Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2007 (20/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Que a traves de los escritos del visto, los administrados solicitan la modificacion del permiso de pesca otorgado mediante la Resolucion Directoral Nº 076-1999-PE-DNE, ampliada a traves de la Resolucion Directoral Nº 1142001-PE/DNEPP para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "SIEMPRE SAN JUAN" con matricula CO-17998CM, en el extremo referido a la capacidad de bodega, senalando que es 110.00 m3; asimismo, el desistimiento del escrito de agotamiento de la via administrativa y modificacion de la Resolucion Directoral Nº 090-2004PRODUCE/DNEPP en el extremo referido a la matricula PT-17998-CM por la que realmente le corresponde CO17998-CM; Que teniendo en cuenta la expedicion del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, de fecha 21 de febrero de 2007, y que en su articulo 2º precisa que lo dispuesto en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001-PE, aclarado por el Decreto Supremo Nº 037-2001-PE, no es de aplicacion a las autorizaciones de incremento de flota para la construccion y/o adquisicion de embarcaciones de MORDAZA ni a los permisos de pesca de las mismas, siempre que se trate de sustitucion de igual capacidad de bodega de embarcaciones pesqueras que forman parte de la flota existente; en ese contexto, la embarcacion "SIEMPRE SAN JUAN" con matricula CO-17998-CM, cuenta con permiso de pesca vigente; Que en la Resolucion Directoral Nº 090-2004PRODUCE/DNEPP se consigna a la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN" con el numero de matricula PT-17998-CM; siendo la correcta CO-17998CM, segun consta en los Certificados de Matricula y Arqueo emitidos por la autoridad maritima y que obran en el expediente; Que mediante escrito de fecha 9 de febrero de 2007, el senor MORDAZA MORDAZA Querevalu MORDAZA en representacion de sus hermanos MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Querevalu MORDAZA se desisten del escrito de agotamiento de la via administrativa presentado el 5 de febrero de 2007, relacionado a la ampliacion de permiso de pesca para la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN"; Que de la revision y evaluacion de los documentos presentados en el expediente, asi como la inspeccion tecnica efectuada a la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN", se ha verificado que los administrados han cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 1 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; por lo tanto es procedente acceder a lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante informe Nº 397-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi, y complementario Nº 191-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable del Area Legal correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Ley Nº 26920 y demas normas complementarias, y el Procedimiento Nº 1 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 0902004-PRODUCE/DNEPP de fecha 6 de febrero de 2004, solo en el extremo referido a la matricula de la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN" entendiendose que esta sera CO-17998-CM. Articulo 2º.- Aceptar la renuncia formulada por los administrados sobre los derechos de la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN" de matricula CO-17998CM en la extraccion de los recursos hidrobiologicos MORDAZA y machete. Articulo 3º.- Aceptar el desistimiento formulado en relacion a la solicitud de agotamiento de la via administrativa presentada por el senor MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, en representacion de sus hermanos MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Querevalu MORDAZA, presentado el 5 de febrero de 2007.

Articulo 4º.- Modificar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 076-99-PE/DNE, ampliada a traves de la Resolucion Directoral Nº 114-2001PE/DNEPP a favor de los senores MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, para operar la embarcacion de MORDAZA "SIEMPRE SAN JUAN" con matricula CO-17998-CM y 110.00 m3 de capacidad de bodega para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para consumo humano indirecto y sardina, jurel y caballa para consumo humano directo. Articulo 5º.- Incluir a la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN" con matricula CO-17998-CM, y 110.00 m3 de capacidad de bodega, asi como la presente resolucion en el Anexo I, Literal B) de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE, excluyendola del Literal N del referido Anexo. Articulo 6º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 090-2004-PRODUCE/DNEPP, en el extremo referido a la autorizacion de incremento de flota otorgado a favor de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA QUEREVALU PERICHE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Diretor General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 50764-7

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban fusion del Instituto Antartico Peruano - INANPE con el Ministerio de Relaciones Exteriores
DECRETO SUPREMO Nº 025-2007-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho proceso. En este sentido, la nueva gestion publica tendra que estar orientada al servicio del ciudadano, a la mejora de los servicios prestados, al aumento de la productividad de los recursos del Estado y a la obtencion de resultados susceptibles de medicion; Que, conforme al literal c) del articulo 6º de la Ley Nº 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, uno de los criterios que debe prevalecer para el diseno y estructura de la Administracion Publica es el MORDAZA de especialidad, por el que se deben integrar las funciones y competencias afines; Que, la Ley Nº 27870, del 20 de noviembre de 2002 creo el Instituto Antartico Peruano - INANPE, como un organismo publico descentralizado adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene como funcion principal conducir, orientar, programar, gestionar, organizar, autorizar y supervisar las actividades del Peru en la Antartica, siendo asi la Autoridad Nacional Antartica y el ente rector de la Politica Nacional Antartica; Que, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, este tiene entre sus funciones las de ejercer la representacion del Estado en el ambito internacional, participar en la formulacion, ejecucion y evaluacion de la politica exterior,