Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2002 (05/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de octubre de 2002

recursos, servicios y actividades, asi como racionalizando estructuras, funciones, cargos, metodos y sistemas; b. Asesorar al Presidente y al Secretario Tecnico en materia administrativa, proponiendo estrategias, programas, proyectos, procedimientos, directivas, convenios y contratos de interes institucional, participando en la formulacion del proyecto de presupuesto institucional en su ambito de competencia, en la memoria anual y en otras actividades o medidas de caracter administrativo; c. Programar, ejecutar, coordinar, dirigir y controlar las acciones correspondientes a los sistemas de personal, logistica, contabilidad, tesoreria y ejecucion presupuestal. Realizar las fases de compromiso, devengado, girado y pagado en el Sistema de Administracion Financiera para el Sector Publico SIAF-SP; d. Realizar las transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales de los Fondos a cargo del CND; e. Proponer para su aprobacion el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, de acuerdo a ley; f. Celebrar, por delegacion del Presidente del Consejo o Secretario Tecnico, actos y contratos con personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, dentro de las condiciones, montos y plazos que se le otorguen; g. Formular los proyectos de inversion dirigidos al mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de todos los locales del Consejo Nacional de Descentralizacion; h. Controlar y evaluar la ejecucion del Presupuesto del Pliego por toda fuente de financiamiento; i. Participar en el MORDAZA de formulacion y evaluacion de los convenios de cooperacion internacional, asi como en la concertacion de creditos externos o internos; j. Las demas que le asigne el Presidente del CND.

cion se establecera mediante resolucion del Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion.

TITULO X REGIMEN ECONOMICO, FINANCIERO Y LABORAL CAPITULO I REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO
Articulo 39.- El Consejo Nacional de Descentralizacion constituye un Pliego del Presupuesto del Sector Publico. Articulo 40.- Constituyen recursos del Consejo Nacional de Descentralizacion: a. Los montos que le asigne la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico; b. Los creditos internos o externos que obtenga; c. Las donaciones, aportes y transferencias que efectuen personas naturales, instituciones u organismos, publicos o privados; d. Los aportes de la cooperacion tecnica internacional; e. Los transferidos mediante el Decreto Supremo N° 018-2002-PRES; y f. Otros que se le asigne.

CAPITULO II REGIMEN LABORAL
Articulo 41.- De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, el personal que labora en el Consejo Nacional de Descentralizacion esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada. 17707

TITULO VIII ORGANOS DE ASESORAMIENTO CAPITULO I OFICINA DE ASESORIA JURIDICA
Articulo 34.- La Oficina de Asesoria Juridica depende de la Secretaria Tecnica y es el organo de asesoramiento y consulta legal, encargado de proporcionar orientacion e informacion legal en asuntos juridicos y administrativos. Articulo 35.- Son funciones de la Oficina de Asesoria Juridica: a. Asesorar juridicamente a todos los organos del Consejo Nacional de Descentralizacion en materia de administracion y gestion para una adecuada toma de decisiones en el ambito institucional; b. Elaborar, revisar y visar los proyectos de disposiciones legales que contengan actos administrativos o de la administracion, resoluciones, directivas, convenios, contratos, actas y cualquier documento de naturaleza analoga que requiera el funcionamiento del Consejo Nacional de Descentralizacion; c. Revisar, para su aprobacion, los proyectos de normas u otros instrumentos juridicos presentados por los organos de la alta direccion, de linea, de apoyo o desconcentrados del Consejo Nacional de Descentralizacion; d. Recopilar, clasificar, interpretar, concordar, sistematizar y mantener permanentemente actualizadas las disposiciones legales relacionadas con las actividades y fines del Consejo Nacional de Descentralizacion; y e. Las demas que le asigne el Presidente del CND.

FONDO MIVIVIENDA
Aprueban cronograma del "Programa Piloto Techo Propio"
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 042-SE-2002
MORDAZA, 1 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declaro de interes nacional la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento otorgandole la administracion al Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA; Que, mediante Ley Nº 27829 se creo el MORDAZA Familiar Habitacional (BHF) como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que sera otorgado a los beneficiarios por una sola vez, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 0852002-VIVIENDA convoca a la ciudadania a participar en el MORDAZA de desarrollo inicial del Proyecto Techo Propio, a traves de un Programa Piloto, denominado "Programa Piloto Techo Propio", mediante el cual se otorgaran los primeros dos mil Bonos Familiares Habitacionales; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA citada en el considerando precedente faculta al Secretario Ejecutivo del Fondo MIVIVIENDA a aprobar y difundir el Cronograma de la Convocatoria Inicial; En uso de sus facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. Aprobar el Cronograma del "Programa Piloto Techo Propio", cuyo tenor es el siguiente: CRONOGRAMA DEL "PROGRAMA PILOTO TECHO PROPIO"
RECEPCION DE FORMULARIOS DE POSTULACION EVALUACION DE POSTULANTES Hasta el 15 de noviembre de 2002 Del 16 al 28 de noviembre de 2002 29 de noviembre de 2002 Del 30 de noviembre al 22 de diciembre de 2002 23 de diciembre de 2002

CAPITULO II GABINETE DE ASESORES DEL PRESIDENTE
Articulo 36.- El Presidente del CND designa los asesores que considere necesarios para el mejor desempeno de sus funciones, de acuerdo a ley. Articulo 37.- El Gabinete tambien asesora a los organos de la alta direccion y de linea del CND en su relacion con las entidades de cooperacion internacional, elabora los proyectos que se presentan para su financiamiento ante estos organismos y coordina con los organos responsables de la institucion el cumplimiento de los compromisos contraidos con las entidades cooperantes.

TITULO IX ORGANOS DESCONCENTRADOS CAPITULO UNICO UNIDADES DE ENLACE REGIONAL
Articulo 38.- El Consejo Nacional de Descentralizacion cuenta con Unidades de Enlace Regional conducidas por un Coordinador Regional. El ambito geografico de competencia de las Unidades de Enlace Regional y su organiza-

PUBLICACION DE LISTA DE BENEFICIARIOS PROVISIONALES VERIFICACION DE BENEFICIARIOS PROVISIONALES PUBLICACION DE LISTA DE BENEFICIARIOS DEFINITIVOS