Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2008 (01/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 1 de diciembre de 2008

- Registro denominado "Banco de actividades y/o proyectos aprobados y priorizados" (Anexo Nº 3). 8.3 La participacion y actuacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto se desarrollara en el MORDAZA de la normatividad vigente que regula los Sistemas de Planeamiento, Presupuesto e Inversion Publica. Articulo 9º.- Funciones de los representantes de los Organismos Publicos Los representantes de los Organismos Publicos asistiran regularmente a las sesiones de la Comision Especial, analizaran y evaluaran las actividades y/o proyectos y emitiran sus votos para la aprobacion y priorizacion de los mismos. Articulo 10º.- Funciones de los Representantes del Sector Privado Los representantes de los gremios empresariales, asistiran regularmente a las sesiones previamente citadas de la Comision Especial, analizaran y evaluaran las actividades y/o proyectos y emitiran sus votos para la aprobacion y priorizacion de los mismos.

16.2 Los miembros de la Comision Especial, luego que el Presidente de por terminado el debate del proyecto presentado, sustentaran su posicion de aprobacion o desaprobacion de las actividades y/o proyectos, pudiendo abstenerse de votar, para lo cual podran tambien sustentar su posicion. 16.3 La reconsideracion de la actividad o proyecto ya resuelto, requiere la MORDAZA de nuevos elementos de juicio para su revision. 16.4 Los acuerdos que adopte la Comision Especial seran suscritos por sus miembros y registrados en el Acta de la sesion. Articulo 17º.- Actas

17.1 Los temas tratados durante las sesiones deberan constar en actas, siguiendo el orden correlativo senalado en el Articulo 14º. 17.2 Las actas seran suscritas por todos los miembros de la Comision Especial asistentes a las sesiones respectivas y seran llevadas al dia por la Secretaria Tecnica.

TITULO V PROCEDIMIENTO DE MORDAZA, EVALUACION Y APROBACION DE LAS ACTIVIDADES Y/O PROYECTOS
Articulo 18º.- Requisitos Las actividades y/o proyectos que se presenten ante la Comision Especial deberan contener lo siguiente: 18.1 Nombre de la actividad y/o proyecto. 18.2 Costo total de la actividad y/o proyecto, indicando los recursos directamente recaudados requeridos. 18.3 Objetivo expresado en forma MORDAZA y precisa. 18.4 Descripcion general de la actividad y/o proyecto, escenarios posibles y costos. 18.5 Justificacion de la actividad y/o proyecto, indicando los beneficios esperados. 18.6 Resumen Ejecutivo de la actividad y/o proyecto que resumira toda la informacion senalada en los acapites 18.1 a 18.5, de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 1. Articulo 19º.- Del Procedimiento Las actividades y/o proyectos que se presenten ante la Comision Especial deberan seguir el procedimiento siguiente: 19.1 Solicitud de los Organismos Publicos, sector privado y/o los organos de linea del Despacho Viceministerial de Pesqueria dirigida al Presidente de la Comision Especial. 19.2 Proveido del Presidente de la Comision Especial a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto (PRODUCE). 19.3 Verificacion del cumplimiento de los requisitos por la Oficina General de Planificacion y Presupuesto (PRODUCE). En caso de haber observaciones debera ser devuelto al promotor para la subsanacion respectiva, comunicandose de esta accion al Secretario Tecnico; 19.4 En el caso que los proyectos de investigacion cientifica y/o tecnologica, correspondan a un proyecto de inversion publica, este debera adecuarse a la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica. 19.5 Una vez verificados los requisitos, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto enviara las actividades y/o proyectos al Secretario Tecnico, quien los incluira en la Agenda previa aprobacion del Presidente de la Comision Especial. 19.6 Exposicion y debate de las actividades y/o proyectos; 19.7 El destino de las actividades y/o proyectos puede ser el siguiente: i. Aprobacion por parte de la Comision Especial: De merecer aprobacion y priorizacion por parte de la Comision Especial, la actividad y/o proyecto obtendra su financiamiento correspondiente. ii. Solicitud de Reformulacion por la Comision Especial: En este caso, la actividad y/o proyecto sera devuelto al Organismo Publico y/o los Organos de Linea del Despacho Viceministerial de Pesqueria que lo promovio para su reformulacion y/o modificacion. iii. No aprobacion por la Comision Especial: La actividad y/o proyecto sera devuelto al Organismo Publico y/o los Organos de Linea del Despacho Viceministerial de Pesqueria.

TITULO IV DE LAS SESIONES
Articulo 11º.- Funcionamiento 11.1 Se realizaran previa citacion del Presidente, en lo posible una vez al mes. 11.2 El Presidente, por intermedio de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto (PRODUCE), debera remitir a los miembros de la Comision la agenda a tratarse, con una anticipacion no menor a tres (03) dias habiles de la fecha prevista para la sesion. Articulo 12º.- Quorum El quorum computable para dar inicio a cada sesion, sera de cinco (5) miembros, permitiendose una tolerancia de diez (10) minutos para su comprobacion. Articulo 13º.- Conduccion de las sesiones Las sesiones seran presididas y conducidas por el Presidente, y en su ausencia, por el Miembro de la Comision Especial que el Presidente designe. Articulo 14º.- Orden de Temas a Tratar 14.1 Las sesiones se desarrollaran observando el orden siguiente: a) Despacho (documentos recibidos y/o remitidos por la Comision). b) Informes. c) Exposicion y debate de las actividades y/o proyectos. d) Pedidos. e) Orden del Dia. 14.2 A solicitud de alguno de sus miembros, la Comision Especial podra incluir o excluir temas de la Orden del Dia considerados en la Agenda. Esta solicitud debera ser sustentada y dejarse expresa MORDAZA en el acta respectiva. 14.3 Los Informes y Pedidos seran formulados verbalmente o por escrito. Articulo 15º.- Reglas de las Sesiones 15.1 El tiempo para exponer cada proyecto sera de 15 minutos como maximo. Excepcionalmente el Presidente podra autorizar un tiempo adicional. 15.2 Los miembros de la Comision Especial pediran el uso de la palabra al Presidente, la que sera concedida en el orden solicitado. 15.3 Las actividades y/o proyectos no seran sometidos a votacion, hasta que el Presidente de por agotado el debate. 15.4 Las actividades y/o proyectos seran sometidos a votacion para su aprobacion, en la etapa de Orden del Dia. Articulo 16º.- Adopcion de Acuerdos 16.1 Los miembros de la Comision Especial deberan fundamentar su MORDAZA y podran pedir que sus argumentos se incluyan en el tenor literal del acta correspondiente. Por ningun motivo la votacion sera secreta.