Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2017 (04/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de agosto de 2017 /

El Peruano

d. Mantener actualizada la información de la ejecución de las inversiones en el Banco de Inversiones durante la fase de Ejecución, en concordancia con la Ficha Técnica o el estudio de preinversión, para el caso de los proyectos de inversión; y con el PMI respectivo. e. Coordinar con la OPMI la información que ésta requiera para la elaboración del PMI, siendo la veracidad de dicha información de estricta responsabilidad de la UEI. f. Emitir las Resoluciones de aprobación de los estudios técnicos y sus modificaciones, bajo los alcances del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General y demás unidades orgánicas el cumplimiento de cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, dar cuenta al Concejo Municipal en la más inmediata Sesión de Concejo, así como de la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario Oficial El Peruano, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresa y en el Portal Institucional de la Entidad (www. muniindependencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1550881-1

Incorporan a la Ordenanza N° 331-2015-MDI, los anexos de las infracciones y sanciones contenidas en la Ordenanza N° 289-2013MDI
DECRETO DE ALCALDÍA N° 000005-2017-MDI Independencia, 14 de julio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; VISTOS: El Memorando 906-2017-GFCM-MDI de la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal; así como el memorando 230-2017-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, señala que los órganos de gobierno local son las municipalidades provinciales y distritales, las cuales tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que mediante Ordenanza N° 289-2013-MDI el Concejo Municipal del Distrito de Independencia, aprobó la Ordenanza que regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados en el Distrito de Independencia; en cuyo artículo segundo de sus disposiciones complementarias, se precisó que los anexos de las infracciones y sanciones previstas en la presente Ordenanza deberá ser incorporados al Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la MDI según corresponda. Que, a través de la Ordenanza N° 307-2014-MDI publicada el 18 de Octubre del 2014, se dispuso la modificatoria de los artículos 6º,20º y el segundo párrafo del artículo 21º; asimismo se incorporó al artículo 37º, las sanciones para las personas jurídicas y las personas

naturales no autorizadas (informales) y se modificó el cuadro de infracciones contenidas en los anexos 1,2 y 3 de la Ordenanza Municipal 289-2013-MDI. Que, con la Ordenanza N° 331-2015-MDI se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Independencia; quedando derogado la Ordenanza 247-2011que regulaba el Régimen de Aplicación de Sanciones ­ RAS y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones ­CUIS. Que, la Ordenanza N° 331-2015-MDI, tiene como objeto establecer el régimen de aplicación de sanciones de carácter administrativo, derivadas de la función fiscalizadora de la Municipalidad de Independencia, así como el de normar las competencia de sus órganos, el procedimiento de fiscalización, la imposición de las Sanciones, las Medidas Cautelares, las Medidas Complementarias y las Medidas Provisionales, según el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Independencia. Destacando su carácter imperativo para todas las unidades orgánicas, quienes se adecuarán a dichas disposiciones, bajo responsabilidad funcional; además su ámbito de aplicación del RASA y CUIS, se hará efectivo en todos aquellos casos donde se observe el incumplimiento de las normas municipales vigentes en la jurisdicción de Independencia. Que, si bien la Ordenanza N° 289-2013-MDI, fue modificada por la Ordenanza N° 307-2014, también lo es que ésta ha sido una modificación parcial; ya que sólo comprendió los artículos 6º,20º y el segundo párrafo del artículo 21º; la incorporación al artículo 37º de las sanciones para las personas jurídicas y las personas naturales no autorizadas (informales) modificó el cuadro de infracciones contenidas en los anexos 1, 2 y 3 de la Ordenanza; las cuales por razones competenciales deben de ser incorporadas a la Ordenanza N° 331-2015-MDI a efectos de evitar la nulidad en cuanto a la aplicación de las sanciones que en ellas se describen, toda vez y al tenor del artículo 3° de la Ordenanza antes descrita, corresponde a La Gerencia de Fiscalización y Control Municipal de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Independencia ser la encargada de llevar a cabo los procedimientos regulados en dicha Ordenanza, conduciendo, supervisando y evaluando las operaciones de fiscalización y las actividades de investigación, difusión y de control de sanciones, así como de la ejecución de las medidas complementarias y las medidas provisionales que se dicten. Que, mediante memorando 906-2017-GFCM/MDI la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal, establece que mediante Decreto de Alcaldía, debe de ser incorporado a la Ordenanza N° 331-2015-MDI, los anexos de las infracciones y sanciones contenidas en la Ordenanza N° 289-2013-MDI y modificada por la Ordenanza 307-2014MDI, para poder ejercer actos de fiscalización y control. Que, la Gerencia de Asesoría Legal mediante el memorando 230-2017-GAL/MDI, es de la opinión que debe de expedirse el Decreto de Alcaldía incorporando las infracciones y sanciones a la Ordenanza 331-2015-MDI. Que, el Artículo 42° de la misma norma, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; en ese sentido y como lo señala Mállap Rivera; pueden ser objeto de los decretos de Alcaldía, las disposiciones reglamentarias de las ordenanzas, cuando estas requiera para su aplicación de disposiciones complementarias pero sin tergiversar ni desnaturalizar el mandato contenido en la ordenanza correspondiente[1]. Estando a lo expuesto; contando con las opiniones favorables de la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal y la Gerencia de Asesoría Legal y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero. INCORPORAR a la Ordenanza N° 331-2015-MDI, los anexos de las infracciones y