Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2005 (06/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, MORDAZA 6 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Estando a lo expuesto, con el MORDAZA MAYORITARO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES MORDAZA ESTRAVER MORDAZA, MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA, MORDAZA NERIO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI y ROMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con dispensa del tramite de comisiones y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del articulo primero del Acuerdo de Concejo Nº 056 con el siguiente texto: "Aprobar el Plan de Accion y el Presupuesto Municipal Participativo del Ejercicio Fiscal 2005 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que consigna un Presupuesto de Ingresos y Egresos ascendente a la suma de SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ .60'650,914) y que forma parte integrante del presente Acuerdo" Articulo Segundo.- Aprobar la modificacion del articulo tercero del Acuerdo de Concejo 056 con el texto siguiente: "Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho para el ejercicio fiscal 2005, de acuerdo a los montos siguientes: INGRESOS MORDAZA de Financiamiento (En Nuevos Soles) 01 Canon y Sobrecanon 679,388 03 Participacion en Rentas de Aduanas 8,790 07 FONCOMUN 25'088,905 08 Otros Impuestos Municipales 8'950,795 09 Recursos Directamente Recaudados 15'799,653 17 Recursos Ordinarios 10'123,383 -------------------TOTAL INGRESOS S/. 60'650,914 GASTOS Categoria de Gastos Gastos Corrientes Gastos de Capital Servicio de la Deuda TOTAL GASTOS (En Nuevos Soles) 45'008,571 12'302,265 3'340,078 -------------------S/.60'650,914

15675, el 4 de octubre de 2004, asi como el Informe Nº 1308-2004-GAJ/MSJL, de fecha 18 de noviembre de 2004, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, la Resolucion de Alcaldia Nº 481 de fecha 23 de agosto de 2004, resolvio en su articulo primero sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por tres (3) meses, entre otros, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en virtud de las recomendaciones del Informe Nº 013-2004-CEPAD/MDSJL, de fecha 19 de agosto de 2004, expedido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y del Informe Especial Nº 005-2003-2-2184, denominado "Examen Especial al Programa del Vaso de Leche, periodo 2002", emitido por la Direccion de Auditoria Interna de esta municipalidad; Que, mediante expediente Nº 15675, presentado el 4 de octubre de 2004, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion de Alcaldia Nº 481 de fecha 23 de agosto del 2004, alegando lo siguiente: (i) que, la resolucion cuestionada no se pronuncia respecto a los cargos imputados y al sustento de los mismos, sino que comprende y considera otros cargos y fundamentos, que no se encuentran contemplados en el Informe Especial Nº 005-2003-2-2184, ni en la Resolucion de Alcaldia Nº 409, lo cual constituye un vicio que causa la nulidad de la Resolucion de Alcaldia Nº 481, que atenta contra su derecho de defensa, por lo que de conformidad con el numeral 1 del articulo 10º de la Ley Nº 27444, se habria incurrido en vicio que causa la nulidad de pleno derecho, pues contraviene la Constitucion, las leyes y las normas reglamentarias, al no comprender todas las cuestiones de hecho y de derecho planteadas; (ii) que, la Resolucion de Alcaldia Nº 481, se encuentra viciada por cuanto el MORDAZA se desarrollo teniendo como prueba preconstituida al Informe Especial Nº 005-2003-2-2184, empero se habria resuelto sin considerar ninguno de los cargos y fundamentos contenidos en dicho informe, a pesar de aceptar que esta contenia una imputacion inexacta y que sin embargo, en forma sorprendente lo sigue considerando como motivacion o sustento de su decision, lo cual ademas de una contradiccion constituye una causal de nulidad, por cuanto al haber reconocido la inexactitud de dicha prueba preconstituida, los cargos que se le imputaron no se encuentran plenamente acreditados, y siendo ello asi la Resolucion de Alcaldia Nº 481 carece de motivacion, lo cual importa su nulidad a tenor de lo dispuesto por el numeral 2 del articulo 10º de la Ley Nº 27444; Que, en cuanto a los argumentos expuestos por el recurrente es importante senalar en primer lugar que no es MORDAZA que la resolucion impugnada MORDAZA considerado nuevos cargos sin considerar los cargos contemplados inicialmente en el Informe Especial Nº 005-2003-2-2184 de Auditoria Interna y en la Resolucion de Alcaldia Nº 409 de fecha 8 de MORDAZA de 2004. Por el contrario los argumentos expuestos en la Resolucion Nº 481 del 23 de agosto de 2004 estan orientados a probar las cargos consignados en la Resolucion de Alcaldia Nº 409; Que, al respecto es pertinente recordar que la Resolucion de Alcaldia Nº 409, establecio como cargos contra el recurrente, y los demas miembros de los Comites Especiales de Licitacion Publica Nºs. 001 y 004-2002-CE/MDSJL, textualmente lo siguiente: "(...) no haber cumplido con sus funciones en tiempo prudencial, propiciando situaciones de urgencia que han conllevado a situacion de fraccionamiento. Esto debido a que permitieron que los procesos de seleccion para las adquisiciones de los insumos del programa del Vaso de Leche, periodo enero-agosto 2002, por un importe de S/. 7'581,458.32 (equivalente al 75%), se hayan realizado mediante Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, aduciendo situaciones de urgencia basadas en la demora de la realizacion de los procesos licitarios, no obstante que en el Plan Anual de Adquisiciones y contrataciones de la Municipalidad para el periodo 2002, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 048 del 18-Dic-2001, estu-

Articulo Tercero.- ELEVAR a la Municipalidad Provincial de MORDAZA el instrumento referido en el articulo precedente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planificacion del Desarrollo a traves de la Jefatura de Planificacion y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04925

Declaran fundada en parte impugnacion y sancionan con suspension a ex servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 113 San MORDAZA de Lurigancho, 10 de febrero de 2005 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Recurso de Reconsideracion presentado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante expediente Nº