Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2020 (08/05/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 11
El Peruano / Viernes 8 de mayo de 2020
NORMAS LEGALES
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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la NTS N° 122-MINSA/ DIGEMID-V.01, Norma Técnica de Salud para la Elaboración de Preparados Farmacéuticos, aprobada por Resolución Ministerial N° 538-2016/MINSA, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR M. ZAMORA MESÍA Ministro de Salud 1866191-2
(CAP P Nº 192), Nivel F-3, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR M. ZAMORA MESÍA Ministro de Salud 1866191-3
Aprueban la Directiva Sanitaria que establece las disposiciones para garantizar las prestaciones de prevención y control de la anemia en el contexto del COVID-19"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 275-2020-MINSA Lima, 8 de mayo del 2020 Visto, el Expediente N° 20-035359-001, que contiene el Informe N° 007-2020-JLLC-UFANS-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; y, el Informe N° 351-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es competente en la salud de las personas; Que, el artículo 4 del referido Decreto Legislativo dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias previstas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, el artículo 4-A del indicado Decreto Legislativo, incorporado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud, en su condición de ente rector y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa la prestación de los servicios de salud, a nivel nacional, en las siguientes instituciones: EsSalud, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Sanidad de las Fuerzas Armadas, instituciones de salud del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales, y demás instituciones públicas, privadas y público-privadas; Que, los literales a) y b) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente
Designan Jefe de Equipo de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 274-2020-MINSA Lima, 8 de mayo del 2020 Visto, el Expediente N° 20-037365001, que contiene la Nota Informativa N° 184-2020-OGPPM-OP/MINSA, emitida por el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 221-2019/ MINSA, de fecha 8 de marzo de 2019, se designó a la licenciada en economía HERLITH ROJAS SAAVEDRA, en el cargo de Jefa de Equipo (CAP-P N° 192), Nivel F-3, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; Que, a través del documento del Visto, se solicitan acciones de personal respecto al citado cargo de confianza; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora HERLITH ROJAS SAAVEDRA, efectuada mediante la Resolución Ministerial N° 221-2019/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JUAN CARLOS GONZALES HERNANDEZ, en el cargo de Jefe de Equipo