Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2017 (04/08/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 4 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

21

nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora CARMEN DEL PILAR ESTELA BENAVIDES al cargo de confianza de Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1551037-1

PRODUCE
Autorizan transferencia financiera del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de diversas entidades públicas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 363-2017-PRODUCE 3 de agosto de 2017 VISTOS: El Oficio N° 271-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, y el Memorando N° 841-2017-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo­BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000.00 (TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 del Decreto Supremo citado, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, con Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, el artículo 5 de la norma citada, dispone la fusión bajo la modalidad de absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, dispone que el "Proyecto Innovación para la Competitividad" se ejecutará de

acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; además, señala que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción del convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces; precisando que dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; Que, asimismo, la Disposición Complementaria Final señalada en el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo precedentemente señalado; Que, mediante Oficio N° 271-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, y el Informe N° 054-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ/UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, se sustenta la necesidad de autorizar las transferencias financieras a favor de siete (07) entidades públicas, hasta por la suma de Un Millón Doscientos Veintitrés Mil Ciento Diecisiete y 05/100 Soles (S/ 1 223 117,05), en la fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 990 197,45 y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 232 919,60, destinadas a cofinanciar la ejecución de los proyectos denominados: i) Proyecto de Investigación Aplicada; ii) Proyectos de Equipamiento Científico de Laboratorios; y, iii) Proyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico en Problemas de Interés Público, conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; precisando, que las entidades púbicas beneficiarias de los recursos vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los Convenios suscritos; Que, con Memorando N° 841-2017-PRODUCE/ OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 380-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de siete (07) entidades púbicas, hasta por la suma de Un Millón Doscientos Veintitrés Mil Ciento Diecisiete y 05/100 Soles (S/ 1 223 117,05), en la fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 990 197,45 y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito