Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2017 (23/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de agosto de 2017 /

El Peruano

incluir en el anexo de la Resolución de Superintendencia N.° 014-2008/SUNAT las resoluciones de intendencia o de oficina zonal que incorporan, excluyen o reincorporan deudores tributarios al Régimen General de Buenos Contribuyentes; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general", aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello es innecesario en la medida que la modificación del anexo de la Resolución de Superintendencia N.° 014-2008/SUNAT y normas modificatorias constituye la implementación de lo dispuesto en el Decreto Supremo N.° 105-2003-EF y normas modificatorias; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso b) del artículo 104° del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N.° 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y normas modificatorias, el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias, el artículo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.INCORPORACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO EN EL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 014-2008/SUNAT Y NORMAS MODIFICATORIAS Incorpórase al anexo de la Resolución de Superintendencia N.° 014-2008/SUNAT y normas modificatorias, el siguiente acto administrativo: N.° (...) "38 Resolución de Intendencia u Oficina Zonal Incorporación, exclusión o reincorporación de los deudores tributarios al Régimen General de Buenos Contribuyentes." Tipo Procedimiento

Que a través de la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo se creó la Intendencia Regional Lambayeque como un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos; Que asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del acotado Decreto Supremo establece que para todo efecto legal, toda mención a los órganos y unidades orgánicas en cualquier norma, documento de gestión, incluyendo el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, procesos, procedimientos y otros documentos deberá entenderse considerando la estructura orgánica y la nueva nomenclatura que se aprueba mediante el dicho Decreto Supremo; Que en virtud de lo establecido en el considerando precedente y a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia Regional Lambayeque, resulta conveniente ratificar a la Ejecutora Coactiva Karina Beatriz Castillo Miranda como encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Lambayeque, con eficacia a la fecha de su creación; Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión; En uso de la facultad conferida por el inciso l) del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ratificar, con eficacia al 1 de agosto de 2017, a la Ejecutora Coactiva Karina Beatriz Castillo Miranda, como encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional Adjunta de Tributos Internos 1556710-1

Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR PAÚL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1557250-1

Designan Auxiliares Coactivos Intendencia Regional Loreto
INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 121-024-0001107/SUNAT

de

la

Ratifican Ejecutora Coactiva de Intendencia Regional Lambayeque

la

Punchana, 16 de agosto del 2017 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS Nº 007-2017-SUNAT/700000 Lima, 18 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 023-2017-SUNAT/600000 se designó a la abogada Karina Beatriz Castillo Miranda como Ejecutora Coactiva encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque; Que mediante Decreto Supremo Nº 198-2017EF, con vigencia a partir del 1 de agosto de 2017, se modificó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;