Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2008 (01/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de diciembre de 2008

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
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Exposicion de Motivos del Proyecto de Resolucion que aprueba la modificacion del Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico
(La resolucion en referencia fue publicada en Separata Especial en nuestra edicion del dia 26 de noviembre de 2008) Es necesario mencionar que el 11 de diciembre de 2006 el Estado y Aeropuertos del Peru S.A. suscribieron el Contrato de Concesion del Primer Grupo de Aeropuertos de Provincia. Dicho contrato es cofinanciado por el Estado. Asimismo, nuevas concesiones cofinanciadas (aeropuertos y puertos) se encuentran en la agenda del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de PROINVERSION. En este MORDAZA contexto, se hace necesario introducir las regulaciones para garantizar el derecho de acceso para los casos de concesiones cofinanciadas. De otro lado, es necesario ampliar y precisar la intervencion de OSITRAN en el caso de subasta con la presencia de empresas vinculadas a la Entidad Prestadora, en lo que se refiere al factor de competencia, asi como efectuar una correccion material. Adicionalmente, de la aplicacion de la MORDAZA se ha identificado vacios que generan comportamientos estrategicos que es necesario desalentar. Segun estas consideraciones, la revision de la MORDAZA tiene por objeto adecuar, mejorar y en general perfeccionar del REMA, siguiendo los criterios de efectividad, predictibilidad y transparencia con la que debe actuar el Organismo Regulador. II. ALGUNOS ASPECTOS CONCEPTUALES DEL REMA En primer lugar, debe destacarse que el REMA descansa en dos mecanismos de mercado: la negociacion directa y la subasta, por tanto la intervencion de OSITRAN (a traves de Mandatos de Acceso) es excepcional en ausencia de acuerdo o cuando la Entidad Prestadora se niega a suscribir el Contrato de Acceso. Incluso, un acuerdo posterior entre las partes es suficiente para dejar sin efecto la decision del Regulador. Ello significa que la intervencion en el MORDAZA es de caracter excepcional y temporal en tanto no exista acuerdo. Ello significa que siempre es mas eficiente la aplicacion de un mecanismo de MORDAZA que la intervencion del Regulador. El acceso a la infraestructura de transporte enfrenta un dilema entre la promocion de la inversion versus la mayor competencia. En ausencia de infraestructura e insuficientes incentivos (exclusividad) es razonable que la infraestructura se asigne bajo condiciones de exclusividad por un periodo de tiempo con la finalidad de introducir incentivos a la inversion, siendo el mecanismo de subasta el medio para la asignacion del derecho, o en caso de falta de interesados la negociacion directa. Debe tenerse en cuenta que un amplio acceso desincentiva la inversion y puede afectar continuidad por la presencia de congestion en el servicio, mientras que un acceso muy restringido limita las opciones de provision de servicios competitivos a los usuarios. De otro lado, se debe diferenciar entre la regulacion ex post via normas de competencia, corrigiendo el abuso de posicion de dominio (negativa injustificada a contratar), versus la regulacion ex ante (acceso). En este ultimo caso, se reconoce que la competencia no es posible. Se delimita entonces el ambito de accion de INDECOPI (ex post) y de OSITRAN (a traves de la lista de servicios esenciales materia de acceso). En la busqueda de encontrar el optimo, es necesario contar con reglas claras que regulen el acceso a la infraestructura, de modo que aseguren retornos adecuados a la Entidad Prestadora y que minimicen los costos de acceso.

ANEXO - RESOLUCION N° 051-2008-CD-OSITRAN MODIFICACION DEL REGLAMENTO MORDAZA DE ACCESO A LA INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO EXPOSICION DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACION Con la finalidad de velar y garantizar el acceso a la infraestructura de transporte de uso publico, sujeto al cumplimiento de requisitos legales, tecnicos y contractuales correspondientes, OSITRAN aprobo Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico (REMA), mediante Resolucion Nº 034-2001-CD-OSITRAN, modificado por Resolucion Nº 054-2005-CD-OSITRAN y la Resolucion Nº 014-2003-CD-OSITRAN. El REMA establece las reglas, principios y procedimientos para garantizar el acceso a la infraestructura con la finalidad de generar el bienestar a los usuarios finales por la via de una mayor competencia, o por la utilizacion de mecanismos de MORDAZA mediante los cuales se obtenga resultados similares a los de una situacion competitiva. Transcurridos tres anos de la MORDAZA revision del REMA, se ha identificado vacios en la MORDAZA derivados de la presencia de concesiones cofinanciadas por Estado, que por su estructura de incentivos (distinta a concesiones autosostenibles) pueden introducir distorsiones sino se cuenta con una regulacion que contemple dicho supuesto. Asi como algunos vacios en aspectos procesales (requisitos, plazos, aprobaciones e intervenciones de OSITRAN), definiciones, simplificacion administrativa (silencio positivo), precisiones de la facultad de OSITRAN en materia de la regulacion del acceso, simplificacion de las metodologias a utilizar, la posibilidad de acordar o establecer cargos de acceso bajo practicas de la industria, actualizacion de los servicios y facilidades esenciales, correcciones materiales y precisiones en materia de subasta que tienen por objeto introducir una competencia mas equitativa, asi como regulaciones orientadas a desalentar conductas estrategicas que pueden afecten los procedimientos de acceso. Es una practica en OSITRAN efectuar una revision periodica del REMA como de otras normas, con la finalidad de adecuarlas a los nuevos MORDAZA legales, de MORDAZA, y nuevos supuestos, asi como corregir los incentivos para comportamientos estrategicos y facilitar la aplicacion del mecanismo de acceso. Todo ello con la finalidad de contar con un MORDAZA predecible y transparente en un MORDAZA competitivo. Cabe indicar que las relaciones de acceso se han incrementado sustancialmente en los ultimos anos, tal como se muestra en el cuadro siguiente.
Acceso * Negociacion Directa (contrato) Mandato de Acceso Subasta Total * Datos preliminares 2003 0 2 0 2 2004 6 9 1 16 2005 2 16 0 18 2006 23 0 0 23 2007 200 5 1 206

Fuente: OSITRAN