Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2000 (16/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 16 de octubre de 2000
ARTICULO 21 CONFIDENCIALIDAD

NORMAS LEGALES

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Todo tramite o pruebas proporcionadas con base en el presente Convenio, se mantendran en estricta confidencialidad, salvo que estas MORDAZA requeridas en investigaciones que formen parte de un MORDAZA penal descrito en la solicitud de asistencia, o que la Parte Requirente y la Parte Requerida acuerden lo contrario. TITULO IV DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 22 CONSULTAS Y OTRAS MODALIDADES Las Autoridades Centrales celebraran consultas en fechas acordadas con el fin de evaluar la asistencia prestada en aplicacion del presente Convenio. La asistencia y los tramites previstos en el presente Convenio no impediran que cualquiera de las Partes asista a la Otra de conformidad con las disposiciones de otros acuerdos internacionales de los que MORDAZA Parte o de su legislacion interna. ARTICULO 23 INTERPRETACION Cualquier controversia que pudiera surgir sobre la interpretacion o aplicacion del presente Convenio sera solucionada entre las Autoridades Centrales y en caso de no llegar a un acuerdo, se recurrira a consultas entre las Partes. ARTICULO 24 RATIFICACION, MODIFICACION Y ENTRADA EN VIGENCIA 1. El presente Convenio tendra una duracion indefinida y entrara en vigencia treinta (30) dias despues de que las Partes hayan intercambiado notificaciones, por la via diplomatica, indicando que sus respectivos requisitos legales para la entrada en MORDAZA han sido cumplidos. 2. El presente Convenio podra ser modificado por mutuo consentimiento de las Partes y las modificaciones acordadas entraran en MORDAZA de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 1. 3. Cualquiera de las Partes podra dar por terminado el presente Convenio en cualquier momento, mediante notificacion escrita, por la via diplomatica y dejara de estar en MORDAZA seis (6) meses despues de recibida tal notificacion por la otra Parte. 4. La solicitud de asistencia juridica formulada dentro de la vigencia del presente Convenio sera atendida aun cuando este MORDAZA sido denunciado. Firmado en la MORDAZA de Mexico, el dos de MORDAZA de dos mil, en dos ejemplares originales en idioma espanol, siendo ambos textos igualmente autenticos. POR LA REPUBLICA DEL PERU MORDAZA DE TRAZEGNIES Ministro de Relaciones Exteriores POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 2661, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 9 de octubre del ano 2000; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegacion peruana que participara en la V Reunion de Viceministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, del 16 al 17 de octubre del ano 2000, la que estara conformada por los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA Arrospide del Busto, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, quien la presidira; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Meza-Cuadra MORDAZA, Subdirector para Asuntos de los Paises Andinos de la Direccion de MORDAZA del Sur; y, - Consejera en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Jefa del Departamento Comunidad MORDAZA de la Subdireccion para Asuntos de los Paises Andinos. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 1,144.42, viaticos US$ 1,800.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 75.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11874

Autorizan viaje de funcionario diplomatico para participar en la Reunion Bilateral Peruano-Boliviana
RESOLUCION SUPREMA Nº 501-2000-RE MORDAZA, 14 de octubre del 2000

MORDAZA GREEN Secretaria de Relaciones Exteriores 11860

Designan delegacion que participara en la V Reunion de Viceministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad MORDAZA, a realizarse en Venezuela
RESOLUCION SUPREMA Nº 500-2000-RE MORDAZA, 13 de octubre del 2000 Debiendo realizarse la V Reunion de Viceministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad MORDAZA, en la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, del 16 al 17 de octubre del ano 2000;

Debiendo realizarse una Reunion Bilateral PeruanoBoliviana, en la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, el 16 de octubre del ano 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 2496, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 20 de setiembre del ano 2000; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Semina-