Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2004 (26/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de junio de 2004

diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS MIER Presidente 12109

OSINERG
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 122-2004-OS/CD Mediante Oficio Nº 154-2004-OSINERG-GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 122-2004-OS/ CD, publicada en nuestra edicion del dia 19 de junio de 2004, en la pagina 270954, en el MORDAZA parrafo del numeral 2.5.2. DICE: "...Anexo 5..." DEBE DECIR: "...Anexo 6..." 12043 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 127-2004-OS/CD Mediante Oficio Nº 154-2004-OSINERG/GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion OSINERG Nº 1272004-OS/CD, publicada en nuestra edicion del dia 20 de junio del ano 2004. En el penultimo parrafo del numeral 2.3.2: DICE: "... Informe OSINERG-GART/DGT Nº 044-2004 ..." DEBE DECIR: "... Informe OSINERG-GART/DGT Nº 043-2004..." 12044

del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias senala que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que por su parte el articulo 29º del Codigo MORDAZA citado establece que el pago se efectuara en la forma que senala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de estos, la Resolucion de la Administracion Tributaria, especificando asimismo que al lugar de pago fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes no le sera oponible el domicilio fiscal; Que asimismo, de acuerdo con el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y normas modificatorias, los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en las Unidades de Principales Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, de las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que resulta de interes fiscal incorporar un MORDAZA contribuyente al directorio de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Lima; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29º y 88º del TUO del Codigo Tributario, los articulos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso b) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporase al directorio de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional MORDAZA al contribuyente indicado en el anexo de la presente resolucion, el cual debera cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en la sede central de la Intendencia Regional MORDAZA, ubicada en la avenida MORDAZA Nº 222, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion al contribuyente senalado en el anexo adjunto. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA del 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) ANEXO
RUC 20506602905 Razon Social COMERCIAL Y SERVICIOS MULTIPLES NAYLAMP TRADING S.A.C.

SUNAT
Incorporan contribuyente al Directorio de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional MORDAZA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 154-2004/SUNAT MORDAZA, 25 de junio del 2004 CONSIDERANDO: Que el articulo 88º del Texto Unico Ordenado (TUO)

12144

Excluyen Agentes de Retencion del Impuesto General a las Ventas
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 155-2004/SUNAT MORDAZA, 25 de junio del 2004 CONSIDERANDO: Que el articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-