Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2008 (25/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

364991

Las construcciones a que se refiere el primer parrafo se llevaran a cabo dentro del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico del Alto Piura. Articulo 2º.- Financiamiento y cofinanciamiento El Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico del Alto MORDAZA se efectuara mediante el cofinanciamiento entre el Gobierno Nacional, el Gobierno Regional, los gobiernos locales y el sector privado. Sin embargo, la ejecucion de las obras senaladas en el articulo 1º sera financiada entre el Gobierno Nacional, el Gobierno Regional y los gobiernos locales. Para tal efecto, disponese que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico, inicie las negociaciones y gestiones para concretar la operacion de endeudamiento que, para dicho proyecto, fue incluida en el Plan Anual de Concertaciones de Creditos Externos 2008, aprobado mediante la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, pudiendo el Gobierno Regional de MORDAZA alcanzar propuestas de financiamiento. Articulo 3º.- Encargatura Encargase al Poder Ejecutivo para que, en cumplimiento de la presente Ley, proceda a priorizar la ejecucion de la construccion de las obras a las que se refiere este dispositivo. Articulo 4º.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de enero de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de enero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 156460-2

LEY Nº 29194
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA LOS CASOS DE PERDIDA DE PATRIA POTESTAD
Articulo 1º.- Adicion de ultimo parrafo al articulo 177º e incorporacion del Articulo 181º-B al Codigo Penal Adicionase un ultimo parrafo al articulo 177º e incorporase el articulo 181º-B al Codigo Penal, con los textos siguientes: