Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2013 (16/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

507256
canes, queda prohibida la tenencia. Dicho reglamento sera puesto en conocimiento de esta Municipalidad.

El Peruano Sabado 16 de noviembre de 2013

SANCIONES EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE % 1 ITEM INFRACCIONES MORDAZA 2 3 PER_ IND. OTRAS EST_ NAT. FIN SANCIONES COM. COM_ COM_ ESTº.MEN MAY

TITULO XI DE LAS INFRACCIONES Articulo 30º.- De las Infracciones La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA a traves de la Gerencia de Seguridad Ciudadana sancionara las actividades que contravengan la presente ordenanza de acuerdo al cuadro que forma parte de esta ordenanza, la que sera incluida en el CUIS Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA Anita.
SANCIONES EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE % 1 ITEM INFRACCIONES MORDAZA 2 3 PER_ IND. OTRAS EST_ NAT. FIN SANCIONES COM. COM_ COM_ ESTº.MEN MAY

No contar con la documentacion requerida o expedida por el Ministerio SA - 54 de Agricultura para la exportacion o MORDAZA de canes.

G

0.10

0.30

1.00

CLAUSURA TEMPORAL

Realizar adiestramiento de SA - 55 canes dirigido a acrecentar y MG reforzar su agresividad. Utilizar adiestradores que no cumplan con los SA - 56 requisitos senalados en el Articulo 15 del D.S. 0062002-SA. Permitir el ingreso, permanencia o tenencia en centros de beneficio, mataderos, establecimientos de fabricacion de alimentos, centros de SA - 57 acopio y distribucion, comercializacion y expendio de alimentos y locales de espectaculos publicos deportivos y culturales u otros. SA - 58 Por las lesiones o mordeduras que su can ocasione debido a la falta de control.

1.00

1.50

2.00

CLAUSURA TEMPORAL

G

0.10

0.30

1.00

CLAUSURA TEMPORAL

DE LA PROTECCION DE CANES No identificar y registrar SA - 39 un can no considerado potencialmente peligroso. Por no contar con la licencia para la tenencia de un can SA - 40 potencialmente peligroso conforme la presente ordenanza. Por no mantener a los canes con los cuidados y atenciones necesarias para satisfacer SA - 41 las necesidades fisiologicas, nutricionales y de bienestar, de acuerdo a las caracteristicas de cada raza o MORDAZA de can. Criarlos en areas de uso publico, en ambientes no considerados para ese fin o por SA - 42 no asegurar la permanencia del can dentro del domicilio del propietario, sin perjuicio de ordenar su retencion. SA - 43 Abandonarlos en la via publica. L 0.05 0.10 0.20 RETENCION

ITEM DE LA PROTECCION DE LA SEGURIDAD Y SALUD PUBLICA

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

Por utilizarlos como instrumento de agresion SA - 59 contra personas y animales, MG sin perjuicio de ordenarse la retencion del mismo. Por no recoger las SA - 60 deposiciones del can en la via y areas de uso publico. Por no mantener limpio, desinfectado y libre de mal olor al ambiente en el que SA - 61 se cria los canes, ademas de la MORDAZA, caseta, articulos u otros. Por no aceptar la esterilizacion ordenada SA - 62 por la autoridad municipal, sin perjuicio de ordenar su retencion y esterilizacion. Por no entregarlos a albergues o establecimientos autorizados, cuando no SA - 63 puedan ser mantenidos, sin perjuicio de ordenar su retencion. Criar canes excediendose de la cantidad permitida. L

1.00

1.50

2.00 RETENCION

G G

0.10 0.10

0.30 0.30

1.00 RETENCION 1.00 RETENCION

0.05

0.10

0.20 RETENCION

Someterlos a practicas SA - 44 de crueldad o maltratos innecesarios. No prestarles asistencia SA - 45 veterinaria cuando estos lo requieran. Ejecutar otras formas de SA - 46 sacrificio diferente a la eutanasia.

L

0.05

0.10

0.20

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

L

0.05

0.10

0.20

Organizar y participar peleas SA - 47 de canes en lugares publicos MG o privados. Por abandonar en la via SA - 48 publica canes potencialmente MG peligrosos.

RETENCION ESTERILIZACION

1.00

1.50

2.00 RETENCION

1.00

1.50

2.00 RETENCION

L

0.05

0.10

0.20 RETENCION

DE LOS CENTROS DE ADIESTRAMIENTO, ATENCION Y COMERCIO DE ITEM CANES No contar con la regencia SA - 49 de un medico veterinario colegiado. SA - 50 No contar con el informe favorable de una organizacion cinologica reconocida por el estado. No contar con la licencia de funcionamiento. G 0.10 0.30 1.00 CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA DEFINITIVA CLAUSURA DEFINITIVA

SA - 64

G

0.10

0.30

1.00

ESTERILIZACION

ITEM DE LA CIRCULACION Y TRANSLADO DE CANES Permitir la circulacion y permanencia de canes en areas de uso publicos sin SA - 65 la compania de la persona responsable del cuidado, sin perjuicio de ordenarse la retencion del mismo. Concurrir a los establecimientos publicos o privados, senalados en el Art. 24 y 25 del D.S. Nº SA - 66 006-2002-SA con canes; con excepcion de animales que realizan funciones de lazarillo.

G

0.10

0.30

1.00

SA - 51

G G

0.10 0.10

0.30 0.30

1.00 1.00

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION

No contar con la autorizacion SA - 52 sanitaria otorgada por la Autoridad de Salud. No mantener en condiciones higienico sanitarias a los canes y los ambientes de SA - 53 adiestramiento, atencion y comercio, permitiendo olores y ruidos u otros que signifiquen molestia para el vecindario.

G

0.10

0.30

1.00

CLAUSURA TEMPORAL

G

0.10

0.30

1.00 RETENCION