desarrollo de funciones y operaciones del personal y equipos que desempenan labores en la mencionada Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos; Que, ademas de lo senalado, resulta oportuno destacar que, para el funcionamiento de la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos, fue necesario efectuar inversiones para acondicionar sus ambientes, donde ademas de la sustantiva inversion que ha efectuado el Ministerio de Relaciones Exteriores en mobiliario, equipos de aire acondicionado e iluminacion, se realizaron mejoras de caracter tecnico, como el servicio de telecomunicaciones que implico efectuar la conexion de redes informaticas, asi como la implementacion de los equipos y la conexion del servicio de internet y telefonia fija, con la finalidad que dicha dependencia se encuentre conectada a la red de comunicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en ese contexto, si se tuviera que optar por alquilar un local distinto al senalado, se tendria que

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efectuar nuevos gastos en inversion para el mismo fin, perdiendose la inversion efectuada en el referido inmueble, configurandose asi, en una contratacion onerosa para el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, adicionalmente, cabe resaltar que el referido informe tecnico senala que el Ministerio de Relaciones Exteriores no dispone de la infraestructura necesaria que permita albergar en sus instalaciones a las oficinas que actualmente viene ocupando la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos; Que, mediante Informe (APR) Nº 036-2008, de fecha 21 de agosto de 2008, del Area de Programacion de la Direccion de Logistica, el cual contiene el Informe Nº 052-2008/EEMM-LOG-MRE, del Especialista de Estudio de MORDAZA, a traves del cual se informa que el valor referencial determinado para la mencionada contratacion asciende a US$ 35,213.28 (Treinta y cinco mil doscientos trece y 28/100 dolares americanos), que cubre el periodo de un (1) ano, el cual incluye los tributos, seguros, mantenimiento del inmueble y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecucion del servicio; Que, al respecto, el citado informe senala ademas que el valor referencial determinado para la contratacion del servicio de arrendamiento de oficinas para la Sede de la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos se ha incrementado en el orden del 10% aproximadamente, en relacion a la contratacion efectuada el ano anterior; Que, el referido informe senala que, de acuerdo con la Agencia Peruana de Noticias MORDAZA, el precio promedio del metro MORDAZA en MORDAZA Metropolitana ha sufrido un incremento del 20% debido a la revalorizacion de las propiedades y al creciente valor arquitectonico; Que, asimismo, en dicho informe se indica que se realizaron visitas a locales cercanos al Ministerio de Relaciones Exteriores en busca de un local que pudiera ser una alternativa viable para cotizar, pero no se encontro ningun local en una distancia similar al inmueble que ocupa actualmente la Asesoria del Despacho Ministerial en Asuntos Antarticos que cumpla con los terminos de referencia; Que, mediante Memorandum (PPT) Nº PPT1351/2008, de fecha 18 de setiembre de 2008, la Direccion de Presupuesto informo que existen recursos presupuestales que permitiran atender dicho requerimiento con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, la situacion senalada en los considerados precedentes se encuentra prevista en el literal e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el Articulo 144° de su Reglamento, como un servicio que no admite sustituto y existe proveedor unico; Que, en ese sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano, senalando ademas que la facultad de aprobar las exoneraciones es indelegable. Cabe senalar que MORDAZA de la Resolucion que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo debera remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que la Resolucion que aprueba la exoneracion de los procesos de seleccion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, mediante los informes de visto, se da cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual senala que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que