Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2005 (13/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 13 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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VISTO: El Informe Nº 003-2005-CECPM-MDSA, remitido por la Comision Evaluadora del Concurso Publico de Meritos, mediante la cual se hace conocer el respectivo ganador, para ocupar via contrato, el cargo de Auxiliar Coactivo; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 140-2005ALC-MDSA, se autorizo la realizacion del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2005-MDSA, para cubrir (2) Plazas de Auxiliar Coactivo, de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; Que efectuado dicho Concurso, la Comision emitio el Informe Nº 003-2005-CECPM-MDSA, junto con el Cuadro de Meritos, indicando que el ganador del concurso es el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizarraga para el cargo de Auxiliar Coactivo; Que, en atencion a las conclusiones del Informe Nº 003-2005-CECPM/MDSA se emitio la Resolucion de Alcaldia que dispone la Contratacion bajo la modalidad de Servicios Personales del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizarraga, como Auxiliar Coactivo; Que, la Ley Nº 26979 del 23 de setiembre de 1998, establece en su articulo 7º, que la designacion de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo, se efectua mediante Concurso Publico de Meritos e ingresara como Funcionario a la Entidad a la cual representan, debiendo de percibir una remuneracion de caracter permanente; Que, la Ley Nº 27204, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de noviembre de 1999, precisa que el Ejecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo, son Funcionarios Contratados, segun el Regimen Laboral de la Entidad a la cual representan y su designacion no implica que dichos cargos MORDAZA de confianza; Que, en aplicacion de la normatividad legal mencionada, en una Entidad Publica, cuyo Regimen Laboral es el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, debe procederse a la designacion respectiva de los cargos de Ejecutor y Auxiliar Coactivo; Que, habiendose cumplido con el respectivo Concurso Publico de Meritos y conforme a lo senalado en la Ley Nº 27204, debe precisarse que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lizarraga, ha sido designado como Auxiliar Coactivo; Que, mediante la conformidad de la disponibilidad presupuestaria en el que se posibilita atender los egresos que ocasiona el Contrato a celebrarse bajo la Modalidad de Servicios Personales, con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, articulo 20º; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir del dia 8 de marzo del 2005, como AUXILIAR COACTIVO de esta Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de esta Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que el gasto que genere la presente Resolucion se cargara a la Asignacion Especifica de Gasto correspondiente del Presupuesto Institucional aprobado. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, asi como la Subgerencia de Personal, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05415

EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, en atencion al Dictamen Conjunto Nº 05-2005-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 23-2005ACSS, de fecha 25.2.2005, se acepta la Donacion efectuada por las Empresas MOBAC S.A. y ALMASA S.R.L. Asociados, consistente en estructuras de concreto armado (vigas y losas), consignando el detalle de las mismas y valorizadas en la suma de S/. 1' 000,000.00 Nuevos Soles; Que, la Subgerencia de Logistica emite el Informe Nº 378-2005-SGL-GA-GCAR-MSS, senalando la necesidad de proceder al traslado de las estructuras de concreto, cuya donacion fue aceptada mediante Acuerdo de Concejo Nº 23-2005-ACSS, por medio del Servicio de Transportes del Ejercito - Ministerio de Defensa; motivo por el cual procederia la exoneracion del MORDAZA de contratacion, cuyo costo es considerablemente inferior y sin que el diferencial se encuentre basado en el uso de ventajas o prerrogativas entre las partes, que pudiera colocar en posicion de desventaja a otras empresas que han cotizado el mismo servicio; el servicio a prestar por la mencionada Entidad incluye los seguros y autorizaciones ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, lo que redunda en el costo de oportunidad, reduciendo el costo del servicio y permitiendo tener alcance las estructuras para su destino final, en un plazo mas corto, contando con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 62,073.00 Nuevos Soles, conforme lo indica la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; concluyendo que por los motivos expuestos encuentra factible la exoneracion del MORDAZA de seleccion, al MORDAZA del articulo 19º, inciso a) de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado, implicando mejores condiciones tecnicas, economicas y generando un ahorro para la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, la Gerencia Central de Administracion y Rentas, emite el Informe Nº 29-2005-GCAR-MSS haciendo MORDAZA el Informe Nº 378-2005-SGL-GA-GCAR-MSS de la Subgerencia de Logistica, relacionado con el pedido de exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de transporte de vigas que seran destinadas en la ejecucion de las obras integrantes del Proyecto del MORDAZA de la Amistad, transporte que se realizaria con el Servicio de Transporte del Ejercito, organo dependiente del Ministerio de Defensa, exoneracion sustentada en el articulo 19º, inciso a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por el monto de S/. 62,073.00 Nuevos Soles y cuenta con disponibilidad presupuestal; asi como el Informe de la Oficina de Asesoria Juridica que lo encuentra legalmente conforme; Que, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica emite el Informe Nº 277-2005-OAJ-MSS, concluye que conforme lo indicado en los Informe de la Subgerencia de Logistica y Gerencia Central de Administracion y Rentas, legalmente procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la contratacion del servicio de transporte del material donado, al MORDAZA del articulo 19º, inciso a) de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Posteriormente con Informe Nº 286-2005-OAJ-MSS la mencionada Oficina senala que se podra aprobar la contratacion con el Ejercito Peruano via exoneracion, respetandose lo senalado en el articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendose recomendar a la Gerencia de Administracion y Subgerencia de Logistica que de obtenerse la exoneracion mediante Acuerdo de Concejo, guarden cuidado de cumplir con lo senalado en el articulo mencionado, gestionandose la declaracion jurada a que se hace referencia en el punto numero 9 del Analisis del Informe Nº 277-2005-OAJ-MSS, a fin de poder celebrar el contrato con el Ejercito Peruano sin incurrir en nulidad; Que, el Gerente Municipal con Informe Nº 066-2005GM-MSS, concluye que concuerda con lo vertido en los Informes Nº 378-2005-SGL-GA-GCAR-MSS, Nº 292005-GCAR-MSS, Nº 277-2005-OAJ-MSS y Nº 286-

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de transporte de estructuras de concreto armado
ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2005-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 7 de marzo de 2005