Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2011 (19/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de octubre de 2011

Que, en tal sentido, PROTRANSPORTE, por la naturaleza de sus funciones, cuenta con la capacidad tecnica y logistica para disenar e implementar las medidas MORDAZA referidas, en coordinacion con la Gerencia de Transporte MORDAZA y demas dependencias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA vinculadas a la materia de la presente Resolucion; asi como con los actuales operadores del servicio de transporte MORDAZA, considerando entre otros, a propietarios de unidades, empresas prestadoras del servicio y trabajadores; Que, el literal p) del articulo 3º de la Ordenanza de creacion de PROTRANSPORTE, Ordenanza Nº 732, modificada por la Ordenanza Nº 1103, faculta a la Alcaldia Metropolitana asignar a dicha entidad otras funciones acordes a su naturaleza; Estando a lo expuesto, de conformidad con el articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y lo previsto en el literal p) del Articulo 3º de la Ordenanza Nº 732, modificada por la Ordenanza Nº 1103; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Encargar al Instituto Metropolitano Protransporte de MORDAZA ­ PROTRANSPORTE, la ejecucion de un MORDAZA de adecuacion para la futura operacion del Corredor Segregado de Alta Capacidad - COSAC II y los Corredores Complementarios, dirigido a los prestadores actuales del servicio de transporte MORDAZA de pasajeros, con la finalidad de promover: a) Que logren reunir las condiciones de competitividad, que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA exigira para la operacion de dichos corredores; b) Que entre ellos logren articularse en forma conveniente, a fin de lograr conformar consorcios operacionales para participar en la operacion de dichos corredores; c) Que se logre la reduccion de la sobre oferta de unidades, promoviendo su renovacion por vehiculos de mayor capacidad, debiendo proponer las acciones complementarias para lograr este objetivo. Articulo Segundo.- El encargo efectuado a PROTRANSPORTE se sujeta a los fines establecidos en el articulo precedente y debera respetar el ordenamiento municipal vigente, por lo que no implica la facultad de otorgar y/o asignar autorizaciones, licencias o concesiones para operar en los precitados COSAC II y Corredores Complementarios, bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- Para la ejecucion del MORDAZA senalado en el articulo 1º, PROTRANSPORTE debera coordinar las acciones que resulten necesarias con la Gerencia de Transporte MORDAZA de la MML y las demas dependencias de la MML vinculadas a la materia de la presente Resolucion; asi como fomentar la participacion de los actuales operadores del servicio de transporte MORDAZA, considerando entre otros, a propietarios de unidades, empresas prestadoras del servicio y trabajadores. Articulo Cuarto.- PROTRANSPORTE queda facultada a ejecutar todas las acciones de orden administrativo que requiera para el cumplimiento del encargo materia de la presente Resolucion; pudiendo solicitar asignaciones presupuestales de acuerdo al MORDAZA normativo vigente. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General del Concejo, hacer de conocimiento del Instituto Metropolitano Protransporte de MORDAZA ­ PROTRANSPORTE, de la Gerencia de Transporte MORDAZA y de las dependencias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA vinculadas a la materia de la presente Resolucion de Alcaldia, lo dispuesto por la presente norma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Dictan normas que incentivan la actualizacion de Declaraciones Tributarias de Predios por los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 477-MDMM
MORDAZA, 12 de octubre del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 21 de la fecha; y, VISTOS: Los informes Nº 154-2011-GATR-MDMM, 157-2011GATR-MDMM y 161-2011-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y el informe Nº 8742011-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 74º y numeral 4) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el numeral 9) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanzas pueda crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion con los limites que senala Ley; ello en concordancia con la MORDAZA IV de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo Nº 13599-EF; Que, conforme la MORDAZA parte del Art. 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, el articulo 62º del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la facultad de fiscalizacion de la Administracion Tributaria es discrecional y se ejerce de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar in fine de la misma; Que, mediante Informes Nº 154-2011-GATR-MDMM, 157-2011-GATR-MDMM y 161-2011-GATR-MDMM, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, manifiesta que resulta necesario a nivel operativo actualizar el registro de contribuyentes en la base de datos del area a su cargo por cuanto el corporativo no cuenta con un catastro actualizado. Asimismo, fundamenta que la ejecucion de dicha actualizacion permitiria promover el saneamiento fisico legal de los predios del distrito. De conformidad a las facultades establecidas en el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada mediante Ley Nº 27972 y la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente:

705139-1