Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2011 (19/10/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

451888

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de octubre de 2011

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 056-2011 DICTAN DISPOSICIONES ECONOMICAS Y FINANCIERAS PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA "PENSION 65"
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, es objetivo de la comunidad y del Estado otorgar proteccion a los grupos sociales especialmente vulnerables, dentro de los cuales estan comprendidos los adultos a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad que carezcan de las condiciones basicas para su subsistencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", en adelante el Programa "Pension 65", sobre la base del Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el Adulto Mayor: "Gratitud"; Que, resulta de interes nacional dictar medidas extraordinarias de caracter economico y financiero con el objetivo de proteger a un sector especialmente vulnerable de la poblacion, lo que permitira asegurar una reduccion sostenida de la pobreza extrema que no podria lograrse de no dictarse las medidas contempladas en la presente norma; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Aprobar las medidas presupuestales y financieras necesarias para el adecuado funcionamiento del programa social denominado Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", en adelante el Programa "Pension 65", para otorgar subvenciones economicas a los adultos en condicion de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad que cumplan con los requisitos establecidos en la MORDAZA de su creacion. Articulo 2º.- De la subvencion 2.1 La subvencion economica mensual que otorga el Programa "Pension 65" asciende a la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250,00), para un hogar donde MORDAZA dos personas que cumplan con los requisitos del Programa "Pension 65". En los hogares con uno o mas de dos personas que cumplan con los requisitos del Programa "Pension 65", la subvencion economica asciende a la suma de CIENTO VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 125,00) por persona. 2.2 La subvencion del Programa "Pension 65" es inembargable, no es heredable y no esta sujeta al pago de devengados. 2.3. Por la presente MORDAZA se autoriza el pago de la subvencion a las personas naturales que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto Supremo de creacion, y que se encuentren bajo los supuestos del articulo 2.1. de la presente norma. Articulo 3º.- Del Financiamiento 3.1 La aplicacion de la subvencion economica mensual, a que se refiere el presente Decreto de Urgencia, se financia con cargo a la transferencia de partidas que se autoriza en los numerales 5.1 y 5.2 del articulo 5º de la presente norma. 3.2 Los gastos operativos, incluido el costo de los servicios de pagaduria que brinde el Banco de la Nacion, asi como los gastos de administracion del Programa "Pension 65" se financian con cargo al presupuesto del pliego Presidencia del Consejo de Ministros y con cargo a la transferencia de partidas del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social establecida en el numeral 5.2 del articulo 5º de la presente norma. 3.3. Para efectos de lo senalado en el numeral precedente, el pliego Presidencia del Consejo de Ministros queda facultado a realizar todas las modificaciones

presupuestarias que MORDAZA necesarias en el nivel funcional programatico, con excepcion de lo establecido en el literal c) del numeral 41.1 del articulo 41º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 4º.- Financiamiento para el levantamiento de informacion para el SISFOH Establezcase que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI desarrollara el levantamiento de la informacion del SISFOH que permita determinar la elegibilidad de los potenciales beneficiarios a que hace referencia el numeral 3.3 del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, conforme a los lineamientos operativos, especificaciones tecnicas, responsabilidades y plazos que se determinen en el convenio a ser suscrito entre el INEI con la entidad a cargo del SISFOH, cuya suscripcion se autoriza mediante el presente Decreto de Urgencia. Dicho convenio debe publicarse en el MORDAZA institucional de la entidad a cargo del SISFOH, y tendra un plazo MORDAZA de vigencia hasta el primer semestre del ano 2012. Las acciones a cargo del INEI se financian en el presente ano con cargo a los recursos transferidos a dicha entidad en el numeral 5.3 del articulo 5º de la presente MORDAZA, y para efecto de su continuidad en el ano 2012, se podra financiar con cargo a lo establecido en el articulo 44º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto a propuesta del titular de la entidad a cargo del SISFOH y conforme a lo establecido en el convenio MORDAZA mencionado. Articulo 5º.- Transferencia de partidas 5.1 Autoricese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION (En Nuevos Soles) 009 001 03 : Gobierno Central : Ministerio de Economia y Finanzas : Administracion General : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia : Reserva de Contingencia : Reserva de Contingencia : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico : Recursos Ordinarios 12 000 000,00 ------------------12 000 000,00 =========== (En Nuevos Soles) 001 010 : Gobierno Central : Presidencia del Consejo de Ministros - PCM : Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres "JUNTOS" : Proteccion Social : Asistencia Social : Proteccion de Poblaciones en Riesgo : Programa Pension 65 : Recursos Ordinarios 12 000 000,00 ------------------12 000 000,00 ===========

PROGRAMA FUNCIONAL 008 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 ACTIVIDAD 000010 FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL 1

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

FUNCION 23 PROGRAMA FUNCIONAL 051 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0115 ACTIVIDAD 145507 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 GASTOS CORRIENTES 2.5. Otros Gastos TOTAL

5.2 Autoricese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 397 175,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO (En Nuevos Soles)

: Gobierno Central 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion Nivel Central FUNCION 23 : Proteccion Social PROGRAMA FUNCIONAL 051 : Asistencia Social SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0115 : Proteccion de Poblaciones en Riesgo ACTIVIDAD 077976 : Apoyo a la Persona Adulta Mayor FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios