Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2019 (12/08/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 080-2019-PERÚ COMPRAS Lima, 9 de agosto de 2019 VISTO:

NORMAS LEGALES

Lunes 12 de agosto de 2019 /

El Peruano

El Informe Nº 000063-2019-PERÚ COMPRASDES, de fecha 25 de julio de 2019, de la Dirección de Estandarización y Sistematización, y el Informe Nº 000160-2019-PERÚ COMPRAS- OAJ, de fecha 8 de agosto de 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modificado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que, la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso", aprobada por Resolución Jefatural Nº 0422016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante "la Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que deben tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad; asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la Ficha Técnica del LBSC; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0122019-PERÚ COMPRAS, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de los órganos de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS con la nueva estructura

orgánica aprobada en el ROF, donde la Dirección de Subasta Inversa, ahora se denomina Dirección de Estandarización y Sistematización; Que, la Dirección de Estandarización y Sistematización a través del Informe Nº 000063-2019-PERÚ COMPRASDES, sustenta la modificación de las siguientes Fichas Técnicas: i) CISPLATINO, 10 mg, INYECTABLE; ii) CISPLATINO, 50 mg, INYECTABLE; iii) DOXORUBICINA, 10 mg, INYECTABLE; iv) DOXORUBICINA, 50 mg, INYECTABLE y v) ETOPÓSIDO, 100 mg/5mL, INYECTABLE, 5 mL, del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes, al modificarse las "Características Específicas", referidas a la "Forma farmacéutica" y "Vía de administración", conforme a los señalado por dicha Dirección; Que, mediante Informe Nº 000160-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y Sistematización, y de conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; así como, lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, es procedente la modificación de las siguientes Fichas Técnicas: i) CISPLATINO, 10 mg, INYECTABLE; ii) CISPLATINO, 50 mg, INYECTABLE; iii) DOXORUBICINA, 10 mg, INYECTABLE; iv) DOXORUBICINA, 50 mg, INYECTABLE y v) ETOPÓSIDO, 100 mg/5mL, INYECTABLE, 5 mL, del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; la Directiva Nº 006-2016PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS; la Resolución Jefatural Nº 012-2019-PERÚ COMPRAS; y en uso de la atribución conferida en el literal d) del artículo 9 Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar cinco (05) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes, contenidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle:
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 07 07 07 08 08

1. CISPLATINO, 10 mg, INYECTABLE 2. CISPLATINO, 50 mg, INYECTABLE 3. DOXORUBICINA, 10 mg, INYECTABLE 4. DOXORUBICINA, 50 mg, INYECTABLE 5. ETOPÓSIDO, 100 mg/5mL, INYECTABLE, 5 mL

* Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc

Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización y a la Oficina de Tecnologías de la Información realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado ­ SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob. pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 1796263-2