Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2008 (01/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Despacho Viceministerial de Pesqueria, en su calidad de organos tecnicos, para abordar asuntos especificos y emitir informes tecnicos, sobre las actividades y/o proyectos sometidos a su consideracion. Articulo 6º.- Funciones del Presidente Son Funciones del Presidente:

6.1. Presidir la Comision Especial. En caso de ausencia, podra delegar dicha funcion al Secretario Tecnico o a otro miembro de la Comision Especial que estime conveniente. 6.1. Aprobar los temas de la agenda a tratar en las sesiones, con el apoyo del Secretario Tecnico. 6.2. Disponer la convocatoria a las sesiones. 6.3. Mantener Informado al Ministro de la Produccion sobre los avances y acuerdos que se adopten en las sesiones. 6.4. Disponer y supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados. 6.5. Convocar, en forma extraordinaria, a sesion de la Comision Especial, por su propia iniciativa o a pedido de cuatro de sus miembros. 6.6. Gozar del derecho a ejercer MORDAZA dirimente, en casos de empate. 6.7. Las demas que surjan de la dinamica propia de la funcion de la Comision Especial o por disposicion del Ministro de la Produccion, sin perjuicio de las funciones senaladas en el presente reglamento. Articulo 7º.- Funciones del Secretario Tecnico Son funciones del Secretario Tecnico:

7.3 Alcanzar al Presidente de la Comision, la propuesta de agenda de la proxima sesion, adjuntando MORDAZA de las actividades y/o proyectos, y el informe del flujo de MORDAZA proporcionado por la Oficina General de Administracion (PRODUCE), para conocimiento de los miembros de la Comision. 7.4 Cursar las citaciones a las sesiones de la Comision Especial y remitir la Agenda respectiva con una anticipacion no menor a tres dias habiles a la fecha prevista para llevarla a cabo. 7.5 Llevar al dia el Libro de Actas de las sesiones. 7.6 Mantener actualizado el Registro de Acuerdos. 7.7 Preparar el Informe Anual al termino de cada ejercicio presupuestal, para lo cual, los Organismos Publicos y/o los Organos de Linea del Viceministerio de Pesqueria responsables de la ejecucion de las actividades y/o proyectos aprobados deberan presentar un informe trimestral del avance fisico y presupuestal. 7.8 Otras que le asigne la Comision Especial o su Presidente. Articulo 8º.- Funciones de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto (PRODUCE) 8.1 Verificar que las actividades y/o proyectos asi como su respectivo resumen cumplan con reunir correctamente todos los requisitos senalados en el articulo 18º del presente Reglamento. En caso contrario, estos seran devueltos al promotor debiendo solicitar su actualizacion y/o reformulacion. Una vez superadas las observaciones debera alcanzarlo al Secretario Tecnico de la Comision, para ser incluido en la agenda de la siguiente reunion. 8.2 Mantener actualizados permanentemente los registros de control de las actividades y/o proyectos presentados por los Organismos Publicos y los Organos de Linea del Despacho Viceministerial de Pesqueria, acompanados con la Estructura del Resumen Ejecutivo (Anexo N° 1) conforme a los requisitos previstos en el articulo 18° del presente Reglamento. Entre otros, tenemos: - Registro denominado "Banco de actividades y/o proyectos presentados" (Anexo N° 2).

7.1 Recibir la documentacion de las actividades y/o proyectos asi como los resumenes ejecutivos presentados por los Organismos Publicos y los organos de linea del Despacho Viceministerial de Pesqueria, previamente analizados y aprobados en sus requisitos por la Oficina General de Planificacion y Presupuesto (PRODUCE). 7.2 Solicitar a la Oficina General de Administracion (PRODUCE) el flujo de ingresos y egresos del presupuesto del Ministerio de la Produccion, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.