Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2004 (15/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de enero de 2004

JUSTICIA
Autorizan a procuradora a interponer acciones judiciales contra director de centro de formacion y capacitacion de conciliadores por presunta comision de ilicitos penales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2004-JUS MORDAZA, 13 de enero de 2004 Vistos los Oficios Nºs. 3949 y 4316-2003-JUS/STC, del 15 de octubre y 13 de noviembre de 2003, respectivamente, los Registros Nºs. 1361 y 1505/OGAJ, y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 3949-2003-JUS/STC, la Secretaria Tecnica de Conciliacion comunica que en la tramitacion de procedimientos de acreditacion de conciliadores extrajudiciales del Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados del MORDAZA Norte de MORDAZA, se advierten indicios de comision de ilicitos penales, lo que ameritaria - agrega, el inicio de la accion legal por parte de este Ministerio destinada a establecer la responsabilidad a que hubiere lugar, en los casos de: MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gonzales; Que, en efecto, mediante Informe Nº 1228-2002JUS/ STC del 3 de MORDAZA de 2002, la Secretaria Tecnica de Conciliacion manifiesta la comision de una serie de irregularidades en la tramitacion de la acreditacion como conciliadora extrajudicial de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estudios realizados supuestamente en el Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados del MORDAZA Norte de MORDAZA, las mismas que se evidencian por la incongruencia entre lo consignado en las solicitudes de acreditacion y la documentacion que da merito al citado informe, estableciendose una flagrante contradiccion entre lo sostenido por el citado Centro, en cuanto al curso que habria llevado y lo que fluye de los documentos que se han tenido a la vista; Que, asimismo, por Informe Nº 279-2003-JUS/STC del 21 de febrero de 2003, la Secretaria Tecnica de Conciliacion hace de conocimiento, de la comision de una serie de irregularidades en la tramitacion de la acreditacion como conciliadora extrajudicial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, estudios realizados supuestamente en el Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados del MORDAZA Norte de MORDAZA, las mismas que segun Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 2212003-JUS/STC de fecha 16 de MORDAZA de 2003, configurarian la posible comision del Delito Contra la Administracion Publica, en las modalidades de Falta de Veracidad en Acto Administrativo y Fraude Procesal y del Delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, tipificados en los articulos 411º, 416º y 427º del Codigo Penal, respectivamente, al tratar el Centro de inducir a error a la Administracion, expidiendo un documento que indica que la aspirante habria participado y aprobado un curso autorizado, a sabiendas que lo hizo en curso irregular, con el objeto de obtener una acreditacion que por el tramite regular no lo obtendria, y porque se aprecia en el diploma corriente a fojas 28 que la firma que corresponde al Director es distinta a las firmas de los documentos originales, que fueran remitidos a la Secretaria Tecnica de Conciliacion, obrante en sus archivos, no coincidiendo las firmas de la misma persona, lo que indica que se trataria de un documento falso; Que, de otro lado, por Informe Nº 304-2003-JUS/STC del 26 de febrero de 2003, la Secretaria Tecnica de Conciliacion hace de conocimiento, de la comision de una serie de irregularidades en la tramitacion de la acreditacion como conciliador extrajudicial de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez, estudios realizados supuestamente en el Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados del MORDAZA Norte de MORDAZA, las mismas que se-

gun Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 246-2003-JUS/STC de fecha 22 de MORDAZA de 2003, configurarian la posible comision del Delito Contra la Administracion Publica, en las modalidades de Falta de Veracidad en Acto Administrativo y Fraude Procesal, y del Delito Contra la Fe Publica, tipificados en los articulos 411º, 416º y 427º del Codigo Penal, respectivamente, por existir por parte del citado Centro la intencion deliberada de inducir a error a la Administracion, presentando documentacion supuestamente falsa, con la finalidad de obtener una acreditacion que por el tramite regular no se obtendria; Que, finalmente, mediante Informe Nº 1934-2002JUS/ STC del 6 de noviembre de 2002, la Secretaria Tecnica de Conciliacion hace de conocimiento, de la comision de una serie de irregularidades en la tramitacion de la acreditacion como conciliadora extrajudicial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estudios realizados supuestamente en el Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados del MORDAZA Norte de MORDAZA, las mismas que segun Resolucion de Secretaria Tecnica de Conciliacion Nº 336-2003-JUS/STC de fecha 20 de MORDAZA de 2003, configurarian la posible comision del Delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos y del Delito Contra la Administracion Publica, en las modalidades de Falta de Veracidad en Acto Administrativo y Fraude Procesal, tipificados en los articulos 427º, 411º y 416º del Codigo Penal, respectivamente, por cuanto se aprecia de los documentos que obran en el expediente no guardar una secuencia logica (Boleta de Venta Nº 001005545, corriente a fojas 34) en la que se aprecia como fecha de giro y de cancelacion el 28 de diciembre de 2000, y como fecha de impresion el 15 de diciembre de 2001; asimismo, del diploma que fuera presentado por la aspirante, obrante a fojas 31, la firma del Director es distinta a las firmas de los documentos originales que fueran remitidos a la Secretaria Tecnica de Conciliacion, que obran en sus archivos, lo que indicaria que se trata de un documento falso, toda vez que las firmas de la misma persona no coinciden; advirtiendose en consecuencia, la intencion de presentar a la aspirante como participante de un curso regular, con manifiestos y documentacion presuntamente falsa; Que, como consecuencia de los hechos arriba descritos, la Secretaria Tecnica de Conciliacion, a traves del Oficio Nº 4316-2003-JUS/STC, del 13 de noviembre de 2003, concluye indicando que se habria cometido la presunta comision de los siguientes delitos: MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Orellana: Delito Contra la Administracion Publica, tipificado en los articulos 411º y 416º del Codigo Penal; MORDAZA MORDAZA Luz MORDAZA Arone: Delitos Contra la Administracion Publica y Contra la Fe Publica, tipificados en los articulos 411º, 416º y 427º del Codigo Penal; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez: Delitos Contra la Administracion Publica y Contra la Fe Publica, tipificados en los articulos 411º, 416º y 427º del Codigo Penal, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gonzales: Delitos Contra la Administracion Publica y Contra la Fe Publica, tipificados en los articulos 411º, 416º y 427º del Codigo Penal; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razonables de la comision de los referidos delitos, y en virtud a los hechos que se desprenden de la documentacion adjunta, y con el objeto de reunir las pruebas de la realizacion de los mismos, y las circunstancias en que se han realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido los autores y otros en la ejecucion de los mismos; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra don MORDAZA MORDAZA Tumes MORDAZA, en su calidad de Director del Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados del MORDAZA Norte de MORDAZA, y los que resulten responsables, conforme a los fundamen-