Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2008 (25/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

365006

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de enero de 2008

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termoelectrica MORDAZA 1, de la que se es titular ENERSUR S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 024-2008-MEM/DM MORDAZA, 18 de enero de 2008 VISTO: El Expediente N° 33085298-1, organizado por ENERSUR S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11027095 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, y la solicitud de modificacion de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 265-98EM/VME, publicada el 4 de junio de 1998, se otorgo autorizacion por tiempo indefinido, a favor de Energia del Sur S.A., para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termoelectrica Ilo 2 con una potencia instalada de 270,4 MW, identificandola con el Expediente N° 33085298; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 3402005-MEM/DM, publicada el 2 de setiembre de 2005, se modifico la Resolucion Ministerial N° 265-98-EM/ VME, al MORDAZA del Decreto Supremo N° 041-2004-EM, a efectos de otorgar autorizacion por tiempo indefinido a favor de Energia del Sur S.A. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, con una potencia instalada de 169,2 MW, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, para lo cual se le asigno el Expediente N° 33085298-1 ; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 608-2006MEM/DM, publicada el 7 de enero de 2007, se aprobo la modificacion de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termoelectrica MORDAZA 1, ampliando su potencia instalada de 169,2 MW a 350,1 MW; Que, con fecha 20 de diciembre de 2007, ENERSUR S.A. solicito ante la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas modificacion de su autorizacion para la ejecucion de la tercera etapa de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, consistente en la instalacion de una turbina a gas con una potencia instalada de 193,5 MW, con lo cual la potencia instalada de la Central Termoelectrica MORDAZA 1 se incrementaria de 350,1 MW a 543,6 MW; Que, de acuerdo con el Asiento B00006 de la Partida N° 11027095 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, la Junta de Accionistas de Energia del Sur S.A. con fecha 15 de agosto de 2007 aprobo la modificacion del articulo 1° de su estatuto social, a fin de consignar ENERSUR S.A. como denominacion de la sociedad; Que, la titular ha presentado la Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas; Que, mediante la Resolucion Directoral N° 1023-2007MEM/AAE de fecha 14 de diciembre de 2007, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos aprobo el Estudio de Impacto Ambiental y Social del proyecto de ampliacion de la Central Termoelectrica MORDAZA 1, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 00993-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones

Electricas, su Reglamento, ha emitido el Informe N° 2602007-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas, el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE02 del Anexo N° 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la modificacion de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termoelectrica MORDAZA 1, de la que es titular ENERSUR S.A., ampliando su potencia instalada de 350,1 MW a 543,6 MW. Articulo 2°.- ENERSUR S.A. queda obligada a ejecutar las obras de la tercera etapa de la Central Termoelectrica MORDAZA 1 segun el Calendario de Ejecucion de Obras que obra en el Expediente, que contempla diecinueve (19) meses para poner en servicio la tercera etapa de la central, contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion Ministerial. La falta de ejecucion de las obras de ampliacion de acuerdo con el Calendario de Ejecucion de Obras, conllevara a la ejecucion de la Carta Fianza, quedando sin efecto la modificacion a que hace referencia el articulo precedente. Articulo 3°.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, las Resoluciones Ministeriales N° 340-2005-MEM/DM y N° 608-2006-MEM/DM, y demas normas legales y tecnicas aplicables. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y por cuenta del interesado, dentro de cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 155301-1

JUSTICIA
Aprueban tasas registrales preferenciales para los damnificados de los sismos del 15 de agosto de 2007
DECRETO SUPREMO Nº 001-2008-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los sismos del 15 de agosto de 2007, se registraron danos materiales a la propiedad publica y privada, dejando un numero considerable de damnificados en los departamentos de Ica, MORDAZA y Huancavelica; Que, el Gobierno Nacional mediante los Decretos Supremos Nºs. 068-2007-PCM, 071-2007-PCM, 0752007-PCM y 084-2007-PCM declaro el estado de emergencia en el departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y las provincias de Canete y Yauyos del departamento de Lima; ampliados mediante Decreto Supremo Nº 097-2007-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS, se aprobo las tasas a cobrar en el Registro de Predios a cargo de la SUNARP; Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru senala que los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneracion, exclusivamente por ley o