Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2019 (12/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Lunes 12 de agosto de 2019 /

El Peruano

de Desarrollo e Inclusión Social, quien es la máxima autoridad política del Sector Desarrollo e Inclusión Social, ejerce las funciones de titular del pliego presupuestal y representa al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. De acuerdo al artículo 21 de dicho Reglamento, la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, el cual se encuentra a cargo del Jefe de Gabinete de Asesores quien lo dirige y coordina; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2018-VIVIENDA, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 8 de agosto de 2018, se aprueba el Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, el cual es de aplicación obligatoria para los tres (3) niveles de gobierno y está dirigido a adecuar progresivamente el entorno urbano, las edificaciones, el transporte y las comunicaciones para la persona con discapacidad. En el capítulo IX de dicho Plan, se establece la conformación de la Comisión Multisectorial Temporal del Plan de Accesibilidad 2018-2023, como una instancia técnica, conformada entre otros, por un/una representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión de Social; Que, mediante Resolución Suprema Nº 1242019-PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de julio de 2019, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de la implementación del referido Plan; la cual, está conformada por representantes de diferentes sectores, entre ellos, un/una representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión de Social; Que, de acuerdo al artículo 2 de la referida Resolución Suprema, la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023 tiene la función de emitir informes técnicos anuales que reporten y evalúen los avances de las acciones estratégicas y metas del Plan Nacional de Accesibilidad, así como realizar el seguimiento y evaluación de la implementación del Plan Nacional de Accesibilidad 20182023; Que, el artículo 4 de la Resolución Suprema Nº 124-2019-PCM establece que la designación de los y las miembros titulares de la Comisión Multisectorial y de sus miembros alternos/alternas se realiza mediante resolución ministerial del sector que corresponda, debiendo notificarse dicho acto al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la publicación de la Resolución Suprema; siendo que los y las integrantes de dicha Comisión ejercen el cargo ad honorem. Por su parte, el artículo 6 señala que la Comisión Multisectorial tiene vigencia desde el día siguiente de su instalación hasta el 8 de agosto de 2023, y el artículo 7 establece que las acciones necesarias para la conformación, implementación y ejecución de funciones de la Comisión Multisectorial se financian con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, en ese contexto, corresponde designar al representante titular y a la representante alterna del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, y cuyas funciones serán ejercidas ad honorem conforme a la Resolución Suprema Nº 124-2019-PCM; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; el Decreto Supremo Nº 012-2018-VIVIENDA y la Resolución Suprema Nº 1242019-PCM;

Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a las siguientes personas: - Jefe/a de Gabinete de Asesores del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como titular. - Señora Mirtha Catherine Fonseca Sialer, Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como alterna. Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la publicación de la Resolución Suprema Nº 124-2019-PCM, así como a los representantes designados en el artículo 1 precedente, para los fines correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1796467-1

Aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada del año 2019 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2019-MIDIS Lima, 9 de agosto de 2019 VISTOS: El Acta Nº 001-2019-MIDIS/CST de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Memorando Nº 886-2019-MIDIS/ SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Informes Nº 48-2019-MIDIS/SG/OGPPM-OPI y Nº 22-2019-MIDIS/ SG/OGPPM-OPI de la Oficina de Planeamiento e Inversiones; y, el Informe Nº 290-2019-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; asimismo, establece que se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población; Que, conforme al artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Sétima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley