Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2017 (04/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 4 de agosto de 2017 /

El Peruano

Que, por comunicación del INDAABIN, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México, se remite la invitación al señor José Luis Pairazamán Torres, Superintendente de la Superintendencia de Bienes Estatales para participar en el "Encuentro de Organismos Especializados Administradores de Patrimonio Inmobiliario Público de América Latina" a realizarse del 28 al 30 de agosto de 2017 en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, solicitando a su vez realizar una presentación de la experiencia peruana en materia de gestión inmobiliaria estatal, precisando que la organización del evento asumirá el financiamiento del hospedaje y alimentación que demande la participación del citado funcionario en este evento; Que, de la documentación remitida por la SBN se advierte que el evento internacional "Encuentro de Organismos Especializados Administradores de Patrimonio Inmobiliario Público de América Latina", que tiene como objetivo conocer e intercambiar experiencias con países de la región de América Latina respecto de la gestión de bienes inmuebles públicos, permitirá desarrollar mejores prácticas para la gestión de la propiedad inmobiliaria estatal. En ese sentido, el objetivo del evento se enmarca dentro de las competencias de la SBN y la participación del Superintendente de la SBN en el evento resulta de interés institucional; Que, la Oficina de Administración y Finanzas de la SBN informa la cotización de Pasajes Aéreos Internacionales incluyendo la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA), la misma que asciende en moneda nacional a un monto de S/. 3,282.86 (Tres mil doscientos ochenta y dos con 86/100 soles); Que, mediante Informe Especial N° 00743-2017/SBNOPP-KLS, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la SBN señala que de acuerdo al presupuesto aprobado para el presente Año Fiscal, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, se cuenta con disponibilidad presupuestal para cubrir los pasajes aéreos para el mencionado viaje; Que, el numeral 1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que durante el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM, establece, entre otros, que las autorizaciones de viajes de los servidores y funcionarios de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar el viaje del señor JOSE LUIS PAIRAZAMAN TORRES, Superintendente de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 27 al 31 de agosto de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por

Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva General N° 002-2015-VIVIENDA-DM, "Normas para la Autorización y Gestión de Viajes al exterior del país en el marco de la Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento" aprobada por Resolución Ministerial N° 357-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JOSE LUIS PAIRAZAMÁN TORRES, Superintendente de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a la Ciudad de México ­ Estados Unidos Mexicanos, del 27 al 31 de agosto de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a pasajes aéreos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2017 de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos JOSE LUIS PAIRAZAMAN TORRES Pasaje aéreo (Incluido TUUA) S/ 3,282.86

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, el citado profesional presentará al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, un informe sobre las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1550930-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de mayo de 2017
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 043-2017-OS/GRT Lima, 2 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29852 (en adelante la Ley) creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3º un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg;