Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2004 (12/12/2004)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 12 de diciembre de 2004
900.07

NORMAS LEGALES
G

Pag. 282233

Por crear una situacion de peligro inminente que pueda derivar en un desastre que afecte a la poblacion mediante contaminacion ambiental (aire, agua, suelo), produciendo emanaciones toxicas, asi como contaminacion auditiva o radioactiva. Por mantener instalaciones que contengan o usen contaminantes, material inflamable, explosivos, sin las medidas de seguridad en Defensa Civil. Por manipular sustancias peligrosas y contaminantes sin las medidas de seguridad adecuadas. Por superar la capacidad del local MORDAZA autorizada (aforo MORDAZA autorizado) Por no exhibir carteles especificando la capacidad del local (aforo del local) Por superar la capacidad MORDAZA permitida al espectaculo publico no deportivo o actividad social Por no contar con certificado y/o informe tecnico favorable de Defensa Civil vigente, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del local comercial Por obstaculizar o negarse a prestar las facilidades necesarias para una adecuada realizacion de inspeccion tecnica de seguridad en Defensa Civil, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o definitiva del local comercial

900.08

G

900.09 900.10 900.11 900.12 900.13

G L L L

CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA SUSPENSION , CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA CLAUSURA TRANSITORIA O DEFINITIVA

900.14

G

22468

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Designan Procurador Publico Municipal
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 927-2004
La MORDAZA, 29 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 091 del 15 de noviembre del 2004, se modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, incorporandose en su estructura organica la Procuraduria Publica Municipal como organo de apoyo; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su Articulo 29º establece que el Procurador Publico Municipal, es un funcionario designado por el MORDAZA y depende administrativamente de la municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, asimismo los Articulos 6º y 20º numeral 17) de la acotada MORDAZA, establecen que al MORDAZA como representante legal de la municipalidad y MORDAZA autoridad administrativa entre otros aspectos, le compete designar y MORDAZA a los funcionarios de confianza; Que, en tal sentido es necesario designar al funcionario que ejercera el cargo de Procurador Publico Municipal, quien actuara en la defensa judicial de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de La Molina; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir del 1 de diciembre del 2004, al senor MORDAZA MORDAZA Haaker Pierola, en el cargo de confianza como Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, Plaza 018, Nivel F-

2, por los considerandos de la presente resolucion. Articulo Unico.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Subgerencia de Personal el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22371

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Conceden Beneficios Tributarios a contribuyentes que cumplan con pagar obligaciones adeudadas
ORDENANZA Nº 096/ML Lurin, 9 de diciembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo de Lurin, en Sesion de Concejo Extraordinaria de fecha 7 de diciembre del 2004, de conformidad con el Articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad con el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, es politica de la Municipalidad de Lurin incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los administrados de sus obligaciones tributarias y no tributarias, siendo necesario otorgar las facilidades necesarias a los contribuyentes y administrados para el pago de las deudas tributarias y no tributarias; Que, en tal sentido, resulta necesario conceder beneficios a los contribuyentes que cumplan con pagar las obligaciones adeudadas al 31 de diciembre de 2004;