Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2004 (26/06/2004)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 271364

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de junio de 2004

Articulo 10º.- ENTREGA DE LOS CODIGOS DE USUARIO Y CLAVES DE ACCESO La SUNAT pondra a disposicion de los Funcionarios, luego de verificar que estos cumplan con lo establecido en el articulo anterior, los codigos de usuario y claves de acceso al SDS por el medio que considere adecuado, hasta en cinco (5) dias habiles siguientes a la fecha en que la Entidad los acredite. Los codigos de usuario y claves de acceso podran ser usados por los Funcionarios desde su entrega. La falta de recepcion de las codigos de usuario y claves de acceso no dejan sin efecto las notificaciones realizadas a la Entidad, en caso se MORDAZA implementado el SDS, ni la MORDAZA de las sanciones a que se refiere el Codigo Tributario y el Decreto Legislativo, respectivamente. TITULO IV OTROS ASPECTOS RELATIVOS A LAS ENTIDADES QUE UTILICEN EL EL SDS O EL SIAF Articulo 11º.- ENTREGA DEL MONTO RETENIDO La entrega del monto retenido por parte de las Entidades que utilicen el SDS o el SIAF se efectuara dentro del plazo de ocho (8) dias habiles siguientes contados desde la fecha de notificacion de la referida resolucion, en las condiciones que disponga el Ejecutor Coactivo en la Resolucion que ordena el embargo en forma de retencion. Aquellas Entidades que de acuerdo a sus procedimientos internos efectivicen los pagos a sus Proveedores en un plazo mayor al previsto en el parrafo anterior, deberan comunicar a la SUNAT dicha situacion, sustentandola con la documentacion respectiva, a efecto que esta le habilite un plazo adicional. En caso la Entidad deba pagar el monto retenido mediante cheque, se debera tener en cuenta lo siguiente: a. Se la exceptua de la obligacion de presentar un cheque de gerencia o certificado. b. Deberan remitir a la SUNAT el cheque por el importe retenido. Sin perjuicio de ello, la entrega del cheque se efectuara de acuerdo a lo que se establezca en la Resolucion. Articulo 12º.- VERIFICACIONES Y FISCALIZACIONES Para asegurar el cumplimiento del Decreto Legislativo y sus normas reglamentarias, la SUNAT podra realizar verificaciones de la documentacion de la Entidad, de sistemas y cruces de informacion con los Proveedores, comunicando los hechos detectados al titular de la Entidad para que disponga el tramite o procedimiento administrativo que corresponda para aplicar las sanciones previstas en el Articulo 4º del Decreto Legislativo a los Funcionarios que resulten responsables. Articulo 13º.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia el 1 de MORDAZA de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) ANEXO
RUC 20100128218 20131257750 20100027705 20100152356 20196785044 20100030595 20131312955 20100003199 20100176531 20122476309 RAZON SOCIAL Petroleos del Peru - Petroperu S.A. Seguro Social de Salud Electricidad del Peru - Electroperu S.A. Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA Sedapal Perupetro S.A. Banco de la Nacion Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria Empresa Nacional de Puertos S.A. Empresa Minera del Centro del Peru S.A. Banco Central de Reserva del Peru

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 010-024-0000018 MORDAZA, 23 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, sustituido por el Decreto Legislativo Nº 953, establece los requisitos que deberan de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que la Decimo Cuarta Disposicion Final del citado Codigo establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; Que es necesario designar Auxiliar Coactivo de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes para garantizar el normal funcionamiento de la labor de cobranza coactiva; Que el trabajador propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos indicados en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; En uso de las facultades conferidas por el inciso q) del articulo 39º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia Nº 094-2000/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales al trabajador que se indica a continuacion: - VILCARROMERO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA IANNACONE MORDAZA Intendente (e) Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales 11995

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Plan de Competitividad de la Region de MORDAZA Metropolitana
ACUERDO DE CONCEJO Nº 172 MORDAZA, 17 de junio de 2004 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de junio de 2004, el Memorando Nº 474-A-2004-GM/MML de la Gerencia Municipal sobre aprobacion del Proyecto del "Plan de Competitividad de la Region de MORDAZA Metropolitana" propuesto por el Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana con MORDAZA Nº 079-2004-MML/PGRLM;

12146