Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2008 (25/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de enero de 2008

NORMAS LEGALES
Empresas Aportantes Coelvisac Electro Sur Medio

365047

Fecha Limite de 15/03/2008 15/04/2008 15/05/2008 15/03/2008 15/04/2008 15/05/2008 Transferencia Empresas Electro Sur Este Receptoras Empresas Aportantes Electrocentro Transferencia Empresas Electrocentro Receptoras Empresas Aportantes Electrosur Fecha Limite de 15/03/2008 15/04/2008 15/05/2008 Transferencia Empresas Hidrandina Receptoras 88 355 88 698 89 053 38 303 39 108 39 907 11 953 10 312 8 664 Electro Ucayali Fecha Limite de 15/03/2008 15/04/2008 15/05/2008 15/03/2008 15/04/2008 15/05/2008 33 284 32 688 32 101 99 048 98 725 98 408

Que, posteriormente mediante la Resolucion de Superintendencia N° 260-2004/SUNAT y normas modificatorias, se aprobaron las normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectuen el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual; Que resulta de interes fiscal modificar los directorios de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de Principales Contribuyentes de las Intendencias Regionales MORDAZA, MORDAZA y La Libertad; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29° y 88° del TUO del Codigo Tributario, los articulos 5° y 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.INCORPORACION DE CONTRIBUYENTES A LOS DIRECTORIOS DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES Incorporase a los directorios de Principales Contribuyentes de las dependencias que se indican en la siguiente tabla a los contribuyentes senalados en los anexos Nums. 1 a 4 de la presente resolucion, los mismos que deberan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en el lugar senalado expresamente para cada dependencia en la siguiente tabla o a traves de SUNAT Virtual, de corresponder:
DEPENDENCIA INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES ANEXO N° LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES Avenida Garcilaso de la MORDAZA N° 1472, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Avenida MORDAZA N° 222, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Avenida Abancay N° 491, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Avenida MORDAZA Faucett s/n, Centro Aereo Comercial, tiendas 105, 106, 107 y 108, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima.

Articulo 3º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con los informes Nº 0023-2008-GART y Nº 00272008-GART, en la pagina Web del OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 156371-4

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican Directorios de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de Principales Contribuyentes de las Intendencias Regionales MORDAZA, MORDAZA y La MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 010-2008/SUNAT MORDAZA, 23 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que el articulo 88° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 13599-EF y normas modificatorias, senala que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que el articulo 29° del citado Codigo establece que el pago se efectuara en la forma que senala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de estos, la Resolucion de la Administracion Tributaria, especificando ademas que al lugar fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes no le sera oponible el domicilio fiscal; Que asimismo, de conformidad con el articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia N° 100-97/SUNAT y normas modificatorias, los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en las Unidades de Principales Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, de las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que segun el referido articulo, los deudores tributarios considerados Medianos y Pequenos Contribuyentes, efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las instituciones bancarias autorizadas, en efectivo o mediante cheque;

1

2 INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA 3

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Articulo 2°.- EXCLUSION DE CONTRIBUYENTES DE LOS DIRECTORIOS DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES Excluyase del directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y del directorio de Principales Contribuyentes de las Intendencias Regionales MORDAZA, MORDAZA y La MORDAZA a los contribuyentes senalados en el Anexo N° 5 de la presente resolucion, los cuales a partir de la entrada en vigencia de la misma, deberan presentar las declaraciones determinativas y efectuar sus pagos en efectivo o mediante cheque, en la Red Bancaria autorizada por la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, de corresponder. La MORDAZA de las declaraciones informativas, el pago mediante documentos valorados, la interposicion de procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como la realizacion de todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, deberan efectuarlos en la dependencia de la SUNAT de su jurisdiccion o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la misma. Articulo 3°.- NOTIFICACION La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion a los contribuyentes senalados en los anexos. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de febrero de 2008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Superintendente Nacional