Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2013 (14/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Martes 14 de MORDAZA de 2013

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favorablemente respecto de la propuesta de la Sub Gerencia de Registros Civiles, debiendo elevarse al Concejo Municipal para su aprobacion de ser el caso, de conformidad con las normas citadas ut supra; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con el informe favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- AUTORICESE la celebracion del "SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2013" para el dia 07 de MORDAZA de 2013, a horas 12:00 p.m, estableciendose como plazo MORDAZA de MORDAZA de expedientes el dia 21 de junio de 2013. Articulo 2º.- ESTABLEZCASE que los contrayentes que se presenten al MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2013 abonen como pago por apertura de expediente matrimonial el monto de S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles); y por el derecho de celebrar el matrimonio fuera del local municipal la suma de S/. 10.00 (Diez y 00/100 nuevos soles). Articulo 3º.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberan presentar los siguientes documentos: - Partida de Nacimiento certificadas, de ambos contrayentes. - MORDAZA autenticada por Fedatario de la Municipalidad de los documentos de identidad vigentes de los contrayentes: DNI (con la MORDAZA del ultimo sufragio), CIP, Pasaporte o Carne de Extranjeria, segun sea el caso), debiendo mostrar los originales. - Una fotografia tamano carne y/o pasaporte por cada contrayente. - Certificado Medico Pre-nupcial (Serologico, grupo sanguineo y una MORDAZA de consejeria preventiva en ITS, VIH y Sida) - Declaracion Jurada simple presentada por ambos contrayentes de residir en el distrito (el modelo aparece en la pagina web de la municipalidad: www.munimagdalena. gob.pe). - MORDAZA simple y original de los documentos de identidad de dos testigos, (en caso de DNI deberan contar con la MORDAZA del ultimo sufragio). Los testigos deberan ser mayores de edad, familiares o amigos y deberan conocer a los contrayentes por lo menos tres (3) anos. Los viudos, divorciados, menores de edad y extranjeros que deseen participar de este MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2013, deberan cumplir con presentar la documentacion adicional segun sea el caso. Articulo 4º.- Las personas discapacitadas que deseen contraer matrimonio, seran incluidas dentro de la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2013 para lo cual sera de aplicacion lo normado por la Ordenanza Nº 243-MDMM en lo que sea aplicable. Articulo 5º.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Sub Gerencia de Registro Civil y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica de esta Municipalidad, quienes deberan realizar las acciones necesarias para cumplir con la presente disposicion. Articulo 6º.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 7º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Amplian plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 328-2013-MDR, que establece otorgamiento de Beneficios de Regularizacion de Obligaciones Tributarias y No Tributarias en el distrito del MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2013-MDR MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO, el Informe Nº 023 -2013-GR-MDR de fecha 29 de MORDAZA del 2013, emitido por la Gerencia de Rentas, Informe Nº 240-2013-GAJ-MDR de fecha 30 de MORDAZA de 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 328-2013-MDR, se aprobo el otorgamiento de Beneficios de Regularizacion de Obligaciones Tributarias y No Tributarias en el Distrito del MORDAZA, beneficios que estan vigentes hasta el 30 de MORDAZA del ano 2013; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final de la precitada Ordenanza faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia ampliar el plazo, efectos y alcances de los beneficios que se establecen en la mencionada MORDAZA, dictando medidas reglamentarias y complementarias necesarias; Que, en ese sentido la Gerencia de Rentas ha advertido la existencia de un considerable numero de contribuyentes y administrados que han optado por acogerse a los beneficios contemplados en la referida Ordenanza, a fin de regularizar el estado de sus obligaciones tributarias y no tributarios, y siendo que en dicho plazo no lograron gozar de los beneficios otorgados la totalidad de deudores, es necesario disponer una prorroga del termino de la vigencia de los beneficios establecidos; Que, asimismo es conveniente ampliar el alcance y beneficios en lo que se refiere a las Obligaciones No Tributarias, senaladas en los articulos tercero, MORDAZA y setimo de la citada Ordenanza; por lo que su aplicacion comprende tambien a las deudas generadas hasta el 30 de MORDAZA de 2013; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42º y el numeral 6º del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIESE hasta el 31 de MORDAZA del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 3282013-MDR, que establece otorgamiento de Beneficios de Regularizacion de Obligaciones Tributarias y No Tributarias en el Distrito del Rimac. Articulo Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el alcance y beneficios contemplado en los Articulos Tercero, MORDAZA y Setimo de la mencionada Ordenanza, respecto de las Obligaciones No tributarias (multas administrativas), comprende tambien a las Deuda generadas hasta el 30 de MORDAZA del 2013. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere su competencia y a la Oficina de Imagen y Comunicacion Social, su difusion. Articulo Cuarto.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese publiquese y cumplase.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 936598-1

MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 936284-1