Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2013 (16/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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ANEXO 4 DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS PARA LAS RECTIFICACIONES DEL MANIFIESTO DE CARGA Y OAM
I. RECTIFICACION DE MANIFIESTO DE CARGA: Consignatario DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS: Si se trata de un error de transcripcion respecto a alguna(s) letra(s): - Documento de identidad, De tratarse de un cambio total en el nombre del consignatario adicionalmente: - Factura comercial o declaracion jurada, cuando no corresponda factura; carta del embarcador y/o del proveedor en origen y/o documento de identidad. Factura, lista de empaque, comunicacion del embarcador o proveedor, nota de tarja o tarja al detalle. Nota de tarja, volante de despacho, ticket de balanza o de movimiento de contenedores del terminal portuario, ticket de peso de deposito autorizado, tarja al detalle, MORDAZA de la declaracion autenticada por la agencia de aduana, acta de reconocimiento previo y/o certificado de peso de corresponder. Factura o declaracion jurada suscrita por el importador o exportador, cuando no cuente con factura y/o contrato de compraventa. Comunicacion del embarcador o proveedor Factura comercial o declaracion jurada suscrita por el importador o exportador cuando no cuente con factura, lista de empaque, nota de tarja o tarja al detalle, volante de despacho para el caso de mercancias en contenedor y para el caso de mercancia a granel se presentara certificado de peso, guia de remision para el manifiesto de salida, acta de reconocimiento previo y carta del embarcador. Volante de despacho emitido por el deposito temporal, ticket de balanza o de movimiento de contenedores y/o nota de tarja. Carta del embarcador y/o documento de transporte. Volante de despacho y/o nota de tarja.

El Peruano Sabado 16 de noviembre de 2013

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Modifican el "Reglamento para el Desarrollo de los Concursos Publicos y Abiertos de Seleccion de Personal del Poder Judicial"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 198-2013-CE-PJ
MORDAZA, 4 de setiembre de 2013 VISTOS: El Oficio Nº 045-2012-SITIJUSA, cursado por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial del MORDAZA - Base Chimbote. CONSIDERANDO: Primero. Que el Secretario General del Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial del MORDAZA - Base Chimbote, solicita la modificacion del articulo 36º del "Reglamento para el Desarrollo de los Concursos Publicos y Abiertos de Seleccion de Personal del Poder Judicial", aprobado por Resolucion Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ, del 2 de marzo de 2012, en el extremo que otorga a la fase de la prueba psicologica la calidad de eliminatoria o excluyente, debiendo unicamente ser "referencial", para que con ello se logre satisfacer las expectativas de los trabajadores que aspiran a un justificado ascenso y/o promocion. Segundo. Que, con motivo del Concurso Publico y Abierto de Seleccion de Personal en el Distrito Judicial del MORDAZA - Concurso Nº 2012-2-PJ, se ha advertido que si bien muchos de los postulantes obtuvieron en la prueba de conocimiento notas excelentes y/o aprobatorias, fueron luego eliminados en la prueba psicologica. Este hecho, senala el representante sindical, no ha respondido a un criterio de razonamiento uniforme de los especialistas, sino mas bien al estado de animo que en ese momento atraveso la examinadora, lo que en el fondo, segun acota, responderia a cuestiones subjetivas y no a la realidad de los hechos, y, mucho menos a la magnitud del evento. Asimismo, se precisa que el Poder Judicial seria una de las contadas instituciones de la administracion publica donde la fase de "prueba psicologica" tiene el caracter de excluyente o eliminatoria, en tanto que en las demas reparticiones de la administracion publica, solo tiene caracter de referencial. Tercero. Que sobre el particular, y sin perjuicio de reconocer que la evaluacion psicologica es importante en toda seleccion de personal para establecer si el perfil del postulante concuerda con el cargo al que postula, este colegiado es del criterio que dicha fase evaluativa debe ser referencial, y como tal sea tomada en cuenta como parte de la valoracion integral de los postulantes, pero sin llegar a ser eliminatoria, como ocurre en otras instituciones de la administracion publica. Por lo que siendo asi, resulta justificado modificar el "Reglamento para el Desarrollo de los Concursos Publicos y Abiertos de Seleccion de Personal del Poder Judicial", en el extremo que otorga a la fase de la prueba psicologica la calidad de eliminatoria o excluyente, a efectos de que unicamente tenga calidad de "referencial". En ese orden de ideas, la mencionada evaluacion psicologica se tendra en cuenta en la etapa de entrevista, en la que el psicologo que la tomo prestara apoyo a la comision evaluadora. Por estos fundamentos, en merito del Acuerdo Nº 6452013 de la trigesimo setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; con lo expuesto en el informe de fojas 14 a 17, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el "Reglamento para el Desarrollo de los Concursos Publicos y Abiertos de

Etiquetas o MORDAZA

Diferencia de peso

Descripcion

Cantidad de bultos

Numero de contenedor

Puerto Precinto

Numero de documento de Comunicacion de origen del transportista o transporte agente de carga, y/o MORDAZA del documento de transporte. Otros Para la rectificacion de otros datos no descritos se debe adjuntar la documentacion que la sustente. DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS: Comunicacion de origen del embarcador, factura comercial, nota de tarja u otros. DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS:

II. INCORPORACION DE: Documento de transporte III. RECTIFICACION DE OPERACIONES ASOCIADAS:

Comunicacion de la llegada Documento emitido por el puerto, aeropuerto o terminal terrestre o autoridad competente segun corresponda. Nota de Tarja, ICA y Tarja al Volante de despacho, ticket de balanza Detalle o de movimiento de contenedores del terminal portuario, icket de peso de deposito autorizado, MORDAZA de la declaracion autenticada por la agencia de aduana, acta de reconocimiento previo y/o certificado de peso, entre otros. Bultos faltantes, sobrantes y Carta del embarcador, lista de empaque, actas de inventario nota de tarja, tarja al detalle, volante de despacho, MORDAZA del acta de inventario, entre otros Termino de embarque Documento emitido por el puerto, aeropuerto o terminal terrestre o autoridad competente segun corresponda.

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