Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2019 (29/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Mejoramiento de la Carretera Mala ­ Calango ­ La Capilla y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 32,592.84, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas

para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble ocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MALA - CALANGO LA CAPILLA" No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

CÓDIGO: MAL-TA-228

AREA AFECTADA: 1,012.04 m2

1

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE AFECTADA: WGS84 DISTANCIA Norte: Colinda con la carretera Mala a Calango, en línea VERTICES LADO (m) ESTE (X) NORTE (Y) quebrada de tramos: 2-3 de 20.39 m; 3-4 de 14.82 m; 4-5 de 23.16 m; 5-6 de 17.14 m; 6-7 de 19.39 m; 7-8 de 11.87 1 1-2 8.95 330367.0355 8614875.2545 m; 8-9 de 3.35 m. 2 2-3 20.39 330372.0933 8614882.6347 Sur: Colinda con el remanente de U.C. 019900, en línea 3 3-4 14.82 330389.9933 8614872.8747 quebrada de tramos: 10-11 de 0.89 m; 11-12 de 2.56 m; 1213 de 2.07 m; 13-14 de 2.55 m; 14-15 de 5.05 m; 15-16 de 4 4-5 23.16 330403.5333 8614866.8547 · RUIZ VDA. DE 5.48 m; 16-17 de 3.93 m; 17-18 de 3.89 m; 18-19 de 43.44 5 5-6 17.14 330424.9034 8614857.9248 AVALOS, PAULA m; 19-20 de 9.65 m; 20-21 de 9.8 m; 21-22 de 9.8 m; 22-23 JULIA 6 6-7 19.39 330440.5534 8614850.9348 de 9.8 m; 23-1 de 2.37 m. · AVALOS Este: Colinda con el área de derecho de vía de la carretera 7 7-8 11.87 330457.9434 8614842.3648 RUIZ, EDGAR Mala a Calango, en línea recta: 9-10 de 6.22 m. 8 8-9 3.35 330468.8534 8614837.6848 EUGENIO Oeste: Colinda con el área de derecho de vía de la carretera MINISTERIO DE · AVALOS RUIZ, Mala a Calango, en línea recta: 1-2 de 8.95 m 9 9-10 6.22 330472.0834 8614836.7949 TRANSPORTES Y MARGARITA 32,592.84 COMUNICACIONES PARTIDA REGISTRAL: N° P17025689 perteneciente a 10 10-11 0.89 330468.9048 8614831.4484 RELINDA PROVIAS NACIONAL · AVALOS RUIZ, Oficina Registral de Cañete, Zona Registral N° IX, Sede 11 11-12 2.56 330468.0491 8614831.6917 Lima. JURI JANNET 12 12-13 2.07 330465.5866 8614832.3920 · AVALOS RUIZ, CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con 13 13-14 2.55 330463.6201 8614833.0315 PEDRO LUIS · AVALOS RUIZ, fecha 10.09.2018, por la Oficina Registral de Cañete, Zona 14 14-15 5.05 330461.1971 8614833.8181 JUAN ALBERTO Registral N° IX, Sede Lima. 15 15-16 5.48 330456.4241 8614835.4575 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: 16 16-17 3.93 330451.2777 8614837.3305 Emitido con fecha 28.08.2017 (Informe Técnico N° 17 17-18 3.89 330447.5959 8614838.7147 16546-01-2017-SUNARP-Z.R. N° IX/OC, de fecha 18 18-19 43.44 330443.9588 8614840.0995 21.08.2017) por la Oficina Registral de Cañete de la Zona Registral N° IX, Sede Lima. 19 19-20 9.65 330403.3698 8614855.5856 20 20-21 9.80 330394.4633 8614859.3001 21 21-22 9.80 330385.6635 8614863.6207 22 22-23 9.80 330377.1447 8614868.4720 23 23-1 2.37 330368.9391 8614873.8360

1841325-3