Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2013 (16/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, por disposicion Subgerencial Regional de Administracion contenida en la Resolucion Nº 0204-2013GRL/SGRA de fecha 05 de agosto del 2013, se autorizo la convocatoria del concurso publico para la contratacion del Auxiliar Coactivo de la Entidad bajo el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057 ­ Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, resultando ganador en ese concurso la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendez. Que, uno de los requisitos para acreditar a los funcionarios coactivos es el numero y fecha de la resolucion que los designa, de conformidad a lo establecido en el articulo 33-A del Texto Unico de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS. Que, en tal sentido, la Subgerencia Regional de Administracion a traves del Informe Nº 414.2013-GRL solicita se emita el acto a traves del cual se designe a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Auxiliar Coactivo del Gobierno Regional de Lima. Con la conformidad de la Subgerencia Regional de Administracion, y los vistos de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica y de la Gerencia Regional General del Gobierno Regional de Lima. En ejercicio de las facultades contempladas en el articulo 20º, inciso d) del articulo 21º e inciso a) del articulo 41º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley 27867. SE RESUELVE:

El Peruano Sabado 16 de noviembre de 2013

Visto, el Informe N° 1221-2013-MML-CE-IMP-GDUSERPAR suscrito por el Comite Ejecutivo del Plan Metropolitano de Desarrollo MORDAZA, integrado por el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planificacion, el Gerente de Desarrollo MORDAZA y la Presidenta del Consejo Administrativo de SERPAR-LIMA, proponiendo la conformacion de una Comision Mixta con la finalidad de promover el desarrollo MORDAZA con la participacion de los representantes de las diferentes entidades publicas y privadas; y CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales ejercen entre otras competencias las de planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura local; desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educacion, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, turismo, conservacion de monumentos arqueologicos e historicos, cultura, recreacion y deporte, conforme a ley; asi como las de presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia; Que, asimismo el articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece entre otros derechos fundamentales de la persona, el de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; del mismo modo, el articulo 70º establece el derecho a la propiedad que se ejerce en MORDAZA con el bien comun y dentro de los limites que establece la ley; Que, conforme a lo establecido en el articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde a los Gobiernos Locales promover el desarrollo economico local, en MORDAZA con las politicas y planes de desarrollo nacional y regional. Asimismo, el articulo 151º de la misma Ley, senala en correspondencia con lo establecido en el articulo 198º de la Constitucion, que la capital de la Republica tiene un regimen especial, por el cual ejerce competencias y funciones, dentro del ambito de la provincia de MORDAZA, de caracter local metropolitano y regional; Que, en ese sentido, conforme a lo establecido en el numeral 1.2 del inciso 1 del articulo 161º de la Ley Organica de Municipalidades, le corresponde a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en materia de planificacion, desarrollo MORDAZA y vivienda, controlar el uso del suelo y determinar las zonas de expansion MORDAZA e identificar y adjudicar los terrenos fiscales, urbanos, eriazos y riberenos de su propiedad con fines urbanos; Que, conforme a lo establecido en el numeral 1.2 del inciso 1 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, es funcion de las municipalidades provinciales aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, competencia que le corresponde al Concejo Municipal, conforme al inciso 5 del articulo 9º de la mencionada Ley; Que, el Plan de Desarrollo MORDAZA, constituye un instrumento tecnico normativo, con la finalidad de promover y orientar el desarrollo MORDAZA de la circunscripcion, estableciendo (i) la zonificacion del suelo MORDAZA y su normativa; (ii) el plan vial de transporte y su normativa; (iii) los requerimientos de vivienda para determinar las areas de expansion MORDAZA y programas de densificacion; (iv) los requerimientos de saneamiento ambiental y de infraestructura de servicios basicos; (v) preservacion de areas y de inmuebles de valor historico monumental; (vi) el nivel de servicios de equipamientos de educacion, salud, seguridad, recreacion y otros servicios comunales; y, (vii) el sistema de promociones urbanas para promover las inversiones al interior de la MORDAZA e incrementar el valor de los predios; Que, el Plan Nacional de Vivienda, determina la vivienda como un sistema en el que intervienen el mercado; la poblacion necesitada o demandante, los agentes economicos y sociales; el suelo, los derechos de propiedad, la normativa de urbanizacion y edificacion; el financiamiento; los procesos productivos; servicios domiciliarios; equipamiento social; la investigacion y el desarrollo; Que, con la finalidad de buscar un espacio de concertacion, donde confluyan distintas visiones, conocimientos e intereses de los diversos actores del gobierno nacional y local, el sector privado y la sociedad civil, se considera la necesidad de

Articulo Primero.- DESIGNAR a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Auxiliar Coactivo Encargada de colaborar en el ejercicio de las funciones de ejecucion coactiva y demas correspondientes al Gobierno Regional de MORDAZA establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley 26979, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0182008-JUS y su Reglamento. Articulo Segundo.- COMUNICAR la presente resolucion a las distintas areas del Gobierno Regional de MORDAZA para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolucion en la pagina web institucional y en el Diario Oficial El Peruano.
Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional

1014681-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Crean Comision Mixta encargada de articular, evaluar y facilitar Planes Urbanos Especificos, Proyectos Urbanos Estrategicos y Proyectos de Vivienda en el MORDAZA del MORDAZA del Plan de Desarrollo MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, a efectos de declararlos de interes local, metropolitano o nacional
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 282
MORDAZA, 7 de noviembre de 2013