Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2013 (20/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Modifican la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Reglamento del Sistema MVNet y SMV Virtual
RESOLUCION SMV Nº 030-2013-SMV/01 MORDAZA, 17 de diciembre de 2013 VISTOS: El Expediente N° 2013044449, el Memorandum N° 3026-2013-SMV/06 del 11 de diciembre de 2013, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; asi como el proyecto de modificacion del Reglamento del Sistema MVNet y SMV Virtual (en adelante, el PROYECTO); CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29720, Ley que promueve las emisiones de valores mobiliarios y fortalece el MORDAZA de capitales, publicada el 25 de junio de 2011 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobaron diversas modificaciones a la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861 (en adelante, la LMV) entre otras normas; Que, entre los cambios efectuados, destacan las modificatorias a los articulos 158°, 159°, 160°, 162°, 163° y 164° de la LMV, por los que se constituyo el Administrador del Fondo de Garantia, persona juridica de derecho privado de naturaleza especial sin fines de lucro, encargado de la administracion del Fondo de Garantia, patrimonio MORDAZA independiente de su administrador; Que, la finalidad exclusiva del Fondo de Garantia es proteger a los comitentes que realizan operaciones en el MORDAZA de valores dentro y fuera de los mecanismos centralizados que operan en las bolsas de valores. Asimismo, de acuerdo con el primer parrafo del articulo 1º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, Decreto Ley N° 26126 (en adelante, la Ley Organica), dicha institucion publica tiene entre sus finalidades velar por la proteccion de los inversionistas; Que, el Administrador del Fondo de Garantia ha solicitado la cesion en uso de los derechos de la plataforma del MVNet para el cumplimiento de sus fines; Que, a fin de viabilizar la solicitud de cesion en uso de los derechos de la plataforma del MVNet, resulta necesario adecuar el Reglamento del Sistema MVNet y SMV Virtual, aprobado mediante Resolucion SMV N° 010-2013-SMV/01, debiendo modificarse la MORDAZA Disposicion Complementaria final de dicho Reglamento, a cuyo fin se ha elaborado EL PROYECTO; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del articulo 1° y el literal b) del articulo 5° de la Ley Organica, el MORDAZA parrafo del articulo 7° de la LMV y el numeral 2 del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 2162011-EF, asi como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en su sesion del 16 de diciembre de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Reglamento del Sistema MVNet y SMV Virtual, aprobado mediante Resolucion SMV N° 010-2013-SMV/01 con el siguiente texto: "Disposiciones Complementarias Finales (...) SEGUNDA.- El MVNet podra ser utilizado como plataforma para el intercambio de informacion por las Bolsas de Valores, las Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores y el Administrador del Fondo

de Garantia, unicamente en aquellos casos en que exista convenio suscrito entre estas entidades y la SMV. Para tal efecto, debera presentarse una solicitud fundamentada dirigida a la OTI, aceptarse las condiciones y adjuntar la documentacion que la SMV requiera. (...)" Articulo 2°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 3°.- La presente resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1029392-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Regulan aspectos relativos a los documentos que emitiran las cooperativas agrarias a sus socios al MORDAZA de la Ley Nº 29972, Ley que promueve la inclusion de los productores agrarios a traves de las cooperativas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 362-2013/SUNAT MORDAZA, 18 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 29972, Ley que promueve la inclusion de los productores agrarios a traves de las cooperativas (Ley), establece, en su capitulo II, un Regimen Tributario para las cooperativas agrarias y sus socios, definiendo a estos ultimos como los productores agrarios a que se refiere el inciso j) de su articulo 2° que MORDAZA miembros de una cooperativa agraria; Que el numeral 1 del primer parrafo del articulo 3° de la Ley dispone que no esta gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV) la venta de bienes muebles y la prestacion de servicios que los socios de la cooperativa agraria realicen a o en favor de esta MORDAZA, en tanto que el numeral 2 del mismo parrafo anade que tampoco esta gravada con el IGV la venta de bienes muebles y la prestacion de servicios que la cooperativa agraria realice a o en favor de sus socios; Que el MORDAZA parrafo del citado articulo 3° senala que las operaciones a que se refiere ese articulo deben sustentarse con comprobantes de pago de acuerdo a lo dispuesto en las normas sobre la materia; Que de conformidad con el articulo 1° del Decreto Ley Nº 25632 y normas modificatorias, la SUNAT podra disponer que sea el comprador o usuario quien emita el comprobante de pago cuando las modalidades de MORDAZA y razones de fiscalizacion lo justifiquen; Que asimismo, el articulo 2° del citado decreto ley dispone que se considera comprobante de pago a todo documento que acredite la transferencia de bienes, entrega en uso o prestacion de servicios, calificado como tal por la SUNAT; Que ademas, el articulo 3° del mismo decreto ley faculta a la SUNAT a senalar los diversos aspectos